D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250419-14)
Convenio – Convenio de colaboración de 26 de marzo de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid para la organización de conciertos de música y talleres de percusión en varios centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
Pág. 209
— El transporte de los profesionales y del equipamiento necesario para el desarrollo
de las actividades, y la carga y descarga de materiales e instrumentos.
— La Fundación ORCAM utilizará los escenarios, dotaciones de infraestructuras y
equipos de sonido e iluminación de los centros, eximiendo a éstos de los gastos
correspondientes al alquiler, montaje y desmontaje de otros equipos o materiales.
— La Fundación ORCAM se obliga a hacer un uso adecuado de las instalaciones debiendo devolverlas en el estado que las recibe.
— La Fundación ORCAM mantendrá durante la vigencia del presente convenio un
seguro de responsabilidad civil que garantice las indemnizaciones que se pudiesen generar como consecuencia de las actividades que requiera el desarrollo del
programa.
2. Obligaciones de la Agencia Madrileña de Atención Social, en coordinación con la
Fundación ORCAM:
— La Agencia pondrá a disposición de la Fundación ORCAM para la ejecución de
este convenio los espacios y el equipamiento necesarios y en óptimas condiciones
de uso.
Para poder llevar a cabo los conciertos de música será necesaria una sala lo suficientemente amplia para acoger a los asistentes (80-150 personas). Las necesidades de los talleres de percusión serán una sala con equipo de música y sillas para
todos los participantes. En estos talleres se utilizarán diferentes objetos para la
percusión, como cubiertos de madera (cuchara, espátula, tenedor, etc.) y otros artículos (cubo de plástico o barreño, caja de madera o cartón, maceta de plástico,
botella grande de plástico, etc.) que serán aportados por el centro o la Fundación
ORCAM según las necesidades específicas de los talleres a desarrollar.
— La AMAS se hará cargo del mantenimiento ordinario de las instalaciones, de los
daños que pudieran ocasionarse y de supervisar las actividades realizadas con el
fin de conseguir el óptimo desarrollo del proyecto.
— La comunicación y publicidad de los conciertos que se organicen.
— La Agencia Madrileña de Atención Social facilitará el personal y materiales propios necesarios para el mejor desarrollo de las actividades objeto de este convenio.
Condiciones todas ellas acordes al ordenamiento jurídico, a los principios de buena
administración y al interés público.
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo
con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
La Fundación ORCAM y la AMAS mantendrán estrecho contacto para el buen desarrollo de la colaboración, se consultarán, acordarán aquellos aspectos de forma que satisfaga a ambos y se comprometen a buscar la resolución de cualquier conflicto o incidencia que
pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente acuerdo de manera amistosa.
En caso de discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo entre las partes, se buscará en primer término una solución de común acuerdo en el seno de la comisión de seguimiento definida en la
cláusula séptima.
Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones de litigio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de Madrid.
La existencia de este convenio en ningún caso supone relación laboral entre la Fundación ORCAM, sus voluntarios o su personal, y la AMAS. Dicho personal dependerá exclusivamente de la Fundación, por cuanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes
con el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social e
higiene en el trabajo, sin que la AMAS asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto.
Ámbito territorial
El ámbito territorial de las actuaciones objeto del convenio es la Comunidad de Madrid.
Cláusula sexta
Financiación
Para el desarrollo y ejecución del presente convenio de colaboración, la Agencia
Madrileña de Atención Social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
BOCM-20250419-14
Cláusula quinta
B.O.C.M. Núm. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025
Pág. 209
— El transporte de los profesionales y del equipamiento necesario para el desarrollo
de las actividades, y la carga y descarga de materiales e instrumentos.
— La Fundación ORCAM utilizará los escenarios, dotaciones de infraestructuras y
equipos de sonido e iluminación de los centros, eximiendo a éstos de los gastos
correspondientes al alquiler, montaje y desmontaje de otros equipos o materiales.
— La Fundación ORCAM se obliga a hacer un uso adecuado de las instalaciones debiendo devolverlas en el estado que las recibe.
— La Fundación ORCAM mantendrá durante la vigencia del presente convenio un
seguro de responsabilidad civil que garantice las indemnizaciones que se pudiesen generar como consecuencia de las actividades que requiera el desarrollo del
programa.
2. Obligaciones de la Agencia Madrileña de Atención Social, en coordinación con la
Fundación ORCAM:
— La Agencia pondrá a disposición de la Fundación ORCAM para la ejecución de
este convenio los espacios y el equipamiento necesarios y en óptimas condiciones
de uso.
Para poder llevar a cabo los conciertos de música será necesaria una sala lo suficientemente amplia para acoger a los asistentes (80-150 personas). Las necesidades de los talleres de percusión serán una sala con equipo de música y sillas para
todos los participantes. En estos talleres se utilizarán diferentes objetos para la
percusión, como cubiertos de madera (cuchara, espátula, tenedor, etc.) y otros artículos (cubo de plástico o barreño, caja de madera o cartón, maceta de plástico,
botella grande de plástico, etc.) que serán aportados por el centro o la Fundación
ORCAM según las necesidades específicas de los talleres a desarrollar.
— La AMAS se hará cargo del mantenimiento ordinario de las instalaciones, de los
daños que pudieran ocasionarse y de supervisar las actividades realizadas con el
fin de conseguir el óptimo desarrollo del proyecto.
— La comunicación y publicidad de los conciertos que se organicen.
— La Agencia Madrileña de Atención Social facilitará el personal y materiales propios necesarios para el mejor desarrollo de las actividades objeto de este convenio.
Condiciones todas ellas acordes al ordenamiento jurídico, a los principios de buena
administración y al interés público.
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de acuerdo
con los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
La Fundación ORCAM y la AMAS mantendrán estrecho contacto para el buen desarrollo de la colaboración, se consultarán, acordarán aquellos aspectos de forma que satisfaga a ambos y se comprometen a buscar la resolución de cualquier conflicto o incidencia que
pudiera surgir en la interpretación o ejecución del presente acuerdo de manera amistosa.
En caso de discrepancia, litigio o conflicto sobre interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos del presente acuerdo entre las partes, se buscará en primer término una solución de común acuerdo en el seno de la comisión de seguimiento definida en la
cláusula séptima.
Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones de litigio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de Madrid.
La existencia de este convenio en ningún caso supone relación laboral entre la Fundación ORCAM, sus voluntarios o su personal, y la AMAS. Dicho personal dependerá exclusivamente de la Fundación, por cuanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes
con el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social e
higiene en el trabajo, sin que la AMAS asuma ningún tipo de responsabilidad al respecto.
Ámbito territorial
El ámbito territorial de las actuaciones objeto del convenio es la Comunidad de Madrid.
Cláusula sexta
Financiación
Para el desarrollo y ejecución del presente convenio de colaboración, la Agencia
Madrileña de Atención Social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
BOCM-20250419-14
Cláusula quinta