Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250408-105)
Urbanismo. Estatutos Junta Compensación
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 83
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 487
Base undécima. Distribución de beneficios y pérdidas
Balance económico
En la memoria y cuentas de cada ejercicio económico, cuya formulación anual compete al Consejo
Rector para su aprobación ulterior por la Asamblea General, deberá contenerse el balance
económico correspondiente a la actuación de la Junta de Compensación, en el período a que se
refieran los documentos contables, a los efectos de la distribución de beneficios y pérdidas.
La Asamblea General podrá acordar transferir al ejercicio económico siguiente tales resultados, o
bien distribuir entre los miembros de la Junta de Compensación los beneficios obtenidos o imputarles
las pérdidas producidas; señalando en este último supuesto la forma y cuantía de pago de las cuotas
extraordinarias.
Liquidación de la Junta de Compensación
Llegado el momento de la disolución de la Junta de Compensación, se procederá a la distribución
entre los miembros de aquélla, en proporción a sus cuotas de participación, del patrimonio común,
si lo hubiere.
En el supuesto de que en tal momento existieren obligaciones pendientes de cumplimiento deberá
procederse a su cancelación o afianzamiento antes de que el órgano competente del Ayuntamiento
de Pozuelo apruebe la disolución de la Junta de Compensación.
Base duodécima. Compensaciones en metálico
Supuestos
El Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución determinará las compensaciones en
metálico que resulten procedentes por diferencias de adjudicación en la distribución del
aprovechamiento urbanístico.
Dichas compensaciones podrán tener signo positivo o negativo, en función del carácter acreedor o
deudor de los saldos provisionales.
Cuantía
La cuantía de las compensaciones en metálico sustitutivas que procedan por diferencias de
adjudicación se fijará atendiendo el valor medio de las parcelas resultantes, deducidos los costes de
urbanización, tanto los abonados, como los pendientes de ejecutar y liquidar.
BOCM-20250408-105
En los saldos provisionales de la carga de financiación del proyecto de reparcelación citado se
incluirán las indemnizaciones que correspondan a las diferencias de adjudicación que se produzcan,
tanto por defecto como por exceso, y cualquiera que sea su cuantía.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 83
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 487
Base undécima. Distribución de beneficios y pérdidas
Balance económico
En la memoria y cuentas de cada ejercicio económico, cuya formulación anual compete al Consejo
Rector para su aprobación ulterior por la Asamblea General, deberá contenerse el balance
económico correspondiente a la actuación de la Junta de Compensación, en el período a que se
refieran los documentos contables, a los efectos de la distribución de beneficios y pérdidas.
La Asamblea General podrá acordar transferir al ejercicio económico siguiente tales resultados, o
bien distribuir entre los miembros de la Junta de Compensación los beneficios obtenidos o imputarles
las pérdidas producidas; señalando en este último supuesto la forma y cuantía de pago de las cuotas
extraordinarias.
Liquidación de la Junta de Compensación
Llegado el momento de la disolución de la Junta de Compensación, se procederá a la distribución
entre los miembros de aquélla, en proporción a sus cuotas de participación, del patrimonio común,
si lo hubiere.
En el supuesto de que en tal momento existieren obligaciones pendientes de cumplimiento deberá
procederse a su cancelación o afianzamiento antes de que el órgano competente del Ayuntamiento
de Pozuelo apruebe la disolución de la Junta de Compensación.
Base duodécima. Compensaciones en metálico
Supuestos
El Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución determinará las compensaciones en
metálico que resulten procedentes por diferencias de adjudicación en la distribución del
aprovechamiento urbanístico.
Dichas compensaciones podrán tener signo positivo o negativo, en función del carácter acreedor o
deudor de los saldos provisionales.
Cuantía
La cuantía de las compensaciones en metálico sustitutivas que procedan por diferencias de
adjudicación se fijará atendiendo el valor medio de las parcelas resultantes, deducidos los costes de
urbanización, tanto los abonados, como los pendientes de ejecutar y liquidar.
BOCM-20250408-105
En los saldos provisionales de la carga de financiación del proyecto de reparcelación citado se
incluirán las indemnizaciones que correspondan a las diferencias de adjudicación que se produzcan,
tanto por defecto como por exceso, y cualquiera que sea su cuantía.