Navalcarnero (BOCM-20250407-72)
Organización y funcionamiento. Reglamento Banda Música
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 229
CAPÍTULO II: LOS MÚSICOS. PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, DERECHOS Y DEBERES
Vacantes
x
x
x
Artículo V
Matriculación
x
Artículo VI
El periodo de Matriculación en la Banda estará abierto durante el curso escolar
desde el 15 de Septiembre hasta el 30 de Junio.
Admisión de Alumnos
x
x
x
x
Artículo VII
Podrán pertenecer a la Banda Municipal de Música todas aquellas personas que
lo deseen y presten verdadero interés en el aprendizaje de esta materia, acepten
expresamente este Reglamento y superen una prueba de capacidad.
Para una organización correcta y un equilibrio de las especialidades instrumentales de
la agrupación, se establecerán en un futuro, si fuese necesario, el número de plazas
de cada especialidad, este listado se irá actualizando de forma permanente.
Las vacantes que se produzcan se anunciarán oportunamente, así como los
instrumentos disponibles que se prestarán desde el inicio del curso.
El Director de la Escuela Municipal de Música, el Director del Conjunto
Instrumental, el Director de la Banda y el profesor de la cuerda correspondiente
decidirán qué alumnos que asistan a Conjunto Instrumental podrán pertenecer a
la Banda de Música basándose en criterios de capacitación o si lo consideran
oportuno podrán realizar pruebas de selección.
Aquellas personas que quieran formar parte de la Banda de Música y no sean
alumnos de la escuela o hayan sido antiguos componentes de la Banda, solicitarán
en la secretaría del centro y por escrito, la admisión, la cual será valorada por el
Director de la Escuela, el Director de la Banda y el profesor de la cuerda
correspondiente, mediante una prueba de nivel.
Con este proceso se dará la condición de “admitidos”. Una vez que han adquirido
dicha condición firmarán un documento aceptando este Reglamento.
La Dirección de la Escuela enviará informe escrito de admitidos y no admitidos a
la Concejalía de Cultura.
Periodo de Prueba
x
Los alumnos “admitidos” deberán superar un periodo de prueba, en el que se
valorará lo siguiente:
o Asistencia a todos los ensayos, excepto justificación debidamente acreditada.
o Participación en los conciertos desde el momento que el Director considere
que el alumno ha alcanzado el nivel adecuado para realizar conciertos.
o Iniciarse en la formación de pasacalles.
o Respetar las decisiones del Director y cumplirlas.
o Mostrar respeto por el resto de integrantes de la agrupación.
o Asistir a las clases de Instrumento y Lenguaje Musical aquellos que sean
alumnos de la Escuela o en la condición de admitidos se les haya requerido su
asistencia a las clases.
x
x
x
x
Los alumnos que se encuentren en periodo de prueba no se beneficiarán de la
beca de estudios, que se asigna a los miembros efectivos de la Banda.
Durante este periodo, y a propuesta del Director, el Comité, podrá valorar de forma
excepcional si los alumnos “admitidos” pueden asistir a las actividades que realice
la agrupación, tanto musical como lúdica.
Una vez cumplido este tiempo que será desde su admisión hasta Santa Cecilia,
con un periodo mínimo de seis meses, le hará una prueba el Director de la Banda,
el profesor de instrumento y el Director de la Escuela. Superado este momento
será “miembro de la Banda” en pleno derecho, el cual cumplirá con las normas
fijadas en este Reglamento. Asimismo se le entregará el uniforme completo de la
Banda y podrá beneficiarse como el resto de los componentes, tanto de la beca
de estudios (que obligatoriamente tendrá que ser solicitada por escrito en la
Secretaría de la Escuela), como de las actividades si las hubiera.
El día de la celebración de Santa Cecilia, se hará público las personas que entran
a formar parte como miembros de la Banda.
BOCM-20250407-72
Artículo IV
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 82
LUNES 7 DE ABRIL DE 2025
Pág. 229
CAPÍTULO II: LOS MÚSICOS. PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN, DERECHOS Y DEBERES
Vacantes
x
x
x
Artículo V
Matriculación
x
Artículo VI
El periodo de Matriculación en la Banda estará abierto durante el curso escolar
desde el 15 de Septiembre hasta el 30 de Junio.
Admisión de Alumnos
x
x
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x
Artículo VII
Podrán pertenecer a la Banda Municipal de Música todas aquellas personas que
lo deseen y presten verdadero interés en el aprendizaje de esta materia, acepten
expresamente este Reglamento y superen una prueba de capacidad.
Para una organización correcta y un equilibrio de las especialidades instrumentales de
la agrupación, se establecerán en un futuro, si fuese necesario, el número de plazas
de cada especialidad, este listado se irá actualizando de forma permanente.
Las vacantes que se produzcan se anunciarán oportunamente, así como los
instrumentos disponibles que se prestarán desde el inicio del curso.
El Director de la Escuela Municipal de Música, el Director del Conjunto
Instrumental, el Director de la Banda y el profesor de la cuerda correspondiente
decidirán qué alumnos que asistan a Conjunto Instrumental podrán pertenecer a
la Banda de Música basándose en criterios de capacitación o si lo consideran
oportuno podrán realizar pruebas de selección.
Aquellas personas que quieran formar parte de la Banda de Música y no sean
alumnos de la escuela o hayan sido antiguos componentes de la Banda, solicitarán
en la secretaría del centro y por escrito, la admisión, la cual será valorada por el
Director de la Escuela, el Director de la Banda y el profesor de la cuerda
correspondiente, mediante una prueba de nivel.
Con este proceso se dará la condición de “admitidos”. Una vez que han adquirido
dicha condición firmarán un documento aceptando este Reglamento.
La Dirección de la Escuela enviará informe escrito de admitidos y no admitidos a
la Concejalía de Cultura.
Periodo de Prueba
x
Los alumnos “admitidos” deberán superar un periodo de prueba, en el que se
valorará lo siguiente:
o Asistencia a todos los ensayos, excepto justificación debidamente acreditada.
o Participación en los conciertos desde el momento que el Director considere
que el alumno ha alcanzado el nivel adecuado para realizar conciertos.
o Iniciarse en la formación de pasacalles.
o Respetar las decisiones del Director y cumplirlas.
o Mostrar respeto por el resto de integrantes de la agrupación.
o Asistir a las clases de Instrumento y Lenguaje Musical aquellos que sean
alumnos de la Escuela o en la condición de admitidos se les haya requerido su
asistencia a las clases.
x
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x
Los alumnos que se encuentren en periodo de prueba no se beneficiarán de la
beca de estudios, que se asigna a los miembros efectivos de la Banda.
Durante este periodo, y a propuesta del Director, el Comité, podrá valorar de forma
excepcional si los alumnos “admitidos” pueden asistir a las actividades que realice
la agrupación, tanto musical como lúdica.
Una vez cumplido este tiempo que será desde su admisión hasta Santa Cecilia,
con un periodo mínimo de seis meses, le hará una prueba el Director de la Banda,
el profesor de instrumento y el Director de la Escuela. Superado este momento
será “miembro de la Banda” en pleno derecho, el cual cumplirá con las normas
fijadas en este Reglamento. Asimismo se le entregará el uniforme completo de la
Banda y podrá beneficiarse como el resto de los componentes, tanto de la beca
de estudios (que obligatoriamente tendrá que ser solicitada por escrito en la
Secretaría de la Escuela), como de las actividades si las hubiera.
El día de la celebración de Santa Cecilia, se hará público las personas que entran
a formar parte como miembros de la Banda.
BOCM-20250407-72
Artículo IV