C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250513-19)
Plan de prevención de incendios forestales – Orden 1721/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
x
-
Hacer el seguimiento de los siniestros que puedan derivar en incendios de
vegetación tanto en la propia comunidad como en comunidades limítrofes.
-
Apoyar y coordinar las actuaciones de los agentes forestales.
-
Asesorar a la dirección de extinción.
-
Resolver incidencias diarias de los agentes forestales, la emisora y de
coordinación entre los cuerpos de emergencias.
-
Realizar un seguimiento de las labores de vigilancia realizadas por los agentes
forestales.
-
Atención, gestión y coordinación de las peticiones de intervención.
Emisora: se encarga de atender las comunicaciones de los agentes forestales.
-
Recibir informaciones de los agentes forestales.
-
Atender, catalogar y distribuir las llamadas recibidas.
-
Realizar el seguimiento permanente de la totalidad de los servicios.
-
Recopilar, registrar y transmitir la información sobre los servicios.
-
Llevar el control de disponibilidad de medios humanos y materiales existentes.
-
Informar de cualquier incidencia operativa.
-
Transmitir las órdenes de la Jefatura y Jefatura de guardia.
-
Apertura de expedientes de incendios e investigación en el integrador de
comunicaciones.
-
Gestión y registro de las solicitudes de realización de quemas en EPB.
-
Poner a disposición de los agentes los usos de fuego diarios.
Agente Forestal de Guardia y Agente Forestal de servicio ordinario: en relación con los
incendios de vegetación le corresponden las siguientes funciones:
-
Realizar rutas de prevención y vigilancia de incendios de vegetación.
-
Comprobar que los usos de fuego disponen de autorización y que se realizan
conforme a la misma.
-
Colaborar en la detección de columnas de humo en terreno forestal o en la
detección de incendios forestales.
-
Participar en la extinción de incendios forestales.
-
Realizar el seguimiento de incendios de vegetación que puedan afectar a terreno
forestal.
-
Realizar la investigación preliminar de las causas generadoras del incendio
forestal.
-
Auxiliar en las emergencias de protección civil.
-
Elevar denuncias o actas de inspección relacionadas con el uso del fuego.
-
Agentes BEIF: en relación con los incendios de vegetación le corresponden las
siguientes funciones:
-
Realizar el informe de investigación de causas de los incendios forestales.
Los agentes forestales realizan sus funciones en la totalidad del medio natural de la Comunidad
de Madrid, que se distribuye en 17 comarcas forestales, en cada una de las cuales existe una
oficina comarcal, además de la Central de Coordinación ECAF del Cuerpo de Agentes
Forestales, situada en Pozuelo de Alarcón.
BOCM-20250513-19
x
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
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-
Hacer el seguimiento de los siniestros que puedan derivar en incendios de
vegetación tanto en la propia comunidad como en comunidades limítrofes.
-
Apoyar y coordinar las actuaciones de los agentes forestales.
-
Asesorar a la dirección de extinción.
-
Resolver incidencias diarias de los agentes forestales, la emisora y de
coordinación entre los cuerpos de emergencias.
-
Realizar un seguimiento de las labores de vigilancia realizadas por los agentes
forestales.
-
Atención, gestión y coordinación de las peticiones de intervención.
Emisora: se encarga de atender las comunicaciones de los agentes forestales.
-
Recibir informaciones de los agentes forestales.
-
Atender, catalogar y distribuir las llamadas recibidas.
-
Realizar el seguimiento permanente de la totalidad de los servicios.
-
Recopilar, registrar y transmitir la información sobre los servicios.
-
Llevar el control de disponibilidad de medios humanos y materiales existentes.
-
Informar de cualquier incidencia operativa.
-
Transmitir las órdenes de la Jefatura y Jefatura de guardia.
-
Apertura de expedientes de incendios e investigación en el integrador de
comunicaciones.
-
Gestión y registro de las solicitudes de realización de quemas en EPB.
-
Poner a disposición de los agentes los usos de fuego diarios.
Agente Forestal de Guardia y Agente Forestal de servicio ordinario: en relación con los
incendios de vegetación le corresponden las siguientes funciones:
-
Realizar rutas de prevención y vigilancia de incendios de vegetación.
-
Comprobar que los usos de fuego disponen de autorización y que se realizan
conforme a la misma.
-
Colaborar en la detección de columnas de humo en terreno forestal o en la
detección de incendios forestales.
-
Participar en la extinción de incendios forestales.
-
Realizar el seguimiento de incendios de vegetación que puedan afectar a terreno
forestal.
-
Realizar la investigación preliminar de las causas generadoras del incendio
forestal.
-
Auxiliar en las emergencias de protección civil.
-
Elevar denuncias o actas de inspección relacionadas con el uso del fuego.
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Agentes BEIF: en relación con los incendios de vegetación le corresponden las
siguientes funciones:
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Realizar el informe de investigación de causas de los incendios forestales.
Los agentes forestales realizan sus funciones en la totalidad del medio natural de la Comunidad
de Madrid, que se distribuye en 17 comarcas forestales, en cada una de las cuales existe una
oficina comarcal, además de la Central de Coordinación ECAF del Cuerpo de Agentes
Forestales, situada en Pozuelo de Alarcón.
BOCM-20250513-19
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B.O.C.M. Núm. 113