C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250513-19)
Plan de prevención de incendios forestales –  Orden 1721/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 113

MARTES 13 DE MAYO DE 2025

5.1.9

Pág. 185

Red de vigilancia

La ASEM 112 posee una red de vigilancia con distintos tipos de medios, que se refuerza en los
meses de época de peligro alto:

-

Red de Puestos de Vigilancia Fijos (34): Se trata de puestos localizados en lugares
estratégicos desde los cuales se alerta cuando se ve algún humo. Se identifican por su
indicativo más el nombre del puesto. 68 Auxiliares de Control e información.

-

Vigilantes móviles (4): Se identifican con los códigos Z1, Z2, Z3 y Z6. Se desplazan
con el encargado de su zona. 8 Auxiliares de control e Información.

-

Encargados (5+1 logística): Se identifican con los códigos C1 a C6. Poseen un
vehículo oficial para atender las necesidades de los vigilantes de su zona. 17 Técnicos
de Mantenimiento especialidad Vigilancia.

-

Cámaras. Se trata de cámaras fijas de espectro visible e infrarrojo que completan la red
de vigilancia fija de la Comunidad.

Esta red está dividida en 5 zonas que ocupan todo el territorio de la comunidad. Todos los días,
el F1 revisa como está la previsión del operativo de vigilancia y propone la forma de cubrirla.
En el Anexo III (3) Red de vigilancia se presenta el listado de los medios de vigilancia.
Todos los equipos que trabajan en el medio forestal tienen igualmente instrucciones de
comunicar a CECOP CBCM cualquier columna de humo que pueda proceder de un incendio de
vegetación, especialmente las patrullas de vigilancia como se ha especificado anteriormente.
Además, debe indicarse que la Comunidad de Madrid, densamente poblada, posee un potente
sistema de avisos a través del 112, existiendo una gran colaboración ciudadana
complementaria para la detección y aviso de posibles incidentes.
5.1.10 Otros medios
Todos los medios del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid disponibles y
adecuados para la extinción de los incendios forestales y, como mínimo, los establecidos en
procedimientos de activación de medios. En el ANEXO III se presenta la relación de recursos
disponibles en épocas de peligro alto y bajo. Para ésta última hay que resaltar:

- Que todos los recursos materiales terrestres del CBCM son recursos propios de los
que en un momento determinado y en caso de necesidad se puede disponer, (así
como de personal adicional al que se podría movilizar), si bien durante la época de
peligro bajo se dedican a revisiones y mantenimiento de taller, al no ser tan necesaria
su concurrencia, por lo que se ha listado la presencia real y operativa mínima.

- Que los recursos terrestres de empresa (retenes) durante el periodo de prevención
utilizan además del BUS de transporte, una bomba forestal ligera, si bien ésta puede
sustituirse por la bomba forestal pesada, por tratarse de vehículos igualmente en
propiedad y disponibilidad. Durante la época de peligro medio es habitual que,
ponderando el riesgo local, se ordene uno u otro equipamiento.
Por otro lado, existen convenios con algunas Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil,
las cuales prestan apoyo en emergencias, interviniendo en aquellas en las que sus
capacidades le permitan actuar. En el Anexo IV – Agrupaciones de voluntarios a nivel local, se
presenta el listado de Agrupaciones de Voluntarios que cuentan con convenio, especificando
en cada una de ellas las diferentes capacidades.
En cuanto a las direcciones generales pertenecientes a la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior hay que considerar también a los representantes que correspondan en el
Comité Asesor y en el Puesto de Mando Avanzado. En este sentido, está incluido el titular de la
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal o persona en quien delegue.
Dispositivos de otras Consejerías

Según se establece en el artículo 22 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema
Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid y en el ANEXO 4,
relativo a los MEDIOS Y RECURSOS DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE
EMERGENCIA POR INCENDIOS FORESTALES, del Decreto INFOMA, otras Consejerías
podrán intervenir, dependiendo del tipo y magnitud de la emergencia, así como de las personas,
bienes y servicios afectados.

BOCM-20250513-19

5.2