C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250513-19)
Plan de prevención de incendios forestales – Orden 1721/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba el Plan Anual de Prevención, Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid para el año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 113
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
4
Pág. 169
ÉPOCAS DE PELIGRO
En el territorio de la Comunidad de Madrid, las épocas de peligro están reguladas en el Decreto
INFOMA, estableciéndose tres tipos de situaciones de peligro de incendios forestales, las
cuales quedan definidas de la siguiente manera:
x
Época de peligro alto: Desde el 15 de junio hasta el 30 de septiembre: Durante este
tiempo se aplican las medidas preventivas establecidas en el Anexo 2 del Decreto
INFOMA y la Comunidad de Madrid, donde se refuerzan de forma gradual, y según
necesidades, los medios para la lucha contra incendios forestales.
x
Época de peligro medio: Del 16 de mayo al 14 de junio y del 1 al 31 de octubre. Las
medidas limitativas que correspondan según el Anexo 2 del Decreto INFOMA serán de
aplicación también en este período.
x
Época de peligro bajo: Del 1 de noviembre al 15 de mayo. No se adoptarán medidas
o precauciones especiales, pero las medidas preventivas que correspondan según el
Anexo 2 del Decreto INFOMA serán también de aplicación.
No obstante, las fechas de las épocas descritas podrán modificarse por Decreto de Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, cuando se determine que se puedan prever
circunstancias meteorológicas que así lo justifiquen, empleándose para ello los valores objetivos
aportados por las observaciones y predicciones del índice dinámico de riesgo meteorológico de
la Comunidad de Madrid, así como por el análisis de la variación de los índices de frecuencia,
gravedad o causalidad de incendios.
5
DISEÑO GENERAL DEL DISPOSITIVO
Según recoge el Decreto INFOMA, la Comunidad de Madrid posee una serie de medios y
recursos asignados al plan INFOMA, dependientes de las Consejerías competentes en materia
de Emergencias, Protección Civil, Sanidad, Medio Ambiente y Asuntos Sociales. Actualmente el
competente en materia de prevención y extinción de incendios forestales es la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 (ASEM 112).
Además, los ayuntamientos poseen medios propios que se integran en el operativo cuando se
produce una emergencia por incendio forestal. Destacan por su relevancia y magnitud los
Parques de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, con el que existe el Convenio entre la
Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en materia de prevención, extinción de
incendios y salvamentos del 17 de junio de 2020.
Existen también Protocolos sectoriales en incendios forestales, que se van renovando
periódicamente, en el marco de los Protocolos generales en materia de emergencias con las
Comunidades Autónomas de Castilla y León y de Castilla-la Mancha, limítrofes con la
Comunidad de Madrid. En ellos se indica que, en una banda de 5 Km situada a ambos lados del
límite entre Comunidades, regirá el despacho automático y la movilización inmediata de los
recursos de cualquiera de ellas, actuando y recibiendo con normalidad los medios de una
Comunidad en la otra.
Además, también pueden solicitarse y prestarse medios desde o hacia otras Comunidades
(sean o no limítrofes) para incendios de especial relevancia dimensiones o peligrosidad.
5.1
Dispositivo de la ASEM 112
La ASEM 112 por medio de la Dirección General de Emergencias (DGE) tiene asumidas la
totalidad de competencias en materia de prevención y extinción de incendios de la Comunidad
de Madrid (entre las que se encuentran los incendios forestales), en virtud del Decreto
111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
a)
CECOP CBCM: Centro de Coordinación Operativa del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid.
b)
Parques de Bomberos de la ASEM 112. Puntos de Incendios Forestales (PIF) y
personal INFOMA asociado.
c)
Medios humanos y materiales del Cuerpo de Agentes Forestales.
BOCM-20250513-19
La ASEM 112 posee un amplio dispositivo en el que se incluyen medios propios, encargados y
contratados. Los principales medios con los que cuenta, son los siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 113
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
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Pág. 169
ÉPOCAS DE PELIGRO
En el territorio de la Comunidad de Madrid, las épocas de peligro están reguladas en el Decreto
INFOMA, estableciéndose tres tipos de situaciones de peligro de incendios forestales, las
cuales quedan definidas de la siguiente manera:
x
Época de peligro alto: Desde el 15 de junio hasta el 30 de septiembre: Durante este
tiempo se aplican las medidas preventivas establecidas en el Anexo 2 del Decreto
INFOMA y la Comunidad de Madrid, donde se refuerzan de forma gradual, y según
necesidades, los medios para la lucha contra incendios forestales.
x
Época de peligro medio: Del 16 de mayo al 14 de junio y del 1 al 31 de octubre. Las
medidas limitativas que correspondan según el Anexo 2 del Decreto INFOMA serán de
aplicación también en este período.
x
Época de peligro bajo: Del 1 de noviembre al 15 de mayo. No se adoptarán medidas
o precauciones especiales, pero las medidas preventivas que correspondan según el
Anexo 2 del Decreto INFOMA serán también de aplicación.
No obstante, las fechas de las épocas descritas podrán modificarse por Decreto de Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, cuando se determine que se puedan prever
circunstancias meteorológicas que así lo justifiquen, empleándose para ello los valores objetivos
aportados por las observaciones y predicciones del índice dinámico de riesgo meteorológico de
la Comunidad de Madrid, así como por el análisis de la variación de los índices de frecuencia,
gravedad o causalidad de incendios.
5
DISEÑO GENERAL DEL DISPOSITIVO
Según recoge el Decreto INFOMA, la Comunidad de Madrid posee una serie de medios y
recursos asignados al plan INFOMA, dependientes de las Consejerías competentes en materia
de Emergencias, Protección Civil, Sanidad, Medio Ambiente y Asuntos Sociales. Actualmente el
competente en materia de prevención y extinción de incendios forestales es la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Agencia de Seguridad y Emergencias
Madrid 112 (ASEM 112).
Además, los ayuntamientos poseen medios propios que se integran en el operativo cuando se
produce una emergencia por incendio forestal. Destacan por su relevancia y magnitud los
Parques de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, con el que existe el Convenio entre la
Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en materia de prevención, extinción de
incendios y salvamentos del 17 de junio de 2020.
Existen también Protocolos sectoriales en incendios forestales, que se van renovando
periódicamente, en el marco de los Protocolos generales en materia de emergencias con las
Comunidades Autónomas de Castilla y León y de Castilla-la Mancha, limítrofes con la
Comunidad de Madrid. En ellos se indica que, en una banda de 5 Km situada a ambos lados del
límite entre Comunidades, regirá el despacho automático y la movilización inmediata de los
recursos de cualquiera de ellas, actuando y recibiendo con normalidad los medios de una
Comunidad en la otra.
Además, también pueden solicitarse y prestarse medios desde o hacia otras Comunidades
(sean o no limítrofes) para incendios de especial relevancia dimensiones o peligrosidad.
5.1
Dispositivo de la ASEM 112
La ASEM 112 por medio de la Dirección General de Emergencias (DGE) tiene asumidas la
totalidad de competencias en materia de prevención y extinción de incendios de la Comunidad
de Madrid (entre las que se encuentran los incendios forestales), en virtud del Decreto
111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
directiva de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
a)
CECOP CBCM: Centro de Coordinación Operativa del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid.
b)
Parques de Bomberos de la ASEM 112. Puntos de Incendios Forestales (PIF) y
personal INFOMA asociado.
c)
Medios humanos y materiales del Cuerpo de Agentes Forestales.
BOCM-20250513-19
La ASEM 112 posee un amplio dispositivo en el que se incluyen medios propios, encargados y
contratados. Los principales medios con los que cuenta, son los siguientes: