Venturada (BOCM-20250403-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
Pág. 311
Si a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias se estuviera
prestando servicios, el cómputo del tiempo prestado se entenderá a esta fecha. La
ausencia de alguno de estos documentos conllevará que no se valoren los servicios
prestados señalados.
d.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del
certificado correspondiente, mediante copia del título compulsado, o mediante documento
en que conste el código seguro de verificación (csv) o equivalente debiendo constar el
número de horas de formación; si no constaren estas, no se tendrá en cuenta.
La puntuación total de la fase de concurso no podrá exceder de 20 puntos.
Los resultados provisionales de la fase de concurso serán expuestos al público por el Tribunal por
término de 3 días hábiles, junto con la plantilla correctora, para alegaciones por parte de los
aspirantes.
La puntuación final del proceso de formación de bolsa será el resultado de sumar las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
SÉPTIMA. Selección de candidatos, propuesta de nombramiento y creación de la Bolsa de
Trabajo.
El Tribunal calificador y de valoración, tras valorar el concurso-oposición, publicará en el Tablón de
Anuncios municipal y en la sede electrónica la relación de los aspirantes que han superado el
proceso para forma parte de la bolsa, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I. y la
valoración obtenida en las distintas fases.
En el caso de empate en la calificación final, se dará prioridad al aspirante que tenga mayor
puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la obtención de la mayor
puntuación en los méritos previstos en la base SEXTA.3.d). Si continuase el empate se atenderá al
orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra resultante del sorteo público realizado
por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública cada año al que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
La superación del proceso para formar parte de la bolsa no confiere derecho a nombramiento
alguno.
A la vista de las calificaciones se formará bolsa de trabajo o lista de espera por orden de
puntuación total obtenida en el proceso de formación de esta, que servirá para la cobertura de
dicho puesto, así como del resto de puestos de habilitados nacionales subescala SecretaríaIntervención existentes en el Ayuntamiento de Venturada, mediante nombramiento interino, en
casos de vacante o sustitución transitoria del titular del puesto por alguna de las circunstancias
previstas legalmente.
La bolsa o lista tendrá una vigencia de TRES años, siendo la fecha de constitución de la misma, la
fecha del último acta del Tribunal de Valoración.
La gestión de la Bolsa de Trabajo se regirá por lo dispuesto en las presentes bases.
Ante la necesidad y urgencia de provisión del puesto, por encontrarse vacante o por la sustitución
transitoria del titular por las circunstancias previstas legalmente, la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento de Venturada remitirá a la Dirección General competente en materia de
Administración local, junto con la documentación prevista en el artículo 8 del Decreto 8/2024, de 31
de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos reservados a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios
interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid, la propuesta de nombramiento del
aspirante al que le corresponda por su mayor puntuación, según bolsa o lista de espera y que
acepte la oferta y presente la documentación recogida en la base OCTAVA ante el Ayuntamiento.
BOCM-20250403-69
Los integrantes de la bolsa deberán facilitar al Ayuntamiento de Venturada en el plazo de cinco
días naturales, en caso de no haberlo hecho en la instancia presentada, datos de contacto.
Cualquier cambio que se produzca en los datos de contacto del aspirante a lo largo del tiempo de
permanencia en la bolsa de trabajo, se deberá comunicar al Ayuntamiento de Venturada.
B.O.C.M. Núm. 79
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025
Pág. 311
Si a la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias se estuviera
prestando servicios, el cómputo del tiempo prestado se entenderá a esta fecha. La
ausencia de alguno de estos documentos conllevará que no se valoren los servicios
prestados señalados.
d.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del
certificado correspondiente, mediante copia del título compulsado, o mediante documento
en que conste el código seguro de verificación (csv) o equivalente debiendo constar el
número de horas de formación; si no constaren estas, no se tendrá en cuenta.
La puntuación total de la fase de concurso no podrá exceder de 20 puntos.
Los resultados provisionales de la fase de concurso serán expuestos al público por el Tribunal por
término de 3 días hábiles, junto con la plantilla correctora, para alegaciones por parte de los
aspirantes.
La puntuación final del proceso de formación de bolsa será el resultado de sumar las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
SÉPTIMA. Selección de candidatos, propuesta de nombramiento y creación de la Bolsa de
Trabajo.
El Tribunal calificador y de valoración, tras valorar el concurso-oposición, publicará en el Tablón de
Anuncios municipal y en la sede electrónica la relación de los aspirantes que han superado el
proceso para forma parte de la bolsa, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I. y la
valoración obtenida en las distintas fases.
En el caso de empate en la calificación final, se dará prioridad al aspirante que tenga mayor
puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la obtención de la mayor
puntuación en los méritos previstos en la base SEXTA.3.d). Si continuase el empate se atenderá al
orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra resultante del sorteo público realizado
por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública cada año al que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
La superación del proceso para formar parte de la bolsa no confiere derecho a nombramiento
alguno.
A la vista de las calificaciones se formará bolsa de trabajo o lista de espera por orden de
puntuación total obtenida en el proceso de formación de esta, que servirá para la cobertura de
dicho puesto, así como del resto de puestos de habilitados nacionales subescala SecretaríaIntervención existentes en el Ayuntamiento de Venturada, mediante nombramiento interino, en
casos de vacante o sustitución transitoria del titular del puesto por alguna de las circunstancias
previstas legalmente.
La bolsa o lista tendrá una vigencia de TRES años, siendo la fecha de constitución de la misma, la
fecha del último acta del Tribunal de Valoración.
La gestión de la Bolsa de Trabajo se regirá por lo dispuesto en las presentes bases.
Ante la necesidad y urgencia de provisión del puesto, por encontrarse vacante o por la sustitución
transitoria del titular por las circunstancias previstas legalmente, la Alcaldía-Presidencia del
Ayuntamiento de Venturada remitirá a la Dirección General competente en materia de
Administración local, junto con la documentación prevista en el artículo 8 del Decreto 8/2024, de 31
de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la provisión de puestos reservados a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios
interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid, la propuesta de nombramiento del
aspirante al que le corresponda por su mayor puntuación, según bolsa o lista de espera y que
acepte la oferta y presente la documentación recogida en la base OCTAVA ante el Ayuntamiento.
BOCM-20250403-69
Los integrantes de la bolsa deberán facilitar al Ayuntamiento de Venturada en el plazo de cinco
días naturales, en caso de no haberlo hecho en la instancia presentada, datos de contacto.
Cualquier cambio que se produzca en los datos de contacto del aspirante a lo largo del tiempo de
permanencia en la bolsa de trabajo, se deberá comunicar al Ayuntamiento de Venturada.