D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250419-8)
Convenio – Publicación del convenio-subvención de 20 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación José María de Llanos, para el desarrollo del programa de cooperación territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) en el marco del Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
h) Declaración responsable de no estar incursos en alguna de las circunstancias recogidas en la Ley Estatal 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
j) Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) firmado por la Dirección
del centro.
k) Declaración responsable de la no existencia de doble financiación del gasto con
otros regímenes comunitarios o nacionales, así como con otros períodos de programación del Fondo Social Europeo.
2. El centro deberá presentar, en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la firma de
los contratos de colaboración con empresas y/o profesionales contratados para la realización de las actividades, a lo largo del período subvencionable:
a) Informe justificativo para la contratación de personal (parte privada del centro).
Anexo I.
b) Informe justificativo de las contrataciones para la prestación de un servicio por
empresas/ profesionales externos. Anexo II.
c) Declaración responsable del cumplimiento de normativa vigente, en el ámbito laboral. Anexo III.
d) Información sobre el tratamiento de datos personales. Anexo IV.
3. El centro beneficiario se obliga a cumplir los siguientes compromisos:
a) Aplicar los principios pedagógicos PROA+FSE+ (LOMLOE).
b) Aplicar, explicitar y desarrollar los principios pedagógicos del programa
PROA+FSE+, tomando como modelo la escuela inclusiva.
c) Desarrollar el Plan Estratégico de Mejora (PEM) del centro en el marco de su Proyecto Educativo, y su concreción en cada curso del Plan de Actividades Palanca
(PAP) que puede variar en los diferentes cursos, como resultado del proceso de
evaluación de su aplicación. Se establecerán estimaciones/ponderaciones para los
objetivos singulares de centro y comunes PROA+FSE+ en el período asignado.
d) Rediseñar el Plan Estratégico de Mejora 2024/28, según el calendario que se establezca, y el Plan de Actividades Palanca 2025/26 durante el curso 2024/25.
Los centros asignados al itinerario A, según Resolución de 24 de noviembre de 2021,
de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por
la que se aprueban los proyectos autorizados y excluidos definitivos convocados
por Resolución de 27 de septiembre de 2021, para la participación de centros privados concertados que imparten 2.o ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional básica, Formación
Profesional de grado medio y/o Bachillerato, financiados por el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en
centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) y por fondos del
Mecanismo europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), componente 21, con
Plan Estratégico de Mejora, durante el curso 2024/25, además de reelaborar el plan,
aplicarán el Plan de Actividades Palanca establecido en el proceso de Rendición de
Cuentas 2023/24. Los centros asignados a los itinerarios B y C, en la citada resolución, elaborarán su Plan de Actividades Palanca para el curso 2024/25 en base a su
Plan Estratégico y a su proceso de Rendición de Cuentas 2023/24.
e) Incluir como Actividades Palanca, las prescriptivas para todos los centros
PROA+FSE+:
— A101 Evaluación de Barreras.
— Una, a elegir, entre la A230, A234 o A260, referentes al refuerzo educativo.
— A305 Miradas emocionales para mejorar el aprendizaje.
En todos los casos, se aplicarán Actividades Palanca para mejorar las competencias comunicativa y matemática si así se estableciera. Todas las actividades palanca deberán atenerse a los principios pedagógicos PROA+FSE+.
Pág. 135
BOCM-20250419-8
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
h) Declaración responsable de no estar incursos en alguna de las circunstancias recogidas en la Ley Estatal 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, y
en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con el artículo 25 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
j) Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) firmado por la Dirección
del centro.
k) Declaración responsable de la no existencia de doble financiación del gasto con
otros regímenes comunitarios o nacionales, así como con otros períodos de programación del Fondo Social Europeo.
2. El centro deberá presentar, en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la firma de
los contratos de colaboración con empresas y/o profesionales contratados para la realización de las actividades, a lo largo del período subvencionable:
a) Informe justificativo para la contratación de personal (parte privada del centro).
Anexo I.
b) Informe justificativo de las contrataciones para la prestación de un servicio por
empresas/ profesionales externos. Anexo II.
c) Declaración responsable del cumplimiento de normativa vigente, en el ámbito laboral. Anexo III.
d) Información sobre el tratamiento de datos personales. Anexo IV.
3. El centro beneficiario se obliga a cumplir los siguientes compromisos:
a) Aplicar los principios pedagógicos PROA+FSE+ (LOMLOE).
b) Aplicar, explicitar y desarrollar los principios pedagógicos del programa
PROA+FSE+, tomando como modelo la escuela inclusiva.
c) Desarrollar el Plan Estratégico de Mejora (PEM) del centro en el marco de su Proyecto Educativo, y su concreción en cada curso del Plan de Actividades Palanca
(PAP) que puede variar en los diferentes cursos, como resultado del proceso de
evaluación de su aplicación. Se establecerán estimaciones/ponderaciones para los
objetivos singulares de centro y comunes PROA+FSE+ en el período asignado.
d) Rediseñar el Plan Estratégico de Mejora 2024/28, según el calendario que se establezca, y el Plan de Actividades Palanca 2025/26 durante el curso 2024/25.
Los centros asignados al itinerario A, según Resolución de 24 de noviembre de 2021,
de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, por
la que se aprueban los proyectos autorizados y excluidos definitivos convocados
por Resolución de 27 de septiembre de 2021, para la participación de centros privados concertados que imparten 2.o ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional básica, Formación
Profesional de grado medio y/o Bachillerato, financiados por el Programa de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en
centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+) y por fondos del
Mecanismo europeo de Recuperación y Resiliencia (MRR), componente 21, con
Plan Estratégico de Mejora, durante el curso 2024/25, además de reelaborar el plan,
aplicarán el Plan de Actividades Palanca establecido en el proceso de Rendición de
Cuentas 2023/24. Los centros asignados a los itinerarios B y C, en la citada resolución, elaborarán su Plan de Actividades Palanca para el curso 2024/25 en base a su
Plan Estratégico y a su proceso de Rendición de Cuentas 2023/24.
e) Incluir como Actividades Palanca, las prescriptivas para todos los centros
PROA+FSE+:
— A101 Evaluación de Barreras.
— Una, a elegir, entre la A230, A234 o A260, referentes al refuerzo educativo.
— A305 Miradas emocionales para mejorar el aprendizaje.
En todos los casos, se aplicarán Actividades Palanca para mejorar las competencias comunicativa y matemática si así se estableciera. Todas las actividades palanca deberán atenerse a los principios pedagógicos PROA+FSE+.
Pág. 135
BOCM-20250419-8
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