C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250513-19)
Plan de prevención de incendios forestales – Orden 1721/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 186
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 113
Consejería de Sanidad
Los representantes que correspondan en el Comité Asesor y en el Puesto de Mando Avanzado,
además de los medios de la Consejería de Sanidad asignados a situaciones de emergencia,
definidos en el portal corporativo de la Comunidad de Madrid www.madrid.org/summa/.
x Centro de Coordinación de Urgencias y Emergencias del SUMMA 112.
x Vehículos de intervención rápida (VIR), UVIs (ambulancias móviles medicalizadas), y
ambulancias de transporte sanitario, ubicadas en la red de bases repartidas por toda la
geografía de la Comunidad de Madrid.
x 2 helicópteros medicalizados, situados en Las Rozas y Lozoyuela.
x Servicios de urgencias de atención primaria ubicados en los centros de salud y centros
de especialidades, y los servicios de urgencia hospitalaria ubicados en los hospitales
de la red pública.
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Los representantes que correspondan en el Comité Asesor, así como los medios de la
Consejería asignados a situaciones de emergencia que están listados en el portal corporativo
de la Comunidad de Madrid (Servicio de Emergencia social, dependiente de la Dirección
General de Servicios Sociales e Integración).
Recursos propios: Central del Servicio de Emergencia Social, situada en la ciudad de Madrid, y
2 Unidades Móviles de Emergencia Social Recursos complementarios: Psicólogos de
Emergencia Social, Intérpretes de Emergencia Social, Plazas de emergencia, y voluntarios.
6
6.1
MEDIDAS PREVENTIVAS
Trabajos de carácter preventivo
El artículo 48.4 de Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes para la “Planificación para la
prevención y defensa ante el riesgo de incendios forestales”, establece en su apartado e): “Los
trabajos de carácter preventivo a realizar a lo largo de todo el año, en particular los tratamientos
selvícolas que procedan, áreas cortafuegos, vías de acceso y puntos de agua que deban
realizar los propietarios de los montes de la zona, así como los plazos de ejecución”.
Es obligación de los propietarios públicos y privados, realizar los trabajos preventivos
necesarios en sus montes dentro de los plazos de ejecución establecidos.
No obstante, a través de ASEM 112, se propone desarrollar las siguientes tareas en el ámbito
de la prevención de incendios forestales, detallados en el Anexo V, tanto en terrenos
gestionados como no gestionados por la Comunidad de Madrid:
x Planificación y dirección de trabajos de prevención de incendios forestales, para
cuya planificación se utiliza como documento base el Plan de Defensa Contra
Incendios Forestales, que ha superado la fase de Evaluación Ambiental Estratégica.
x Mantenimiento de la red de cortafuegos mediante decapado o gradeos con
maquinaria pesada en montes gestionados por la Comunidad de Madrid.
x Pastoreo preventivo de mantenimiento de áreas cortafuegos, mediante fajas de
carácter lineal y en superficies en mosaico.
x Planificación de mantenimiento y mejora de puntos de agua para abastecimiento
de vehículos de extinción de incendios forestales.
x Mantenimiento de pistas forestales para mejorar su transitabilidad, realizando poda
x Mejora y mantenimiento de las bases de retenes forestales.
Además, en coordinación con la Subdirección General de Infraestructuras se atiende al resto de
infraestructuras relacionadas con incendios forestales: Puestos de Vigilancia, PIF, puntos de
vigilancia de los retenes, bases de brigadas helitransportadas, bases de maquinaria forestal.
Los trabajos de prevención de incendios forestales se ejecutan con los medios adscritos al
encargo del “Servicio de Prevención y Apoyo a la extinción de incendios forestales e
BOCM-20250513-19
del arbolado, desbroces en cunetas, taludes y terraplenes, además de la limpieza de
pasos de agua.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 113
Consejería de Sanidad
Los representantes que correspondan en el Comité Asesor y en el Puesto de Mando Avanzado,
además de los medios de la Consejería de Sanidad asignados a situaciones de emergencia,
definidos en el portal corporativo de la Comunidad de Madrid www.madrid.org/summa/.
x Centro de Coordinación de Urgencias y Emergencias del SUMMA 112.
x Vehículos de intervención rápida (VIR), UVIs (ambulancias móviles medicalizadas), y
ambulancias de transporte sanitario, ubicadas en la red de bases repartidas por toda la
geografía de la Comunidad de Madrid.
x 2 helicópteros medicalizados, situados en Las Rozas y Lozoyuela.
x Servicios de urgencias de atención primaria ubicados en los centros de salud y centros
de especialidades, y los servicios de urgencia hospitalaria ubicados en los hospitales
de la red pública.
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Los representantes que correspondan en el Comité Asesor, así como los medios de la
Consejería asignados a situaciones de emergencia que están listados en el portal corporativo
de la Comunidad de Madrid (Servicio de Emergencia social, dependiente de la Dirección
General de Servicios Sociales e Integración).
Recursos propios: Central del Servicio de Emergencia Social, situada en la ciudad de Madrid, y
2 Unidades Móviles de Emergencia Social Recursos complementarios: Psicólogos de
Emergencia Social, Intérpretes de Emergencia Social, Plazas de emergencia, y voluntarios.
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6.1
MEDIDAS PREVENTIVAS
Trabajos de carácter preventivo
El artículo 48.4 de Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes para la “Planificación para la
prevención y defensa ante el riesgo de incendios forestales”, establece en su apartado e): “Los
trabajos de carácter preventivo a realizar a lo largo de todo el año, en particular los tratamientos
selvícolas que procedan, áreas cortafuegos, vías de acceso y puntos de agua que deban
realizar los propietarios de los montes de la zona, así como los plazos de ejecución”.
Es obligación de los propietarios públicos y privados, realizar los trabajos preventivos
necesarios en sus montes dentro de los plazos de ejecución establecidos.
No obstante, a través de ASEM 112, se propone desarrollar las siguientes tareas en el ámbito
de la prevención de incendios forestales, detallados en el Anexo V, tanto en terrenos
gestionados como no gestionados por la Comunidad de Madrid:
x Planificación y dirección de trabajos de prevención de incendios forestales, para
cuya planificación se utiliza como documento base el Plan de Defensa Contra
Incendios Forestales, que ha superado la fase de Evaluación Ambiental Estratégica.
x Mantenimiento de la red de cortafuegos mediante decapado o gradeos con
maquinaria pesada en montes gestionados por la Comunidad de Madrid.
x Pastoreo preventivo de mantenimiento de áreas cortafuegos, mediante fajas de
carácter lineal y en superficies en mosaico.
x Planificación de mantenimiento y mejora de puntos de agua para abastecimiento
de vehículos de extinción de incendios forestales.
x Mantenimiento de pistas forestales para mejorar su transitabilidad, realizando poda
x Mejora y mantenimiento de las bases de retenes forestales.
Además, en coordinación con la Subdirección General de Infraestructuras se atiende al resto de
infraestructuras relacionadas con incendios forestales: Puestos de Vigilancia, PIF, puntos de
vigilancia de los retenes, bases de brigadas helitransportadas, bases de maquinaria forestal.
Los trabajos de prevención de incendios forestales se ejecutan con los medios adscritos al
encargo del “Servicio de Prevención y Apoyo a la extinción de incendios forestales e
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del arbolado, desbroces en cunetas, taludes y terraplenes, además de la limpieza de
pasos de agua.