Getafe (BOCM-20250505-46)
Organización y funcionamiento. Reglamento Uso Instalaciones Deportivas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 106
Capítulo II. Accesos y horarios en las instalaciones deportivas municipales
Accesos.
Serán de acceso libre para toda la ciudadanía, de forma individual o colectiva, sin otras limitaciones que las establecidas en este Reglamento, en la legislación vigente en materia deportiva y en la
Norma Reguladora número 5.1 correspondiente al precio público por prestación de servicios y
realización de actividades del Área Social.
El acceso a las instalaciones deportivas municipales, bien de forma individual bien de forma colectiva, supone la aceptación de las normas contenidas en el presente reglamento. Dicho acceso
estará condicionado por el aforo de cada instalación, las limitaciones de capacidad o las condiciones particulares o especiales que coyuntural o temporalmente se establezcan y el pago de los
precios públicos vigentes establecidos para la actividad o instalación deportiva de que se trate,
cuando proceda.
Con carácter general, podrán utilizar las instalaciones deportivas municipales de uso libre los mayores de catorce años. Los menores de catorce años, deberán ir acompañados por una persona
mayor de edad debidamente identificada, sin perjuicio de las normas específicas recogidas en el
presente reglamento.
Las personas que accedan a las instalaciones deportivas municipales padeciendo alguna enfermedad infecto-contagiosa transmisible por contacto físico o vía aeróbica sin el conocimiento o la
autorización previa de los servicios médicos municipales competentes, serán responsables, si las
hubiera, de las consecuencias derivadas de dicha conducta.
Horarios.
Se podrá hacer uso de las instalaciones deportivas municipales los días y horas fijados para las
mismas por los órganos competentes, siendo de acceso público el calendario para un adecuado
conocimiento.
Con carácter general, los horarios de apertura al público son los siguientes: de lunes a viernes de
08:00 a 23:00 horas, los sábados de 8:00 a 22:00 horas y los domingos de 8:00 a 21:00 horas.
Estos horarios se adaptarán en cada instalación y periodo anual, pudiendo ser modificados por la
Delegación de Deportes por razones de interés municipal.
Referente al horario en las pistas deportivas de uso libre, este será de 10:00-22:00 horas (apertura
y cierre) durante todo el año. El horario de apertura de las instalaciones se revisa anualmente con
el objeto de adaptarlo a la demanda existente.
La Delegación de Deportes se reserva el derecho a modificar el horario establecido, de manera
puntual o temporal, en las instalaciones deportivas municipales cuando concurran circunstancias
que así lo justifiquen y a juicio de los responsables municipales.
Cualquier persona podrá acceder a ellas y utilizarlas de acuerdo con la normativa vigente mediante
el abono de lo estipulado en las tarifas de precios públicos.
Calendario de uso de instalaciones deportivas.
Con carácter general, la Delegación de Deportes publicará un calendario de uso de las instalaciones en función de la tipología de usuario/usuaria que acceda a las mismas.
x
El periodo establecido será del 1 de septiembre al 30 de junio.
x
Periodo Navidad: Desde el 24 de diciembre al 1 de enero, y 6 de enero.
x
Periodo Semana Santa: Los días festivos (jueves y viernes) y el fin de semana próximo a
ellos. Además, es posible que haya más días excluidos en esta reserva como consecuencia de la realización de trabajos de mantenimiento o por cierre de la instalación según calendario de la Delegación de Deportes.
x
Periodo Verano: Desde el 1 de julio al 31 de agosto.
Dentro de estos periodos, las entidades con reserva U.R.I podrán solicitar, vía registro de entrada,
el uso extraordinario de instalaciones deportivas en concepto de “ampliación U.R.I”. En cualquier
caso, la Delegación de Deportes resolverá según la viabilidad y disponibilidad de las instalaciones
deportivas solicitadas.
BOCM-20250505-46
Estarán excluidos de su reserva de temporada al Usuario Regular de Instalaciones (U.R.I.) los
siguientes periodos:
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 106
Capítulo II. Accesos y horarios en las instalaciones deportivas municipales
Accesos.
Serán de acceso libre para toda la ciudadanía, de forma individual o colectiva, sin otras limitaciones que las establecidas en este Reglamento, en la legislación vigente en materia deportiva y en la
Norma Reguladora número 5.1 correspondiente al precio público por prestación de servicios y
realización de actividades del Área Social.
El acceso a las instalaciones deportivas municipales, bien de forma individual bien de forma colectiva, supone la aceptación de las normas contenidas en el presente reglamento. Dicho acceso
estará condicionado por el aforo de cada instalación, las limitaciones de capacidad o las condiciones particulares o especiales que coyuntural o temporalmente se establezcan y el pago de los
precios públicos vigentes establecidos para la actividad o instalación deportiva de que se trate,
cuando proceda.
Con carácter general, podrán utilizar las instalaciones deportivas municipales de uso libre los mayores de catorce años. Los menores de catorce años, deberán ir acompañados por una persona
mayor de edad debidamente identificada, sin perjuicio de las normas específicas recogidas en el
presente reglamento.
Las personas que accedan a las instalaciones deportivas municipales padeciendo alguna enfermedad infecto-contagiosa transmisible por contacto físico o vía aeróbica sin el conocimiento o la
autorización previa de los servicios médicos municipales competentes, serán responsables, si las
hubiera, de las consecuencias derivadas de dicha conducta.
Horarios.
Se podrá hacer uso de las instalaciones deportivas municipales los días y horas fijados para las
mismas por los órganos competentes, siendo de acceso público el calendario para un adecuado
conocimiento.
Con carácter general, los horarios de apertura al público son los siguientes: de lunes a viernes de
08:00 a 23:00 horas, los sábados de 8:00 a 22:00 horas y los domingos de 8:00 a 21:00 horas.
Estos horarios se adaptarán en cada instalación y periodo anual, pudiendo ser modificados por la
Delegación de Deportes por razones de interés municipal.
Referente al horario en las pistas deportivas de uso libre, este será de 10:00-22:00 horas (apertura
y cierre) durante todo el año. El horario de apertura de las instalaciones se revisa anualmente con
el objeto de adaptarlo a la demanda existente.
La Delegación de Deportes se reserva el derecho a modificar el horario establecido, de manera
puntual o temporal, en las instalaciones deportivas municipales cuando concurran circunstancias
que así lo justifiquen y a juicio de los responsables municipales.
Cualquier persona podrá acceder a ellas y utilizarlas de acuerdo con la normativa vigente mediante
el abono de lo estipulado en las tarifas de precios públicos.
Calendario de uso de instalaciones deportivas.
Con carácter general, la Delegación de Deportes publicará un calendario de uso de las instalaciones en función de la tipología de usuario/usuaria que acceda a las mismas.
x
El periodo establecido será del 1 de septiembre al 30 de junio.
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Periodo Navidad: Desde el 24 de diciembre al 1 de enero, y 6 de enero.
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Periodo Semana Santa: Los días festivos (jueves y viernes) y el fin de semana próximo a
ellos. Además, es posible que haya más días excluidos en esta reserva como consecuencia de la realización de trabajos de mantenimiento o por cierre de la instalación según calendario de la Delegación de Deportes.
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Periodo Verano: Desde el 1 de julio al 31 de agosto.
Dentro de estos periodos, las entidades con reserva U.R.I podrán solicitar, vía registro de entrada,
el uso extraordinario de instalaciones deportivas en concepto de “ampliación U.R.I”. En cualquier
caso, la Delegación de Deportes resolverá según la viabilidad y disponibilidad de las instalaciones
deportivas solicitadas.
BOCM-20250505-46
Estarán excluidos de su reserva de temporada al Usuario Regular de Instalaciones (U.R.I.) los
siguientes periodos: