D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250428-30)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica Rabiza Solar Ampliación y su infraestructura de evacuación en el polígono 6 parcelas 20, 27, 29 a 46, 49 a 54, 98 y 134 del término municipal de Colmenar de Oreja, solicitada por Rabiza Solar, S. L. U. Expediente: 2024P6/14-0141-00006.5/2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE ABRIL DE 2025

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7.11. En la primera estación favorable desde la finalización de las obras se revegetará mediante plantación con especies arbustivas y/o arbóreas autóctonas propias de la zona
una franja perimetral de una anchura mínima de 5 m que discurra por el interior del vallado a lo largo de toda su longitud, con disposición al tresbolillo y un mínimo de tres filas.
7.12. Se restaurarán los caminos y viales preexistentes afectados durante las obras,
dejándolos en condiciones adecuadas para el tránsito. Se repondrá a las condiciones iniciales los vallados y cualquier otra infraestructura afectada.
8. Condiciones relativas a la protección del patrimonio cultural
8.1. Si durante la ejecución de los trabajos previstos apareciesen indicios de afección
a un yacimiento o algún otro valor histórico, artístico o cultural, se paralizarán las obras y
se informará inmediatamente a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que examinen los
restos y adopten las medidas oportunas, siendo de aplicación la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

La vigilancia ambiental se llevará a cabo mediante la comprobación continuada del
cumplimiento de cada una de las medidas de protección y corrección contempladas en el
Documento Ambiental y en la presente Resolución, haciendo el seguimiento oportuno para
determinar su eficacia y detectar posibles impactos no previstos con objeto de determinar
medidas correctoras complementarias. Para ello, además del contenido del plan de vigilancia establecido en la documentación examinada, deberán añadirse los siguientes controles
y actuaciones, que también quedarán recogidos en los informes definidos en el Programa
de Vigilancia Ambiental:
— Supervisión de la delimitación física de las obras, incluida la zona de ubicación de
las instalaciones auxiliares.
— Control del mantenimiento y movimiento de la maquinaria, y restricción de su
circulación fuera de las franjas de ocupación, pistas de trabajo y zonas habilitadas
para ello.
— Control de la retirada, almacenamiento y reposición de la tierra vegetal a mover
(exclusivamente parque de maquinaria e instalaciones auxiliares, cimentaciones
de transformadores e inversores, caminos y zanjas).
— Comprobación al inicio de cada jornada de trabajo de la posible presencia de fauna
atrapada en las zanjas y vaciados, procediéndose en su caso a su liberación de manera segura.
— Control continuo de las condiciones de almacenamiento y gestión de los residuos
(peligrosos y no peligrosos) generados tanto en las obras y desmantelamiento
como en el funcionamiento de la actividad, con su oportuna documentación.
— Seguimiento ambiental de la calidad de la atmósfera, dando cumplimiento a las
medidas de evitación de la emisión de polvo, partículas y gases.
— Seguimiento y vigilancia de la protección del sistema hidrológico, con especial atención a la prevención de la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.
— Seguimiento de los niveles sonoros mediante mediciones acústicas para comprobar el cumplimiento de los límites de emisión e implementación de medidas correctoras necesarias en caso de incumplimiento.
— Revisión continua del estado de conservación e impermeabilización del pavimento de las zonas auxiliares durante las obras, comprobando en caso de impermeabilización rígida que no presenta fisuras ni grietas y procediendo a su reparación
o reposición en caso de mal estado.
— Seguimiento de la gestión de los lodos y aguas fecales procedentes de los servicios
higiénicos, así como de la arqueta separadora de hidrocarburos de las instalaciones auxiliares y parque de maquinaria. Durante la fase de explotación, control de
la gestión de las aguas residuales que se produzcan.
— Comprobación del buen estado del vallado mediante la eliminación o arreglo de
los elementos cortantes que puedan aparecer durante su uso, así como la reposición de las placas anticolisión que se deterioren.
— Dado que la actividad se encuentra catalogada como potencialmente contaminante del
suelo, se remitirán periódicamente informes de situación sobre el estado de los suelos

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9. Seguimiento y vigilancia ambiental