Coslada (BOCM-20250408-87)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 401
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de
presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén
debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de
documentos siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales
correspondientes en el momento de la presentación de la instancia para participar en el proceso
selectivo o en cualquier momento que le fuese solicitado. En lo referido a la antigüedad, la fecha fin
de instancias será la que se dé por válida para el cómputo y asimismo y de igual forma respecto a
los conocimientos de interés profesional la fecha de expedición de los títulos valorables será
siempre anterior a la de fin de instancias.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por la aplicación del baremo de méritos establecidos en el Anexo III, de las presentes
bases.
El Tribunal, a la vista de los méritos expuestos en el currículo que sean puntuables, podrá solicitar
aclaración a los aspirantes para verificar los méritos alegados por éstos.
3.2. Fase de Curso selectivo de formación.
Será requisito indispensable superar un curso específico en el Instituto de Formación Integral en
Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid con una carga lectiva de 300 horas o su
equivalente en créditos ECTS.
4. Solicitudes.
4.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán solicitarlo
cumplimentando el impreso habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Coslada. Será facilitado
gratuitamente en las dependencias del Ayuntamiento de Coslada. Asimismo, podrá obtenerse a
través de la página web www.coslada.es.
La presentación de la instancia por cada persona aspirante supondrá la aceptación de la normativa
reguladora del procedimiento selectivo.
En dicho impreso deberá hacerse constar expresamente el sistema por el que participa en las
pruebas, de acuerdo con las siguientes indicaciones.
Las personas aspirantes deberán aportar obligatoriamente junto con la instancia la autorización
para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de la segunda
prueba de la fase de oposición prevista en la base 3.1.2. Dicha autorización se ajustará al modelo
recogido en el Anexo IV.
4.2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles
contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial
del Estado”.
4.3. Lugar de presentación: Las instancias deberán presentarse, dentro del plazo estipulado, en el
registro electrónico accesible a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Coslada, o
mediante el procedimiento establecido en el art. 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respetando siempre el plazo
establecido.
Por causas excepcionales debidamente motivadas, mediante Decreto de Alcaldía, se podrá autorizar
la utilización de medios no electrónicos en un procedimiento, cuando concurran razones técnicas,
organizativas o de otra naturaleza que así lo justifiquen, para todos o parte de los trámites y
actuaciones, de manera excepcional y por el tiempo imprescindible para solventar las mismas.
5. Admisión de personas aspirantes.
5.2. Lista de personas admitidas y excluidas: Terminado el plazo de presentación de solicitudes la
Concejalía de Recursos Humanos aprobará mediante Resolución las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas, especificando en su caso la causa de
exclusión y el plazo para la posible subsanación de los defectos. Asimismo, aquellas personas
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Las listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Coslada.
BOCM-20250408-87
5.1. Requisitos: Para la admisión a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que las personas
aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en
la base 2, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
B.O.C.M. Núm. 83
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE ABRIL DE 2025
Pág. 401
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase de
presentación de instancias, así como aquellos que sean alegados en el currículo y no estén
debidamente justificados del modo indicado anteriormente. No será precisa la compulsa de
documentos siendo responsable la persona solicitante del deber de presentar los originales
correspondientes en el momento de la presentación de la instancia para participar en el proceso
selectivo o en cualquier momento que le fuese solicitado. En lo referido a la antigüedad, la fecha fin
de instancias será la que se dé por válida para el cómputo y asimismo y de igual forma respecto a
los conocimientos de interés profesional la fecha de expedición de los títulos valorables será
siempre anterior a la de fin de instancias.
La calificación definitiva de la fase de concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos
obtenidos por la aplicación del baremo de méritos establecidos en el Anexo III, de las presentes
bases.
El Tribunal, a la vista de los méritos expuestos en el currículo que sean puntuables, podrá solicitar
aclaración a los aspirantes para verificar los méritos alegados por éstos.
3.2. Fase de Curso selectivo de formación.
Será requisito indispensable superar un curso específico en el Instituto de Formación Integral en
Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid con una carga lectiva de 300 horas o su
equivalente en créditos ECTS.
4. Solicitudes.
4.1. Forma: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán solicitarlo
cumplimentando el impreso habilitado al efecto por el Ayuntamiento de Coslada. Será facilitado
gratuitamente en las dependencias del Ayuntamiento de Coslada. Asimismo, podrá obtenerse a
través de la página web www.coslada.es.
La presentación de la instancia por cada persona aspirante supondrá la aceptación de la normativa
reguladora del procedimiento selectivo.
En dicho impreso deberá hacerse constar expresamente el sistema por el que participa en las
pruebas, de acuerdo con las siguientes indicaciones.
Las personas aspirantes deberán aportar obligatoriamente junto con la instancia la autorización
para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de la segunda
prueba de la fase de oposición prevista en la base 3.1.2. Dicha autorización se ajustará al modelo
recogido en el Anexo IV.
4.2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles
contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial
del Estado”.
4.3. Lugar de presentación: Las instancias deberán presentarse, dentro del plazo estipulado, en el
registro electrónico accesible a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Coslada, o
mediante el procedimiento establecido en el art. 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respetando siempre el plazo
establecido.
Por causas excepcionales debidamente motivadas, mediante Decreto de Alcaldía, se podrá autorizar
la utilización de medios no electrónicos en un procedimiento, cuando concurran razones técnicas,
organizativas o de otra naturaleza que así lo justifiquen, para todos o parte de los trámites y
actuaciones, de manera excepcional y por el tiempo imprescindible para solventar las mismas.
5. Admisión de personas aspirantes.
5.2. Lista de personas admitidas y excluidas: Terminado el plazo de presentación de solicitudes la
Concejalía de Recursos Humanos aprobará mediante Resolución las listas provisionales de
personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas, especificando en su caso la causa de
exclusión y el plazo para la posible subsanación de los defectos. Asimismo, aquellas personas
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán
manifestarlo en el mismo plazo.
Las listas se expondrán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Coslada.
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5.1. Requisitos: Para la admisión a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que las personas
aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en
la base 2, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.