Griñón (BOCM-20250411-70)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 512

VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025



B.O.C.M. Núm. 86

Consideraciones previas.

1. Todas las actuaciones que afecten a vía pública deberán contar con el título habilitante
preceptivo en cada caso.
2. El permiso de ocupación de la vía pública se otorgará siempre dentro del plazo que
establezca el título habilitante y se tramitará como declaración responsable.
3. Las obras dentro del ámbito de aplicación de esta ordenanza, deberán señalizarse y
protegerse de manera conveniente. En cualquier caso deberán garantizarse la seguridad
física de las personas usuarias del espacio público y el mantenimiento, en todo momento,
de las condiciones de accesibilidad del ámbito afectado por las obras.
4. Se seguirán las prescripciones contempladas en la Normas Urbanísticas que forman parte
del Planeamiento de Griñón o cualquier otra Normativa vigente, en todo aquello que no
contradiga a la Normativa de mayor rango y prevalencia.
5. El peticionario de la ocupación viene obligado y es responsable del mantenimiento y buena
visibilidad de la señalización vertical existente en la calle y que quede afectada por la zona
de obra, debiendo comunicar a los servicios de la concejalía de Seguridad Ciudadana así
como a la concejalía de Urbanismo, de las posibles modificaciones necesarias.
6. Independientemente del tipo de ocupación o de vía en que ésta se realice, será obligatorio,
que el interesado presente la declaración responsable de ocupación del espacio público en
el Registro de Entrada del Ayuntamiento, con siete días de antelación a la ocupación a
realizar. En ningún caso podrá realizarse obra alguna que suponga una afección al tráfico
rodado sin previamente haber hecho la oportuna declaración responsable, estando sujeta
al pago de la correspondiente tasa. Incluso en los casos más urgentes, se comunicará al
Ayuntamiento igualmente con la mayor antelación posible.

Señalización, balizamiento y protección de obras que afecten a la vía
pública: Características generales.
1. La instalación de la señalización deberá ejecutarse conforme a lo dispuesto en el vigente
Código de Circulación, las Instrucciones de la Dirección General de Tráfico y la Ordenanza
Municipal Reguladora del Tráfico y Circulación de Griñón, no sólo del ámbito de la obra,
sino también de aquellos lugares afectados directa o indirectamente por las obras o trabajos
que se realicen. Debiendo cumplir como mínimo, según lo establecido en el art. 77 de la
Ordenanza Municipal Reguladora del Tráfico y Circulación de Griñón:
a) Señalizar reglamentariamente de acuerdo a lo previsto en el catálogo oficial de
señales y legislación vigente. Dichas señales deberán instalarse en postes, trípodes,
vallas o cualquier otro elemento que permita su visibilidad por los conductores de
los vehículos.
Se precisará señalización luminosa en los supuestos de cortes de calles nocturnos
o cuando la visibilidad de la vía se vea reducida por condiciones medioambientales
u otras causas.
b) Dicho corte deberá comunicarse con antelación suficiente a su realización a los
agentes encargados de la vigilancia del tráfico, debiendo atender sus indicaciones o
solicitar, de estos, el asesoramiento en cuanto a la señalización necesaria y
oportuna.
c) Cuidar del estado, limpieza, mantenimiento y conservación de las señales,
reponiéndolas, con la máxima urgencia en caso de que éstas hayan perdido su
significado, visibilidad o correcta ubicación.

e) Tener, en vigor, a disposición de los agentes encargados de la vigilancia del
tráfico, póliza de seguros de cobertura de responsabilidad civil que garantice los
posibles daños ocasionados a personas y bienes.
2. En función de las circunstancias que concurran en la obra se podrá señalizar
horizontalmente con marcas de color amarillo o naranja captafaros, las alteraciones que se
produzcan sobre la situación normal de la vía.
3. El recinto de la obra deberá estar completamente cerrado al paso de personas y vehículos
ajenos a la misma de forma permanente, mediante un vallado estable y continuo, en

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d) Adoptar las medidas oportunas para garantizar la seguridad de los peatones y de
los vehículos, acotando la zona de influencia de los trabajos a realizar.