C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250423-28)
Bases subvenciones –  Orden 873/2025, de 4 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de aceleración de empresas culturales en la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE ABRIL DE 2025

4. Solvencia técnica y organizativa de la entidad: hasta 15 puntos.
a) Experiencia en el ámbito de actividad: existencia de conocimiento y experiencia
propia en el ámbito de actividad del proyecto: hasta 5 puntos.
b) Compromiso y capacidad del equipo gestor/responsable del proyecto: si hay dedicación exclusiva al proyecto por parte del equipo gestor (responsable del proyecto) y disponibilidad de suficientes recursos, al menos durante el tiempo de aceleración: hasta 5 puntos.
c) Estructura organizativa y complementariedades internas: cobertura de las principales áreas funcionales (al menos financiera-administrativa, de producción y comercial) de la empresa gracias a los distintos conocimientos o ámbitos de especialización del equipo: hasta 5 puntos.
5. Características de la entidad aceleradora que participará en el proceso de aceleración presentado por el beneficiario, en función de la experiencia previa de la entidad aceleradora en el sector de las ICC, hasta 30 puntos. Para la valoración de este criterio, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
a) Años de experiencia: hasta 5 puntos, con el siguiente desglose:
— 5 años: 1 punto.
— 6 años: 2 puntos.
— 7 años: 3 puntos.
— 8 años: 4 puntos.
— 9 o más años: 5 puntos.
b) Número de proyectos de aceleración realizados en los últimos 5 años: hasta 5 puntos, con el siguiente desglose:
— Más de 50 proyectos: 5 puntos.
— Entre 50 y 40 proyectos: 4 puntos.
— Entre 39 y 30 proyectos: 3 puntos.
— Entre 29 y 20 proyectos: 2 puntos.
— Entre 19 y 10 proyectos: 1 punto.
— Menos de 10 proyectos: 0 puntos.
c) Disponibilidad de espacio físico para llevar a cabo los proyectos de aceleración,
acreditado documentalmente: 5 puntos.
d) Número de expertos de asesoramiento por proyecto acelerado, acreditado documentalmente: hasta 5 puntos, con el siguiente desglose:
— 5 o más asesores por proyecto: 5 puntos.
— 4 asesores por proyecto: 4 puntos.
— 3 asesores por proyecto: 3 puntos.
— 2 asesores por proyecto: 2 puntos.
— 1 asesor por proyecto: 1 punto.
e) Multidisciplinariedad del programa. Áreas del campo de especialización del soporte al proyecto, acreditadas documentalmente: hasta 5 puntos, con el siguiente
desglose:
— 5 o más áreas acreditadas: 5 puntos.
— 4 áreas acreditadas: 4 puntos.
— 3 áreas acreditadas: 3 puntos.
— 2 áreas acreditadas: 2 puntos.
— 1 área acreditada: 1 punto.
f) Número de horas de asesoramiento personalizado, con un mínimo de 15 horas por
proyecto y mes: 5 puntos.
6. Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (75 por 100)
en sectores, territorios o ámbitos de actividad prioritarios para la Comunidad de Madrid:
hasta 10 puntos.
a) Interconexiones con otros ámbitos de actividad estratégicos: Dependencia o relación con otros agentes (proveedores, clientes, colaboradores, entre otros) de las industrias culturales y creativas u otros sectores relevantes para la economía madrileña (educación, turismo, hostelería, etcétera): hasta 5 puntos.

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BOCM-20250423-28

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