C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250403-13)
Bases subvenciones –  Orden 58/2025, de 12 de marzo, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización tecnológica en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 79

Acceso General de la Comunidad de Madrid. Únicamente se podrán presentar de forma
electrónica mediante la cumplimentación de este formulario electrónico, que se remitirá a
través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, para lo cual es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o cualquier otro
sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos
y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, entre los que se
encuentra el sistema Cl@ve.
5.o La presentación de la solicitud supone la aceptación, por parte de la persona interesada, del contenido de esta Orden y de la convocatoria correspondiente.
6.o La documentación presentada de forma telemática debe realizarse indexada y en
archivos independientes, cuya denominación haga una descripción clara del documento
aportado, con nitidez suficiente para que sean fácilmente legibles, en particular lo referente a fechas y firmas. Las fotografías deberán ser preferentemente en color.
7.o Todos los documentos relacionados en este artículo deberán ser de fecha anterior
a la finalización del plazo de solicitud de subvención.
Artículo 21
La solicitud se presentará mediante el formulario web, debidamente cumplimentado y
firmado por solicitante o representante habilitado para ello, conforme al procedimiento establecido en esta convocatoria, e irá acompañada de la siguiente documentación debidamente indexada:
a) Copia del poder notarial del representante legal.
b) Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número
de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del beneficiario.
c) Memoria técnica y económica del proyecto, que deberá contener información detallada sobre los siguientes puntos:
— Evidencias que acrediten el uso de la tecnología Blockchain en el proyecto a
implantar en la empresa solicitante
— Problema o necesidad detectada y objetivos que se pretenden alcanzar
— Descripción de la categoría de las indicadas en el artículo 17 en la que se enmarcará el proyecto y justificación de las mismas.
— Descripción del grado de madurez tecnológica (TRL) que se pretende lograr y
justificación del mismo.
— Descripción de las tareas de ingeniería y/o consultoría a realizar y descripción
del producto / servicio y documentos que se esperan generar en el proyecto
— Descripción de las inversiones en hardware y software a abordar en el proyecto objeto de subvención. Aclarar la relación con el proyecto y la necesidad del
mismo.
— Análisis detallado de la solución Blockchain aplicada a implantar.
— Presupuesto total y detallado del proyecto, que incluya de forma clara y separada los costes subvencionables, según lo indicado en el artículo 6 de la presente Orden.
— Estimación de horas por cada una de las tareas a realizar (dedicaciones).
— Calendario de ejecución del proyecto.
d) Justificación de la condición de pequeña o mediana empresa mediante certificación de la Cámara de Comercio, o certificación equivalente, que demuestre dicha
condición.
e) En caso de que se oponga a que esta información sea consultada por la Consejería
de Digitalización, certificado de Situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT donde figure el alta en el correspondiente epígrafe, que deberá ser
anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes,
f) Certificación de estar al corriente de pago con sus obligaciones tributarias ante la
Seguridad Social, en caso de que se oponga a que dicha información sea consultada por la Consejería de Digitalización.
g) Certificación de estar al corriente de pago con sus obligaciones tributarias ante la
Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), en caso de que se oponga
a que dicha información sea consultada por la Consejería de Digitalización.

BOCM-20250403-13

Documentación que debe acompañar a las solicitudes