C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250506-40)
Regulación acceso Programa Asistencia Material Básica – Resolución 2083/2025, de 22 de abril, de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de Acceso al Programa de Asistencia Material Básica en la Comunidad de Madrid en el período 2025-2028, cofinanciado al 90 por 100 por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021/2027
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 107
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 229
Cuarto
En el marco de la intervención profesional que es desarrollada por los servicios sociales de atención social primaria de las entidades locales, los trabajadores sociales, como profesionales de referencia, serán los encargados de realizar un diagnóstico de las situaciones
de los ciudadanos y una valoración de la idoneidad de su participación en este programa.
La forma de acceso al programa se realizará mediante derivación por parte de los servicios sociales de las entidades locales a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración a través del aplicativo AMBA, en el que se registrará toda la intervención profesional que se realice.
El aplicativo AMBA permitirá:
— El registro de datos y la apertura del expediente.
— La comprobación del cumplimiento de los requisitos del programa y el archivo
documental de las evidencias que lo acreditan.
— La derivación a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de los expedientes de las unidades familiares que participarán en el programa.
— El flujo de información con las entidades adjudicatarias de los contratos para suministrar las tarjetas destinadas a la adquisición gratuita de alimentos y otros productos, y para prestar el servicio de medidas de acompañamiento social a los participantes del programa.
— El seguimiento de la trazabilidad de todo el procedimiento de intervención con
cada beneficiario.
El aplicativo AMBA será proporcionado por la Comunidad de Madrid y estará vinculado
al módulo de ASP, dispositivo central de gestión de las competencias propias de la entidad local en el marco del Sistema Público de Servicios Sociales, vinculado, a su vez, al sistema de interoperabilidad interadministrativa SOCYAL para HSU, previsto en el Decreto 51/2023, de 3
de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan la Historia Social Única, el Registro
Único de Usuarios y otros instrumentos de gestión de la información del Sistema Público de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y a su repositorio de datos.
AMBA obtendrá de dicho repositorio los datos de carácter personal de las unidades familiares, previa asignación del recurso específico en el módulo de ASP del sistema
SOCYAL para HSU, y al que el aplicativo AMBA proporcionará datos relativos a las intervenciones realizadas en el marco del programa. Si la unidad familiar no ha sido objeto
de una intervención previa en servicios sociales, las entidades locales deberán registrar primeramente sus datos en el módulo específico de ASP del sistema SOCYAL para HSU.
AMBA permitirá a las entidades locales no integradas en el sistema SOCYAL para
HSU la carga de los datos necesarios para la gestión del programa en el repositorio del que
se nutre el aplicativo, pero no proporcionará datos relativos a las intervenciones realizadas
en el marco del programa a sistemas distintos a SOCYAL para HSU. Será responsabilidad
de estas entidades locales la validez de los datos que consten en sus herramientas de gestión propias análogas.
La composición de la unidad familiar susceptible de participar en el programa quedará también reflejada en un consentimiento informado facilitado a las personas destinatarias
por el profesional de referencia para su cumplimentación y firma (se adjunta modelo en el
anexo IV), debiendo coincidir con la que conste en el aplicativo AMBA.
Será responsabilidad de los servicios sociales de atención social primaria de las entidades locales verificar la correcta cumplimentación del consentimiento informado, dejar registro del mismo en el expediente de la unidad familiar en el aplicativo AMBA, validar la
coincidencia de los datos y custodiar la documentación que así lo acredite (libro de familia
completo o certificados que acrediten la relación de parentesco y/o acogimiento) en el marco del gestor documental del módulo de ASP del sistema SOCYAL para HSU o, en el caso
de las entidades locales no integradas en dicho sistema, en sus herramientas de gestión propias análogas.
Si el conjunto de la unidad familiar no se opone y, por tanto, autoriza la consulta de los
datos necesarios para la comprobación de los requisitos que exige el programa, en el expediente de la unidad familiar derivada registrado en el aplicativo AMBA deberá constar además la siguiente documentación:
— Información resultante de las consultas realizadas por el aplicativo AMBA que acredite el cumplimiento de requisitos del Programa de Asistencia Material Básica. Di-
BOCM-20250506-40
Acceso al programa
B.O.C.M. Núm. 107
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
Pág. 229
Cuarto
En el marco de la intervención profesional que es desarrollada por los servicios sociales de atención social primaria de las entidades locales, los trabajadores sociales, como profesionales de referencia, serán los encargados de realizar un diagnóstico de las situaciones
de los ciudadanos y una valoración de la idoneidad de su participación en este programa.
La forma de acceso al programa se realizará mediante derivación por parte de los servicios sociales de las entidades locales a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración a través del aplicativo AMBA, en el que se registrará toda la intervención profesional que se realice.
El aplicativo AMBA permitirá:
— El registro de datos y la apertura del expediente.
— La comprobación del cumplimiento de los requisitos del programa y el archivo
documental de las evidencias que lo acreditan.
— La derivación a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de los expedientes de las unidades familiares que participarán en el programa.
— El flujo de información con las entidades adjudicatarias de los contratos para suministrar las tarjetas destinadas a la adquisición gratuita de alimentos y otros productos, y para prestar el servicio de medidas de acompañamiento social a los participantes del programa.
— El seguimiento de la trazabilidad de todo el procedimiento de intervención con
cada beneficiario.
El aplicativo AMBA será proporcionado por la Comunidad de Madrid y estará vinculado
al módulo de ASP, dispositivo central de gestión de las competencias propias de la entidad local en el marco del Sistema Público de Servicios Sociales, vinculado, a su vez, al sistema de interoperabilidad interadministrativa SOCYAL para HSU, previsto en el Decreto 51/2023, de 3
de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan la Historia Social Única, el Registro
Único de Usuarios y otros instrumentos de gestión de la información del Sistema Público de
Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y a su repositorio de datos.
AMBA obtendrá de dicho repositorio los datos de carácter personal de las unidades familiares, previa asignación del recurso específico en el módulo de ASP del sistema
SOCYAL para HSU, y al que el aplicativo AMBA proporcionará datos relativos a las intervenciones realizadas en el marco del programa. Si la unidad familiar no ha sido objeto
de una intervención previa en servicios sociales, las entidades locales deberán registrar primeramente sus datos en el módulo específico de ASP del sistema SOCYAL para HSU.
AMBA permitirá a las entidades locales no integradas en el sistema SOCYAL para
HSU la carga de los datos necesarios para la gestión del programa en el repositorio del que
se nutre el aplicativo, pero no proporcionará datos relativos a las intervenciones realizadas
en el marco del programa a sistemas distintos a SOCYAL para HSU. Será responsabilidad
de estas entidades locales la validez de los datos que consten en sus herramientas de gestión propias análogas.
La composición de la unidad familiar susceptible de participar en el programa quedará también reflejada en un consentimiento informado facilitado a las personas destinatarias
por el profesional de referencia para su cumplimentación y firma (se adjunta modelo en el
anexo IV), debiendo coincidir con la que conste en el aplicativo AMBA.
Será responsabilidad de los servicios sociales de atención social primaria de las entidades locales verificar la correcta cumplimentación del consentimiento informado, dejar registro del mismo en el expediente de la unidad familiar en el aplicativo AMBA, validar la
coincidencia de los datos y custodiar la documentación que así lo acredite (libro de familia
completo o certificados que acrediten la relación de parentesco y/o acogimiento) en el marco del gestor documental del módulo de ASP del sistema SOCYAL para HSU o, en el caso
de las entidades locales no integradas en dicho sistema, en sus herramientas de gestión propias análogas.
Si el conjunto de la unidad familiar no se opone y, por tanto, autoriza la consulta de los
datos necesarios para la comprobación de los requisitos que exige el programa, en el expediente de la unidad familiar derivada registrado en el aplicativo AMBA deberá constar además la siguiente documentación:
— Información resultante de las consultas realizadas por el aplicativo AMBA que acredite el cumplimiento de requisitos del Programa de Asistencia Material Básica. Di-
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Acceso al programa