Aranjuez (BOCM-20250411-57)
Organización y funcionamiento. Ordenanza colonias felinas
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
Pág. 443
comederos y bebederos, que deberán colocarse escondidos en áreas poco visibles para
favorecer la buena aceptación del proyecto.
7. Supervisar el estado de los animales, detectar animales enfermos o nuevos, así como
camadas, y comunicar cualquiera de estas incidencias a la asociación responsable de la
colonia a la mayor brevedad posible.
8. Las ausencias temporales de los alimentadores/as serán comunicadas a la asociación para
buscar un sustituto/a que realice esa función. Puntualmente el ayuntamiento podrá emitir
un carnet de voluntario/a temporal.
9. Tratar con respeto al público, a otros voluntarios/as, entidades colaboradoras, funcionarios
y profesionales que trabajan en el proyecto CER.
10. Comunicar el cese del voluntariado por escrito al Ayuntamiento como mínimo con diez días
de antelación.
Artículo 9.
Deberes y obligaciones de los capturadores/as
1. Portar acreditación, durante la realización de sus labores, para presentar siempre que les
sea requerido por la autoridad.
2. Solicitar las capturas y sueltas controladas previamente planificadas.
3. Portar permisos para la captura y suelta autorizadas.
4. Capturar los animales de las colonias que indique el coordinador responsable municipal,
bien para su esterilización o bien para trasladarlos al hospital.
5. Los gatos capturados se trasladarán en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca
para evitar mayor estrés de los animales.
6. Vigilar el estado de salud del animal durante el posoperatorio; en caso de observar alguna
anomalía deberá comunicarlo al responsable coordinador municipal.
7. Desinfectar las jaulas entre captura y captura para evitar diseminar enfermedades.
8. Las ausencias temporales de los capturadores/as serán comunicadas a su asociación para
buscar un sustituto que realice esa función.
9. Tratar con respeto al público, a otros voluntarios/as, entidades colaboradoras, funcionarios
y profesionales que trabajan en el proyecto CER.
10. Comunicar el cese del voluntariado por escrito al Ayuntamiento como mínimo con diez días
de antelación.
Revocación de autorizaciones de los/as voluntarios/as gestores/as del programa
1. Las autorizaciones para la gestión y/o alimentación y/o de colonias felinas podrán ser
revocadas en caso de producirse incumplimientos reiterados en las funciones asignadas
especificadas en los artículos 8 y 9
BOCM-20250411-57
Artículo 10.
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Pág. 443
comederos y bebederos, que deberán colocarse escondidos en áreas poco visibles para
favorecer la buena aceptación del proyecto.
7. Supervisar el estado de los animales, detectar animales enfermos o nuevos, así como
camadas, y comunicar cualquiera de estas incidencias a la asociación responsable de la
colonia a la mayor brevedad posible.
8. Las ausencias temporales de los alimentadores/as serán comunicadas a la asociación para
buscar un sustituto/a que realice esa función. Puntualmente el ayuntamiento podrá emitir
un carnet de voluntario/a temporal.
9. Tratar con respeto al público, a otros voluntarios/as, entidades colaboradoras, funcionarios
y profesionales que trabajan en el proyecto CER.
10. Comunicar el cese del voluntariado por escrito al Ayuntamiento como mínimo con diez días
de antelación.
Artículo 9.
Deberes y obligaciones de los capturadores/as
1. Portar acreditación, durante la realización de sus labores, para presentar siempre que les
sea requerido por la autoridad.
2. Solicitar las capturas y sueltas controladas previamente planificadas.
3. Portar permisos para la captura y suelta autorizadas.
4. Capturar los animales de las colonias que indique el coordinador responsable municipal,
bien para su esterilización o bien para trasladarlos al hospital.
5. Los gatos capturados se trasladarán en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca
para evitar mayor estrés de los animales.
6. Vigilar el estado de salud del animal durante el posoperatorio; en caso de observar alguna
anomalía deberá comunicarlo al responsable coordinador municipal.
7. Desinfectar las jaulas entre captura y captura para evitar diseminar enfermedades.
8. Las ausencias temporales de los capturadores/as serán comunicadas a su asociación para
buscar un sustituto que realice esa función.
9. Tratar con respeto al público, a otros voluntarios/as, entidades colaboradoras, funcionarios
y profesionales que trabajan en el proyecto CER.
10. Comunicar el cese del voluntariado por escrito al Ayuntamiento como mínimo con diez días
de antelación.
Revocación de autorizaciones de los/as voluntarios/as gestores/as del programa
1. Las autorizaciones para la gestión y/o alimentación y/o de colonias felinas podrán ser
revocadas en caso de producirse incumplimientos reiterados en las funciones asignadas
especificadas en los artículos 8 y 9
BOCM-20250411-57
Artículo 10.