C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250421-20)
Plan general de urbanismo – Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 81
Los objetivos de ordenación que se pretende alcanzar en cada ámbito son los siguientes:
— En el ámbito de Arcipreste de Hita, la Modificación Puntual mantiene la calificación
del suelo como suelo urbano consolidado. Se propone llevar a cabo una actuación
de transformación urbanística de dotación, al cambiar el uso actual industrial por
el uso residencial y aumentar la edificabilidad, que pasa de 1.852 metros cuadrados a 4.784 metros cuadrados. Asimismo, se prevé la cesión de 829 metros cuadrados destinados a zonas verdes y espacios libres.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo mediante un proyecto de obras
de urbanización y un proyecto de parcelación de iniciativa privada.
— En el ámbito de La Leontina, la Modificación Puntual mantiene la calificación del
suelo como suelo urbano no consolidado. Tiene como finalidad la realización de
una transformación urbanística de renovación de la urbanización, con la implantación de una manzana residencial y de uso terciario, con un incremento de la
superficie edificable respecto de la actual, que pasa de 4.203 metros cuadrados
a 6.240 metros cuadrados.
Se destinan 1.130 metros cuadrados a zona verde local, 810 metros cuadrados a
red viaria local y 60 metros cuadrados a red viaria general.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo a través del procedimiento de
compensación.
— En el ámbito Nortron, la Modificación Puntual sustituye la calificación del suelo,
pasando de suelo urbano consolidado a suelo urbano no consolidado, con el fin de
obtener un nuevo equipamiento público imprescindible, necesario debido al incremento de población que ha experimentado el municipio. Se prevé la implantación
de un equipamiento social de 9.044 metros cuadrados, con la creación de un nuevo vial de separación con la parcela residencia existente entre la calle Nicaragua
y la avenida de España y la ampliación de la alineación con la calle Costa Rica.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo a través del procedimiento de
expropiación.
Una vez obtenido el suelo, el Ayuntamiento de Majadahonda procederá a su urbanización completa y a su edificación, mediante la redacción del oportuno proyecto técnico de urbanización en lo referente a los viales definidos e implantación de
servicios, y de edificación en lo concerniente al suelo de equipamiento, todo ello
atendiendo al procedimiento que para ello se establece en la legislación aplicable
sobre contratación de las administraciones públicas.
a) Se incorporan tres nuevas fichas con determinaciones de ordenación y gestión,
correspondientes a los tres ámbitos delimitados: Ámbito de Actuación en Suelo
Urbano Consolidado AD-1 Arcipreste de Hita, Ámbito de Actuación en Suelo
Urbano No Consolidado AA-1 La Leontina y Ámbito de Actuación en Suelo Urbano No Consolidado AA-2 Nortron.
Las condiciones determinadas en las fichas se complementan con condiciones
particulares y las determinaciones de ordenación pormenorizadas de las Normas
Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, a las que remiten.
BOCM-20250421-20
La Modificación Puntual incorpora la ordenación pormenorizada completa de los tres
ámbitos de actuación, por lo que no es necesaria la aprobación posterior de un instrumento
de planeamiento.
La superficie total del ámbito de actuación de la Modificación Puntual es de 19.850
metros cuadrados de suelo urbano, inferior al 10 % de la superficie del término municipal
de Majadahonda (38,47 kilómetros cuadrados), por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la comunidad de Madrid,
no resulta preceptiva la formulación de Avance.
III. La tramitación de la Modificación Puntual se lleva a cabo a iniciativa del Ayuntamiento de Majadahonda, cuyo pleno la aprobó inicialmente con fecha 26 de mayo de 2022
y provisionalmente (en su versión definitiva) con fecha 19 de diciembre de 2024.
IV. La Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda, relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano
Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron conlleva los siguientes efectos en la documentación de dicho Plan General:
B.O.C.M. Núm. 93
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
Pág. 81
Los objetivos de ordenación que se pretende alcanzar en cada ámbito son los siguientes:
— En el ámbito de Arcipreste de Hita, la Modificación Puntual mantiene la calificación
del suelo como suelo urbano consolidado. Se propone llevar a cabo una actuación
de transformación urbanística de dotación, al cambiar el uso actual industrial por
el uso residencial y aumentar la edificabilidad, que pasa de 1.852 metros cuadrados a 4.784 metros cuadrados. Asimismo, se prevé la cesión de 829 metros cuadrados destinados a zonas verdes y espacios libres.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo mediante un proyecto de obras
de urbanización y un proyecto de parcelación de iniciativa privada.
— En el ámbito de La Leontina, la Modificación Puntual mantiene la calificación del
suelo como suelo urbano no consolidado. Tiene como finalidad la realización de
una transformación urbanística de renovación de la urbanización, con la implantación de una manzana residencial y de uso terciario, con un incremento de la
superficie edificable respecto de la actual, que pasa de 4.203 metros cuadrados
a 6.240 metros cuadrados.
Se destinan 1.130 metros cuadrados a zona verde local, 810 metros cuadrados a
red viaria local y 60 metros cuadrados a red viaria general.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo a través del procedimiento de
compensación.
— En el ámbito Nortron, la Modificación Puntual sustituye la calificación del suelo,
pasando de suelo urbano consolidado a suelo urbano no consolidado, con el fin de
obtener un nuevo equipamiento público imprescindible, necesario debido al incremento de población que ha experimentado el municipio. Se prevé la implantación
de un equipamiento social de 9.044 metros cuadrados, con la creación de un nuevo vial de separación con la parcela residencia existente entre la calle Nicaragua
y la avenida de España y la ampliación de la alineación con la calle Costa Rica.
La ejecución y gestión urbanística se llevará a cabo a través del procedimiento de
expropiación.
Una vez obtenido el suelo, el Ayuntamiento de Majadahonda procederá a su urbanización completa y a su edificación, mediante la redacción del oportuno proyecto técnico de urbanización en lo referente a los viales definidos e implantación de
servicios, y de edificación en lo concerniente al suelo de equipamiento, todo ello
atendiendo al procedimiento que para ello se establece en la legislación aplicable
sobre contratación de las administraciones públicas.
a) Se incorporan tres nuevas fichas con determinaciones de ordenación y gestión,
correspondientes a los tres ámbitos delimitados: Ámbito de Actuación en Suelo
Urbano Consolidado AD-1 Arcipreste de Hita, Ámbito de Actuación en Suelo
Urbano No Consolidado AA-1 La Leontina y Ámbito de Actuación en Suelo Urbano No Consolidado AA-2 Nortron.
Las condiciones determinadas en las fichas se complementan con condiciones
particulares y las determinaciones de ordenación pormenorizadas de las Normas
Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, a las que remiten.
BOCM-20250421-20
La Modificación Puntual incorpora la ordenación pormenorizada completa de los tres
ámbitos de actuación, por lo que no es necesaria la aprobación posterior de un instrumento
de planeamiento.
La superficie total del ámbito de actuación de la Modificación Puntual es de 19.850
metros cuadrados de suelo urbano, inferior al 10 % de la superficie del término municipal
de Majadahonda (38,47 kilómetros cuadrados), por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la comunidad de Madrid,
no resulta preceptiva la formulación de Avance.
III. La tramitación de la Modificación Puntual se lleva a cabo a iniciativa del Ayuntamiento de Majadahonda, cuyo pleno la aprobó inicialmente con fecha 26 de mayo de 2022
y provisionalmente (en su versión definitiva) con fecha 19 de diciembre de 2024.
IV. La Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda, relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano
Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron conlleva los siguientes efectos en la documentación de dicho Plan General: