D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250515-5)
Convenio –  Convenio de 29 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y Consejería de Sanidad), el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Autónoma de Madrid, para la creación de la “Ciudad de la Salud de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE MAYO DE 2025

Pág. 73

II. Situación patrimonial y registral
Finca 76747. IDUFIR, 28137000254068. 88.869 m2.
Escritura de agrupación de fincas y declaración de obra nueva de la Facultad de Medicina otorgada por la Universidad Autónoma de Madrid el 14 de mayo de 2015 ante el Notario Valerio Pérez de Madrid Carreras.
Inscrita el 7 de marzo de 2019 en el Registro de la Propiedad núm. 38 de Madrid, naturaleza demanial, pleno dominio de la Universidad Autónoma de Madrid, libre de cargas.
Tomo 2107, Libro 1636, Folio 116 y Alta 1.
III. Estado de cargas
La parcela se encuentra libre de cargas.
IV. Superficies que se ceden a la Comunidad de Madrid
Por medio del presente convenio, la UAM, en el supuesto de aprobarse el correspondiente instrumento de planeamiento que habilite la segregación, se compromete a ceder a
la Comunidad de Madrid a través del correspondiente expediente patrimonial, en los términos del apartado 1 de la cláusula Tercera, el 40 % de la finca descrita, para la construcción
de las nuevas instalaciones asociadas a la ampliación del Hospital de la Paz, de acuerdo con
las previsiones que se establezcan en las bases técnicas (apartado 5 de la cláusula Cuarta) y
se desarrollen en el anteproyecto y en el proyecto de ejecución de las obras (apartados 6 y 7
de la misma cláusula). Dicho 40 %, que corresponde con la parte indicada en el plano que
se anexa al presente convenio, podrá ser incrementado en un 5 % por la comisión de seguimiento del convenio en el caso de que el desarrollo de las obras así lo requiera.
La cesión se mantendrá mientras la parte de la parcela cedida mantenga su destino al
fin previsto en el presente convenio.
En el expediente patrimonial se determinará que en el supuesto de que el uso de la parcela cedida no fuera aplicado al fin previsto en el presente convenio, o dejara de ser destinada al mismo con posterioridad, la cesión se considerará resuelta, revertiendo los bienes a
la Universidad Autónoma de Madrid integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones.
Sexta
Financiación
El presente convenio no conlleva gasto para ninguna de las partes. Los gastos derivados de la construcción por la Comunidad de Madrid de la nueva Facultad de Medicina, se
determinarán en el correspondiente expediente patrimonial de cesión de la parcela por parte de la UAM o en cualquier otro en que resulte procedente.
Séptima
Instituto de Investigaciones Biomédicas Alberto Sols Universidad Autónoma de Madrid-CSIC
Durante el desarrollo de las actuaciones previstas en el convenio, el Instituto de Investigaciones Biomédicas Alberto Sols UAM-CSIC conservará su ubicación actual manteniéndose su funcionamiento, sin perjuicio de que pueda acordar modificaciones espaciales
con la Universidad Autónoma de Madrid.
Octava
El presente convenio adquirirá eficacia una vez suscrito por las partes intervinientes a
través de sus legítimos representantes, cuyas facultades se enumeran en el Comparecen, al
inicio del presente convenio.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años, de acuerdo a lo dispuesto en el
artículo 49.h) 1.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con el artículo 49.h) 2.o de la misma Ley en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio
podrán acordar su prórroga por un período máximo de cuatro años.
Sin perjuicio de lo anterior, la duración de cualesquiera expedientes patrimoniales y
contratos administrativos que se liciten y adjudiquen en cumplimiento de los compromisos

BOCM-20250515-5

Eficacia del convenio