Madrid (BOCM-20250401-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
Pág. 363
La evacuación de aire viciado procedente de los equipos de ventilación forzada de los garajes deberá realizarse
conforme a lo establecido en el artículo 20 de la OCAS.
Alumbrado LED con sistemas de control inteligentes y aprovechamiento de la iluminación natural.
•
Respecto a la contribución de energías renovables para cubrir la demanda de ACS, se satisfará la exigencia básica
CTE-HE4 “Ahorro de energía”, con los requisitos adicionales establecidos en el artículo 46 de la OCAS para
sistemas que emitan gases producto de la combustión.
•
Además, la generación de energía eléctrica renovable cumplirá con carácter de mínimo en todo caso lo
establecido en la Sección HE-5 del Documento Básico “HE ahorro de energía” del CTE, y en el artículo 47 de la
OCAS.
Pueden establecerse en las normas particulares exigencias mayores de generación de energía fotovoltaica para
cubrir la demanda energética del ámbito con energías renovables generadas in situ, conforme al artículo 43 de la
OCAS.
La instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo adicionales supone una
bonificación del 50 % del IBI durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación
(artículo 13 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y el 95% sobre la cuota del
ICIO (artículo 11 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
•
Debido al alto impacto del efecto isla de calor en la zona, se recomienda implantar cubiertas verdes en las
edificaciones y sombrear las zonas estanciales, elementos que presentan sinergias con la generación fotovoltaica,
que tendría los siguientes beneficios:
• Aislar las azoteas con materiales naturales.
• Amortiguar los ruidos.
• Evitar las pérdidas de calor por la cubierta en invierno y sobrecalentamiento en verano, reduciendo el
consumo de climatización.
• Crear jardines que puedan disfrutar los vecinos.
• Retener el agua de lluvia, mejorando las condiciones de drenaje urbano sostenible.
• Mejorar la calidad del aire.
•
Instalación de ascensores de última generación, en el que las principales consideraciones de diseño se enfocan a
lograr la máxima eficiencia energética, un un funcionamiento silencioso y el uso de materiales no contaminantes.
Se recomienda la instalación de ascensores con sistemas regenerativos donde el propio ascensor proporcione
energía eléctrica.
•
Los proyectos de urbanización y edificación del ámbito deberán incorporar medidas para la protección del medio
ambiente y el ahorro de agua. Se deberán instalar los dispositivos necesarios para garantizar el cumplimiento de
los artículos 11 y 12 de la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua.
•
Se recomienda que la dotación de depósitos de bicicletas o vehículos de movilidad urbana cero emisiones que se
han propuesto se ubiquen en áreas cubiertas dotadas de las necesarias condiciones para guarda y custodia.
BOCM-20250401-67
• Evita el sobrecalentamiento del pavimento, disminuyendo el efecto Isla de Calor y ahorrando energía.
B.O.C.M. Núm. 77
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
Pág. 363
La evacuación de aire viciado procedente de los equipos de ventilación forzada de los garajes deberá realizarse
conforme a lo establecido en el artículo 20 de la OCAS.
Alumbrado LED con sistemas de control inteligentes y aprovechamiento de la iluminación natural.
•
Respecto a la contribución de energías renovables para cubrir la demanda de ACS, se satisfará la exigencia básica
CTE-HE4 “Ahorro de energía”, con los requisitos adicionales establecidos en el artículo 46 de la OCAS para
sistemas que emitan gases producto de la combustión.
•
Además, la generación de energía eléctrica renovable cumplirá con carácter de mínimo en todo caso lo
establecido en la Sección HE-5 del Documento Básico “HE ahorro de energía” del CTE, y en el artículo 47 de la
OCAS.
Pueden establecerse en las normas particulares exigencias mayores de generación de energía fotovoltaica para
cubrir la demanda energética del ámbito con energías renovables generadas in situ, conforme al artículo 43 de la
OCAS.
La instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo adicionales supone una
bonificación del 50 % del IBI durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación
(artículo 13 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y el 95% sobre la cuota del
ICIO (artículo 11 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
•
Debido al alto impacto del efecto isla de calor en la zona, se recomienda implantar cubiertas verdes en las
edificaciones y sombrear las zonas estanciales, elementos que presentan sinergias con la generación fotovoltaica,
que tendría los siguientes beneficios:
• Aislar las azoteas con materiales naturales.
• Amortiguar los ruidos.
• Evitar las pérdidas de calor por la cubierta en invierno y sobrecalentamiento en verano, reduciendo el
consumo de climatización.
• Crear jardines que puedan disfrutar los vecinos.
• Retener el agua de lluvia, mejorando las condiciones de drenaje urbano sostenible.
• Mejorar la calidad del aire.
•
Instalación de ascensores de última generación, en el que las principales consideraciones de diseño se enfocan a
lograr la máxima eficiencia energética, un un funcionamiento silencioso y el uso de materiales no contaminantes.
Se recomienda la instalación de ascensores con sistemas regenerativos donde el propio ascensor proporcione
energía eléctrica.
•
Los proyectos de urbanización y edificación del ámbito deberán incorporar medidas para la protección del medio
ambiente y el ahorro de agua. Se deberán instalar los dispositivos necesarios para garantizar el cumplimiento de
los artículos 11 y 12 de la Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua.
•
Se recomienda que la dotación de depósitos de bicicletas o vehículos de movilidad urbana cero emisiones que se
han propuesto se ubiquen en áreas cubiertas dotadas de las necesarias condiciones para guarda y custodia.
BOCM-20250401-67
• Evita el sobrecalentamiento del pavimento, disminuyendo el efecto Isla de Calor y ahorrando energía.