Meco (BOCM-20250514-53)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 114
Artículo 31. Tipos de patio por su ocupación.
1. Patios libres: aquellos que no están edificados sobre rasante.
2. Patios ocupados: aquellos que tienen alguna planta construida por encima de la
rasante, pero que gozan de las características específicas de patio. En este caso computan
ocupación y edificabilidad.
Artículo 32. Tipos de patio por su titularidad.
1. Patio privado: es aquel patio que pertenece a un solo propietario.
2. Patio mancomunado: es aquel que pertenece a varios propietarios o a varias
comunidades de propietarios. Esta situación de mancomunidad, requiere que se inscriba en el
registro de la propiedad en las diferentes parcelas registrales a las que afecta. La separación de
patios mancomunados se permite con menos de 2 m. de altura.
Artículo 33. Tipos de patio por su uso.
1. Patio de luces: aquel que se destina únicamente a dar luz al edificio.
2. Patio ajardinado: aquel que se destina para iluminar y, además, como superficie libre
ajardinada para el recreo y la expansión.
Artículo 34. Elementos exteriores del edificio. Concepto.
Son los elementos constructivos no habitables ni ocupables de carácter fijo que se ubican
en el exterior del edificio y que cuando sobresalen de la línea de edificación tienen el carácter de
elemento saliente.
Artículo 35. Elementos exteriores del edificio. Tipología.
1. Aleros. Son los salientes que tienen las cubiertas inclinadas al coincidir con el forjado
horizontal. El vuelo máximo de los aleros será de 1 m en edificación cerrada.
2. Hastíales. Son los elementos salientes de la planta de cubierta que forman un
cerramiento vertical entre el forjado de techo de la última planta de piso y la cubierta inclinada.
Estos elementos quedan prohibidos en las edificaciones abiertas con la excepción de los usos
unifamiliares y casos justificados que salvaguarden la estética urbana del entorno.
3. Petos y antepechos. Son los elementos de las cubiertas planas, situados en las
azoteas, que delimitan en su perímetro estos espacios.
4. Cornisas. Son remates decorativos situados en las fachadas de los edificios.
5. Pérgolas. Son elementos estructurales en forma de parrilla horizontal que se ejecutan
independientemente de la estructura de la edificación principal, en las azoteas visitables, en las
terrazas de cubierta o en las terrazas de cubiertas de plantas bajas como elemento decorativo para
quitar o tamizar los rayos solares y servir de apoyo de elementos vegetales, textiles plegables,
lamas móviles, vidrios retractiles y sistemas similares que permitan la apertura y cierre de esta
superficie. Al tratarse de elementos decorativos se realizarán al margen de la estructura de la
edificación, pudiendo estar anclados a la fachada, no se autoriza ningún sistema de cierre de los
planos verticales que conforman el perímetro de la pérgola.
6. Marquesinas. Son los elementos salientes en planos horizontales que se realizan a
modo de visera en los portales y locales de las plantas bajas. En edificación cerrada cumplirán las
mismas condiciones que los cuerpos salientes.
7. Rejas. Son aquellos elementos salientes diáfanos que se colocan en el plano vertical
como protección de los huecos de fachada. En edificación cerrada sólo pueden sobresalir 0,10 m.
Las ventanas de las plantas bajas podrán cerrarse mediante rejas cuando se estime oportuno.
Serán exclusivamente elementos de cerrajería formados por barras separadas entre 10 y 16 cm y
unidas entre sí por varias pletinas ancladas puntualmente en la fábrica de fachada.
Podrán añadirse como embellecimiento elementos de cerrajería de menor calibre.
Cuando existan balcones en la misma fachada, los elementos de cerrajería deberán gozar de
homogeneidad compositiva entre ellos.
8. Canalones y bajantes. Corresponden a los elementos que canalizan las salidas del
agua de lluvia que cae a la cubierta, correspondiendo los canalones a los conductos horizontales y
las bajantes a los verticales.
Deberán tener vertido directo a la red de saneamiento y quedar ocultos en la planta baja,
con la excepción en edificaciones del Casco antiguo debido a la red unitaria existente en el casco.
Asimismo, en las nuevas edificaciones o reforma total de la construcción, se valorará la
incorporación de soluciones sistema de drenaje interior de parcela mediante sistemas que
permitan laminar e/o infiltrar al terreno el agua de lluvia o su captación para almacenamiento y
reutilización.
BOCM-20250514-53
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 114
Artículo 31. Tipos de patio por su ocupación.
1. Patios libres: aquellos que no están edificados sobre rasante.
2. Patios ocupados: aquellos que tienen alguna planta construida por encima de la
rasante, pero que gozan de las características específicas de patio. En este caso computan
ocupación y edificabilidad.
Artículo 32. Tipos de patio por su titularidad.
1. Patio privado: es aquel patio que pertenece a un solo propietario.
2. Patio mancomunado: es aquel que pertenece a varios propietarios o a varias
comunidades de propietarios. Esta situación de mancomunidad, requiere que se inscriba en el
registro de la propiedad en las diferentes parcelas registrales a las que afecta. La separación de
patios mancomunados se permite con menos de 2 m. de altura.
Artículo 33. Tipos de patio por su uso.
1. Patio de luces: aquel que se destina únicamente a dar luz al edificio.
2. Patio ajardinado: aquel que se destina para iluminar y, además, como superficie libre
ajardinada para el recreo y la expansión.
Artículo 34. Elementos exteriores del edificio. Concepto.
Son los elementos constructivos no habitables ni ocupables de carácter fijo que se ubican
en el exterior del edificio y que cuando sobresalen de la línea de edificación tienen el carácter de
elemento saliente.
Artículo 35. Elementos exteriores del edificio. Tipología.
1. Aleros. Son los salientes que tienen las cubiertas inclinadas al coincidir con el forjado
horizontal. El vuelo máximo de los aleros será de 1 m en edificación cerrada.
2. Hastíales. Son los elementos salientes de la planta de cubierta que forman un
cerramiento vertical entre el forjado de techo de la última planta de piso y la cubierta inclinada.
Estos elementos quedan prohibidos en las edificaciones abiertas con la excepción de los usos
unifamiliares y casos justificados que salvaguarden la estética urbana del entorno.
3. Petos y antepechos. Son los elementos de las cubiertas planas, situados en las
azoteas, que delimitan en su perímetro estos espacios.
4. Cornisas. Son remates decorativos situados en las fachadas de los edificios.
5. Pérgolas. Son elementos estructurales en forma de parrilla horizontal que se ejecutan
independientemente de la estructura de la edificación principal, en las azoteas visitables, en las
terrazas de cubierta o en las terrazas de cubiertas de plantas bajas como elemento decorativo para
quitar o tamizar los rayos solares y servir de apoyo de elementos vegetales, textiles plegables,
lamas móviles, vidrios retractiles y sistemas similares que permitan la apertura y cierre de esta
superficie. Al tratarse de elementos decorativos se realizarán al margen de la estructura de la
edificación, pudiendo estar anclados a la fachada, no se autoriza ningún sistema de cierre de los
planos verticales que conforman el perímetro de la pérgola.
6. Marquesinas. Son los elementos salientes en planos horizontales que se realizan a
modo de visera en los portales y locales de las plantas bajas. En edificación cerrada cumplirán las
mismas condiciones que los cuerpos salientes.
7. Rejas. Son aquellos elementos salientes diáfanos que se colocan en el plano vertical
como protección de los huecos de fachada. En edificación cerrada sólo pueden sobresalir 0,10 m.
Las ventanas de las plantas bajas podrán cerrarse mediante rejas cuando se estime oportuno.
Serán exclusivamente elementos de cerrajería formados por barras separadas entre 10 y 16 cm y
unidas entre sí por varias pletinas ancladas puntualmente en la fábrica de fachada.
Podrán añadirse como embellecimiento elementos de cerrajería de menor calibre.
Cuando existan balcones en la misma fachada, los elementos de cerrajería deberán gozar de
homogeneidad compositiva entre ellos.
8. Canalones y bajantes. Corresponden a los elementos que canalizan las salidas del
agua de lluvia que cae a la cubierta, correspondiendo los canalones a los conductos horizontales y
las bajantes a los verticales.
Deberán tener vertido directo a la red de saneamiento y quedar ocultos en la planta baja,
con la excepción en edificaciones del Casco antiguo debido a la red unitaria existente en el casco.
Asimismo, en las nuevas edificaciones o reforma total de la construcción, se valorará la
incorporación de soluciones sistema de drenaje interior de parcela mediante sistemas que
permitan laminar e/o infiltrar al terreno el agua de lluvia o su captación para almacenamiento y
reutilización.
BOCM-20250514-53
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID