Torrelaguna (BOCM-20250404-64)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM

VIERNES 4 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 80

responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de
energía.
En cumplimiento del mandato legal al que hace referencia, el Ayuntamiento
de Torrelaguna aprueba la presente Ordenanza, por la que se regula la tasa
por el servicio de competencia municipal, de recogida de residuos urbanos
del municipio. En el informe técnico económico que acompaña a esta
ordenanza se pone de manifiesto que esta tasa se ha diseñado para que, tal
y como dispone la Ley 7/2022 resulte no deficitaria.
En cuanto a los parámetros utilizados para el cálculo de la cuota tributaria
se ha atendido a los siguientes criterios:
Se utiliza el Padrón del IBI 2024 de naturaleza urbana y el padrón de
habitantes 2024
Se calcula la parte a imputar del total de los costes de recogida estos a las
unidades fiscales residenciales que comprenden las claves de uso del
Padrón de I.B.I., claves V,K,M y U y a las unidades fiscales comerciales/
industriales y otros usos que comprenden las claves de uso. I,O,C,G,Y,E,R,P
y S. Para determinar esta cantidad se procede a obtener el porcentaje que
representa cada una de estas dos categorías en el número total de unidades
fiscales.
Se calcula la parte a imputar del total de los costes de tratamiento y
eliminación de los residuos a las unidades fiscales residenciales que
comprenden las claves de uso del Padrón de I.B.I. claves V,K,M y U y a las
unidades fiscales comerciales/ industriales que comprenden las claves de
uso. I, O,C,G,Y,E,R,P y S. Para determinar esta cantidad se procede a
obtener el porcentaje que representa cada una de estas dos categorías en el
número total de unidades fiscales.
Una vez establecido el porcentaje de representativo de cada categoría se
procede a obtener las cantidades a liquidar por cada una de las categorías
por los conceptos siguientes:
Costes de recogida y transporte. Parte fija de las cuotas.
Tratamiento de los residuos municipales. Parte variable de las cuotas
Para obtener estas cantidades se procede a obtener el porcentaje que cada
uno de los dos conceptos tiene sobre el total de los costes
Como consecuencia de los medios personales y materiales con los que
cuenta el Ayuntamiento no permiten realizar una medición precisa de los
residuos efectivamente generados se atiende a criterios que reflejen el
potencial uso del servicio que se lleva a cabo en cada uno de los inmuebles.
Así en los de carácter residencial se atiende a la superficie y número de
empadronados para el cálculo de la cuota variable y en los de carácter
industrial, comercial y otros se tiene en cuenta la superficie del local y la
actividad económica que se lleva a cabo.
En consecuencia, la presente ordenanza fiscal da cumplimiento al mandato
legal citado, por medio de una tasa que conjuga el principio constitucional

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