Becerril de la Sierra (BOCM-20250411-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
Pág. 457
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior, excepto para los títulos máster,
que sumarán de manera complementaria
3º) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros en
los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una
puntuación máxima de 0,40 puntos:
a) Nivel C2: 0,40 puntos.
b) Nivel C1: 0,30 puntos.
c) Nivel B2: 0,20 puntos.
d) Nivel B1: 0,10 puntos
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuaran
los niveles superiores al exigido.
4º) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por
universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de
Educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes
planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas
en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico
del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid y
acreditados mediante diplomas, título o certificados expedidos por dichos organismos:
a) Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
b) Cursos en lo que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de
horas lectivas realizadas.
El Tribunal Calificador podrá, si lo considera oportuno, solicitar aclaración a los aspirantes para
verificar los méritos alegados por éstos.
En todo caso, el cómputo temporal de los méritos que se aleguen estará referido siempre, como
máximo, al día de finalización del plazo para presentar las instancias de participación en este
proceso.
No serán tenidos en cuenta los méritos no justificados adecuadamente.
Una vez realizada esta comprobación el Tribunal publicará la lista con las puntuaciones ordenada
de mayor a menor.
Contra las calificaciones obtenidas podrán presentarse alegaciones en un plazo de tres días
hábiles.
DÉCIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y EMPATES DE PUNTUACIÓN DE LA FASE DE
CONCURSO-OPOSICIÓN.
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma entre la
puntuación obtenida en la fase de oposición más la puntuación obtenida en la fase de concurso. El
orden de colocación de cada aspirante en la lista definitiva de personas aprobadas en el concurso
oposición, se establecerá de mayor a menor puntuación.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición y una vez sumada la nota obtenida en los mismos a la
puntuación obtenida en el concurso, obtengan las puntuaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de las plazas convocadas, sin que pueda considerarse que han superado el
concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, quienes no
figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.
BOCM-20250411-58
En caso de empate éste se dirimirá, atendiendo a los siguientes criterios: en primer lugar,
atendiendo a la mejor puntuación obtenida en las pruebas culturales; en segundo lugar, a la
puntuación obtenida en las pruebas físicas y en último término, a la puntuación obtenida en la fase
de concurso. En caso de persistir el empate, este se solventará por sorteo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
Pág. 457
En caso de presentación de varias titulaciones, cuando alguna de ellas sea necesaria para obtener
otra o quede subsumida en la misma, solo se valorará la superior, excepto para los títulos máster,
que sumarán de manera complementaria
3º) Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros en
los correspondientes niveles, conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una
puntuación máxima de 0,40 puntos:
a) Nivel C2: 0,40 puntos.
b) Nivel C1: 0,30 puntos.
c) Nivel B2: 0,20 puntos.
d) Nivel B1: 0,10 puntos
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente se puntuará
el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuaran
los niveles superiores al exigido.
4º) Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por
universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de
Educación, por administraciones públicas u organizaciones sindicales acogidas a los diferentes
planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas
en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico
del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid y
acreditados mediante diplomas, título o certificados expedidos por dichos organismos:
a) Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
b) Cursos en lo que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número de
horas lectivas realizadas.
El Tribunal Calificador podrá, si lo considera oportuno, solicitar aclaración a los aspirantes para
verificar los méritos alegados por éstos.
En todo caso, el cómputo temporal de los méritos que se aleguen estará referido siempre, como
máximo, al día de finalización del plazo para presentar las instancias de participación en este
proceso.
No serán tenidos en cuenta los méritos no justificados adecuadamente.
Una vez realizada esta comprobación el Tribunal publicará la lista con las puntuaciones ordenada
de mayor a menor.
Contra las calificaciones obtenidas podrán presentarse alegaciones en un plazo de tres días
hábiles.
DÉCIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y EMPATES DE PUNTUACIÓN DE LA FASE DE
CONCURSO-OPOSICIÓN.
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma entre la
puntuación obtenida en la fase de oposición más la puntuación obtenida en la fase de concurso. El
orden de colocación de cada aspirante en la lista definitiva de personas aprobadas en el concurso
oposición, se establecerá de mayor a menor puntuación.
Superarán la fase de concurso-oposición quienes habiendo aprobado todos y cada uno de los
ejercicios de la fase de oposición y una vez sumada la nota obtenida en los mismos a la
puntuación obtenida en el concurso, obtengan las puntuaciones más altas hasta alcanzar como
máximo el total de las plazas convocadas, sin que pueda considerarse que han superado el
concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, quienes no
figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.
BOCM-20250411-58
En caso de empate éste se dirimirá, atendiendo a los siguientes criterios: en primer lugar,
atendiendo a la mejor puntuación obtenida en las pruebas culturales; en segundo lugar, a la
puntuación obtenida en las pruebas físicas y en último término, a la puntuación obtenida en la fase
de concurso. En caso de persistir el empate, este se solventará por sorteo.