C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250421-20)
Plan general de urbanismo – Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron
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BOCM
Pág. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 93
b) Se modifica lo siguiente:
— El artículo 139 bis (condiciones de protección ambiental) y el artículo 160
(uso dotacional) de las Normas Urbanísticas.
— Plano 2.2.2. Plano de Ordenación. Calificación y Regulación del Suelo
(hoja 19-3).
— Plano 2.2.3. Plano de Ordenación. Gestión del Suelo y Acciones (hoja 19-3).
— Plano 2.2.4. Plano de Ordenación. Alineaciones (hoja 19-3).
c) Se elimina la ficha AR-32 correspondiente a la Leontina que es sustituida por la
ficha AA-1.
V. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 24 de marzo de 2023 la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética (actual Dirección General de
Transición Energética y Economía Circular).
VI. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual del Plan General, con fecha 13 de marzo de 2025, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha emitido informe técnico y con fecha 20 de
marzo de 2025 informe jurídico, ambos favorables a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.
VII. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites
previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los planes generales y de sus modificaciones y revisiones en su
fase municipal.
VIII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de marzo de 2025,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 20 de marzo de 2025, informó favorablemente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los
ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron.
IX. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001,
de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia
que concurre en el presente supuesto.
X. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a
planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 27 de marzo de 2025, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 9
de abril de 2025,
Primero
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del
Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron.
BOCM-20250421-20
ACUERDA
Pág. 82
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 93
b) Se modifica lo siguiente:
— El artículo 139 bis (condiciones de protección ambiental) y el artículo 160
(uso dotacional) de las Normas Urbanísticas.
— Plano 2.2.2. Plano de Ordenación. Calificación y Regulación del Suelo
(hoja 19-3).
— Plano 2.2.3. Plano de Ordenación. Gestión del Suelo y Acciones (hoja 19-3).
— Plano 2.2.4. Plano de Ordenación. Alineaciones (hoja 19-3).
c) Se elimina la ficha AR-32 correspondiente a la Leontina que es sustituida por la
ficha AA-1.
V. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 24 de marzo de 2023 la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética (actual Dirección General de
Transición Energética y Economía Circular).
VI. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual del Plan General, con fecha 13 de marzo de 2025, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha emitido informe técnico y con fecha 20 de
marzo de 2025 informe jurídico, ambos favorables a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.
VII. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites
previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los planes generales y de sus modificaciones y revisiones en su
fase municipal.
VIII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de marzo de 2025,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 20 de marzo de 2025, informó favorablemente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los
ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron.
IX. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001,
de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de
Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia
que concurre en el presente supuesto.
X. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a
planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 27 de marzo de 2025, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 9
de abril de 2025,
Primero
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual con ordenación pormenorizada del
Plan General de Ordenación Urbana de Majadahonda relativa a la ordenación de los ámbitos de suelo urbano Arcipreste de Hita, La Leontina y Nortron.
BOCM-20250421-20
ACUERDA