Galapagar (BOCM-20250423-68)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
a)
Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
b)
Autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el equipo médico
para las plazas en que se establezcan en las bases específicas, y se adjuntará como Anexo
a las correspondientes convocatorias.
c)
Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
Pág. 359
3.6
La presentación de la instancia o solicitud implica, a los efectos de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el
consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero del que es responsable el
Ayuntamiento de Galapagar, y cuyos datos serán tratados para las finalidades relacionadas con la
gestión de personal que lleva a cabo esta Administración Local, disponiendo de los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente.
4.- ADMISIÓN DE CANDIDATOS
4.1
Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, adjuntando la documentación
prevista en la base núm. 3.
4.2
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión y la composición del tribunal calificador del
proceso selectivo. La resolución se publicará en el tablón de empleo público de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Galapagar https://sede.galapagar.es/eAdmin/. y se publicará su extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En dicha resolución se indicarán las causas
de la inadmisión, y se indicará el lugar donde se encuentren las listas certificadas completas de
admitidos y excluidos.
4.3
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Asimismo, aquellos
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el plazo señalado.
El resto de las actuaciones derivadas del proceso selectivo serán publicadas en el tablón de empleo
público de la sede electrónica del Ayuntamiento de Galapagar y en la página web del Ayuntamiento
de Galapagar, https://galapagar.es/.
4.4
Expirado el plazo de subsanación de errores, la Alcaldía dictará nueva resolución con la
lista definitiva de admitidos y excluidos y que se publicará en el tablón de empleo público de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Galapagar https://sede.galapagar.es/eAdmin/.
En la misma resolución que aprueba el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as se
determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios de las pruebas y se publicará la
composición del Tribunal Calificador de las mismas.
En caso de no haberse presentado subsanaciones al listado provisional en el plazo concedido, el
mismo quedará automáticamente elevado a definitivo.
Contra la Resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes excluidos/as, podrá
interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación
en la sede electrónica del empleo público del Ayuntamiento de Galapagar o recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de dicha publicación.
5.- TRIBUNALES
5.1
Los Tribunales Calificadores que han de juzgar las pruebas selectivas serán nombrados
por el órgano competente en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la publicación de la lista
provisional de admitidos. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas
y previa resolución motivada. Estarán constituidos por un presidente, un secretario con voz y sin
voto, y un mínimo de cuatro vocales, así como sus correspondientes suplentes. No podrán formar
BOCM-20250423-68
4.5
. Para las plazas a cubrir en Promoción Interna, las resoluciones se publicarán únicamente
en la sede electrónica del empleo público del Ayuntamiento de Galapagar.
B.O.C.M. Núm. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025
a)
Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
b)
Autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el equipo médico
para las plazas en que se establezcan en las bases específicas, y se adjuntará como Anexo
a las correspondientes convocatorias.
c)
Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
Pág. 359
3.6
La presentación de la instancia o solicitud implica, a los efectos de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el
consentimiento de los afectados para su inclusión en el fichero del que es responsable el
Ayuntamiento de Galapagar, y cuyos datos serán tratados para las finalidades relacionadas con la
gestión de personal que lleva a cabo esta Administración Local, disponiendo de los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente.
4.- ADMISIÓN DE CANDIDATOS
4.1
Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, adjuntando la documentación
prevista en la base núm. 3.
4.2
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión y la composición del tribunal calificador del
proceso selectivo. La resolución se publicará en el tablón de empleo público de la sede electrónica
del Ayuntamiento de Galapagar https://sede.galapagar.es/eAdmin/. y se publicará su extracto en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En dicha resolución se indicarán las causas
de la inadmisión, y se indicará el lugar donde se encuentren las listas certificadas completas de
admitidos y excluidos.
4.3
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su
derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Asimismo, aquellos
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el plazo señalado.
El resto de las actuaciones derivadas del proceso selectivo serán publicadas en el tablón de empleo
público de la sede electrónica del Ayuntamiento de Galapagar y en la página web del Ayuntamiento
de Galapagar, https://galapagar.es/.
4.4
Expirado el plazo de subsanación de errores, la Alcaldía dictará nueva resolución con la
lista definitiva de admitidos y excluidos y que se publicará en el tablón de empleo público de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Galapagar https://sede.galapagar.es/eAdmin/.
En la misma resolución que aprueba el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as se
determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios de las pruebas y se publicará la
composición del Tribunal Calificador de las mismas.
En caso de no haberse presentado subsanaciones al listado provisional en el plazo concedido, el
mismo quedará automáticamente elevado a definitivo.
Contra la Resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes excluidos/as, podrá
interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación
en la sede electrónica del empleo público del Ayuntamiento de Galapagar o recurso ContenciosoAdministrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de dicha publicación.
5.- TRIBUNALES
5.1
Los Tribunales Calificadores que han de juzgar las pruebas selectivas serán nombrados
por el órgano competente en el plazo máximo de un mes desde la fecha de la publicación de la lista
provisional de admitidos. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por causas justificadas
y previa resolución motivada. Estarán constituidos por un presidente, un secretario con voz y sin
voto, y un mínimo de cuatro vocales, así como sus correspondientes suplentes. No podrán formar
BOCM-20250423-68
4.5
. Para las plazas a cubrir en Promoción Interna, las resoluciones se publicarán únicamente
en la sede electrónica del empleo público del Ayuntamiento de Galapagar.