C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250403-17)
Bases subvenciones –  Orden 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la actividad física en zonas rurales (PAFER), integrados en el Componente 26 “Fomento del sector deporte”, de la Inversión C26.I02 “Plan de Transición ecológica de Instalaciones deportivas”, del Proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER”, con cargo al “Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el Fondo Europeo, Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 79

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

Pág. 99

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 737/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen
de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la adecuación y mejora de estructuras y espacios deportivo/comunitarios en municipios con una población inferior a 20.000 habitantes, que cuenten con programas de actividad física relacionados con entornos saludables, rutas o circuitos saludables, y con
promotores de la actividad física encargados de la gestión y creación de los recursos y del diseño de programas básicos de promoción y activación de la actividad física, para la inclusión de estos en una Red coordinada de promoción de la
actividad física en zonas rurales (PAFER), integrados en el Componente 26 “Fomento del sector deporte”, de la Inversión C26.I02 “Plan de Transición ecológica de Instalaciones deportivas”, del Proyecto C26.I02.P03 “Promoción de la actividad física y la salud en zonas despobladas. RED PAFER”, con cargo al “Plan
de recuperación, Transformación y Resiliencia”, financiado por el Fondo
Europeo, Next Generation EU, y se efectúa su convocatoria para 2025.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid atribuye a la misma en su artículo 26.1.22 la competencia exclusiva en materia de deporte y ocio.
El Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, determina en
su artículo 1 que le corresponde al titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid el desarrollo, coordinación y control de la ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de cultura, turismo y deporte”.
Los principios rectores de la política deportiva de la Comunidad de Madrid recogidos
en el apartado II de la parte expositiva de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte
de la Comunidad de Madrid, consagran compromisos públicos tales como los relativos a la
especial atención que se debe prestar a los colectivos más desfavorecidos, al acceso de la mujer al deporte, a la voluntad de garantizar la existencia de una suficiente red de instalaciones
deportivas de adecuada rentabilidad social, o la colaboración responsable entre todas las Administraciones implicadas.
Hay que destacar el protagonismo cada vez más evidente y necesario de los municipios en el fomento de la actividad deportiva entre la ciudadanía, el alto grado de desarrollo
alcanzado por las estructuras asociativas privadas, la incorporación al deporte de todos los
sectores sociales y los evidentes vínculos con otras áreas de responsabilidades públicas.
Respecto a las instalaciones, el artículo 21.3.k) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre,
determina que corresponde a la Administración deportiva de la Comunidad de Madrid la
elaboración y ejecución, en colaboración con las entidades locales, de planes de construcción y mejora de las infraestructuras deportivas para el desarrollo de las actividades físicas
y la práctica deportiva.
Igualmente, el artículo 23.1.b) de la citada ley, atribuye a los ayuntamientos, de conformidad con lo establecido en la misma y en la legislación del Estado sobre Régimen Local, entre otras competencias, la de construir o fomentar la construcción por la iniciativa
social, ampliar y mejorar las infraestructuras deportivas en su territorio, mediante la elaboración y ejecución de los planes necesarios para dotar al municipio de la suficiente infraestructura deportiva.
II
De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, esta línea de subvención está prevista en el Plan estratégico de

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