Becerril de la Sierra (BOCM-20250411-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 86
UNDÉCIMA. RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
11.1. Personas aprobadas: Finalizados la oposición y el concurso, el Tribunal publicará en el
Tablón de Anuncios y Edictos electrónico y en la web municipal la relación de personas aprobadas
por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de las notas parciales de todas y cada una
de las fases del proceso selectivo. Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la
relación expresada al órgano municipal competente.
El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo
anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
11.2. Renuncias: No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento
de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura
de las mismas, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas o cuando
de la documentación aportada por aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos
antes de su nombramiento o toma de posesión, el Tribunal Calificador podrá aprobar la relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento
como funcionarias o funcionarios en prácticas.
11.3. Documentos exigibles: En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a
aquel en que se hiciese pública la lista definitiva de personas aprobadas en el Tablón de Anuncios
y Edictos electrónico y en la página web del Ayuntamiento, las personas aspirantes propuestas
aportarán los documentos que a continuación se relacionan siempre que no se hubiere permitido
su consulta en la presentación de la solicitud del proceso selectivo
1. Declaración responsable o promesa de no haber sido separado o separada del servicio de
cualquier Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado mediante ejemplar normalizado que será entregado por el
Departamento de Recursos Humanos
2. Anexo IV. Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos en la Ley.
3. Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades,
mediante ejemplar normalizado que será entregado por el Departamento de Recursos Humanos.
4. Certificado expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de antecedentes
penales. Este certificado deberá estar expedido dentro de los tres meses anteriores al de la fecha
que finalice el plazo de presentación de documentos.
5. Fotocopia del permiso de conducir de la clase B. (que deberá presentarse acompañada de su
original para su compulsa). El requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B podrá
acreditarse por las personas aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación
6. Certificación expedida por el Registro Central de delincuentes sexuales de no haber sido
condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual conforme a
lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica
del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este
certificado deberá de estar expedido como máximo dentro de los 3 meses anteriores al día en que
finalice el plazo de presentación de documentos.
11.4. Falta de presentación de documentos: Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que
carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as
funcionarios/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
DECIMO SEGUNDA. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS DE LA
CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
BECERRIL DE LA SIERRA.
Las personas aspirantes, conforme a la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y del
concurso, en número no superior al de plazas convocadas, serán nombradas funcionarios/as en
prácticas, una vez cumplimentados los pertinentes requisitos formales.
BOCM-20250411-58
Pág. 458
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 86
UNDÉCIMA. RELACIÓN DE PERSONAS APROBADAS Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
11.1. Personas aprobadas: Finalizados la oposición y el concurso, el Tribunal publicará en el
Tablón de Anuncios y Edictos electrónico y en la web municipal la relación de personas aprobadas
por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de las notas parciales de todas y cada una
de las fases del proceso selectivo. Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la
relación expresada al órgano municipal competente.
El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo
anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
11.2. Renuncias: No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento
de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura
de las mismas, cuando se produzcan renuncias de personas aspirantes seleccionadas o cuando
de la documentación aportada por aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos
antes de su nombramiento o toma de posesión, el Tribunal Calificador podrá aprobar la relación
complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento
como funcionarias o funcionarios en prácticas.
11.3. Documentos exigibles: En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a
aquel en que se hiciese pública la lista definitiva de personas aprobadas en el Tablón de Anuncios
y Edictos electrónico y en la página web del Ayuntamiento, las personas aspirantes propuestas
aportarán los documentos que a continuación se relacionan siempre que no se hubiere permitido
su consulta en la presentación de la solicitud del proceso selectivo
1. Declaración responsable o promesa de no haber sido separado o separada del servicio de
cualquier Administración Pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o
cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para
ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado mediante ejemplar normalizado que será entregado por el
Departamento de Recursos Humanos
2. Anexo IV. Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos
previstos en la Ley.
3. Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades,
mediante ejemplar normalizado que será entregado por el Departamento de Recursos Humanos.
4. Certificado expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes de carecer de antecedentes
penales. Este certificado deberá estar expedido dentro de los tres meses anteriores al de la fecha
que finalice el plazo de presentación de documentos.
5. Fotocopia del permiso de conducir de la clase B. (que deberá presentarse acompañada de su
original para su compulsa). El requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B podrá
acreditarse por las personas aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación
6. Certificación expedida por el Registro Central de delincuentes sexuales de no haber sido
condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual conforme a
lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica
del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este
certificado deberá de estar expedido como máximo dentro de los 3 meses anteriores al día en que
finalice el plazo de presentación de documentos.
11.4. Falta de presentación de documentos: Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que
carece de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as
funcionarios/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
DECIMO SEGUNDA. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS DE LA
CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE
BECERRIL DE LA SIERRA.
Las personas aspirantes, conforme a la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y del
concurso, en número no superior al de plazas convocadas, serán nombradas funcionarios/as en
prácticas, una vez cumplimentados los pertinentes requisitos formales.
BOCM-20250411-58
Pág. 458
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