C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250403-17)
Bases subvenciones –  Orden 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER), integrados en el Componente 26 “Fomento del sector deporte”, de la Inversión C26.I02 “Plan de Transición ecológica de Instalaciones deportivas”, del Proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER”, con cargo al “Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para 2025
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BOCM

JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 79

Subvenciones para los años 2024-2025, en el Sector del Deporte, aprobado por Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de diciembre de 2023), modificada
por la Orden 584/2024, de 25 de marzo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 8 de abril de 2024, que establece en su apartado 4, Líneas de Subvención: D.3: “Subvenciones a corporaciones locales”: Asimismo, podrán, además incluirse
otras subvenciones a entidades locales mediante los procedimientos oportunos para las finalidades contempladas en el Componente 26: Plan de Fomento del Sector del Deporte, del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno Español, a medida que
se vayan aprobando los planes previstos en el mismo, a financiar con fondos europeos.
III
Los fondos europeos provenientes del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España” (en adelante, PRTR), contemplan dentro del Componente 26 “Fomento del Sector Deporte”, la inversión C26.I02 “Plan de Transición Ecológica
de Instalaciones Deportivas”, dentro del cual se enmarca el proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER” cuyo objetivo será
el incremento de los niveles de actividad física de la población rural, a través de la creación
de una red coordinada de promotores de la actividad física en las zonas rurales (PAFER),
encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de
promoción y activación de la actividad física, especialmente en las zonas más despobladas,
que contribuyen a la consecución del objetivo 373: “Al menos 40 centros técnicos y 45 instalaciones deportivas se habrán renovado, habrá mejorado su eficiencia energética o se habrá optimizado su uso mediante la digitalización o la mejora de la accesibilidad. El medio
para la comprobación de la finalización de las obras serán los certificados de fin de obra.
Las intervenciones en materia de eficiencia energética deberán lograr por término medio
una reducción de la demanda de energía primaria de al menos un 30%. La lista de instalaciones se hará pública”.
Así, el objetivo perseguido es incrementar los niveles de actividad física de la población rural con la creación de una red coordinada de promotores de la actividad física en las
zonas rurales (PAFER) encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de
programas básicos de promoción y activación de la actividad física, especialmente en las
zonas más despobladas.
Estos promotores de la actividad física deberán ostentar la cualificación necesaria o los
requisitos habilitantes para la profesión de preparador físico, conforme a la Ley 6/2016,
de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la
Comunidad de Madrid.
La despoblación de las zonas rurales es una tendencia que se ha convertido en un problema acuciante del conjunto del país, por lo que el desarrollo de oferta y servicios deportivos en ellas puede ayudar a paliar los efectos negativos de dicha tendencia, mediante la
mejora de la calidad de vida de las personas, con herramientas y soluciones segmentadas
que contribuyan a facilitar, incentivar y mejorar su práctica deportiva y con la adecuación
y mejora de los espacios deportivos en los que se realizan estas actividades.
El objetivo que se pretende es asegurar la igualdad de oportunidades de los habitantes
de municipios de menos de 20.000 habitantes y la no discriminación por lugar de residencia de la población, fomentando la participación en actividades en materias deportivas, culturales y/o artísticas, pertenecientes al ámbito de educación no formal, favoreciendo el desarrollo social de forma que la distancia a los centros en donde se realizan estas actuaciones
y el coste de las mismas no constituya un impedimento para la realización y facilite a su vez
la fijación de la población rural.
El deporte y la actividad física se manifiestan como valores fundamentales de una sociedad que procura su propia salud a través de prácticas activas de mejora y prevención y,
consecuentemente, exige de los poderes públicos que estas prácticas se lleven a cabo con
las máximas garantías de seguridad. En el caso de las instalaciones deportivas y sus equipamientos, la responsabilidad sobre las condiciones de uso y de mantenimiento corresponde a los titulares de las mismas.
De igual modo, la finalidad de estas ayudas es, además de contribuir a los objetivos
descritos anteriormente, coadyuvar a la consolidación de estructuras y espacios que fomenten la igualdad, difusión y visibilidad, la formación, la eficiencia energética, la transformación digital y la accesibilidad. Para ello se pretende mejorar las infraestructuras del sector,

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID