Madrid (BOCM-20250401-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
80 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
Pág. 349
En todo caso, en obras donde se contemple no solo la sustitución de la capa de rodadura, sino la demolición de
bases de hormigón en pavimentos deberá contemplarse en el proyecto la sustitución de los hidrantes tipo RRG
de la Normalización de Elementos Constructivos (fichas RR.8, RR.9), así como del resto de hidrantes tipo CV
(ficha RR.10) que no cumplan con la especificación de la norma UNE-EN 14339.
x
Deberá considerarse para su cumplimiento los siguientes apartados:
x
Deberá ser coherente la información presentada entre la Memoria, Anexo o Anejos con las mediciones y
presupuesto.
x
Debe cumplir con la normativa de accesibilidad universal (Orden VIV/561/2010 y/o Orden
TMA/851/2021, de 1 de febrero y 23 de julio respectivamente, por las que se desarrolla el documento
técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los
espacios públicos urbanizados).
x
Debe disponer de una llave de corte de agua junto a cada fuente de beber.
x
La conexión a la red de agua potable nunca se realizará a las redes de riego o red de bocas de riego. La
conexión debe ser directa desde el punto de suministro y contador, sectorizado en todo caso de la red
de riego.
x
Se deberá especificar claramente el tipo y conexión a la red de alcantarillado o sistema urbano de
drenaje sostenible (SUDS).
x
En caso de conexión a la red de drenaje (SUDS) incluirá arqueta arenero equipado con geotextil y
accesible para su limpieza periódica, de al menos 62x62x65 cm y tubería de conexión de al menos 315
mm de diámetro.
x
En caso de conexión a red de alcantarillado, mediante arqueta arenero accesible para la recogida de
agua de al menos 62x62x65 cm y tubería de conexión de al menos 315 mm de diámetro.
x
Los modelos de fuentes deberán estar normalizados, homologados o singularizados por el Ayuntamiento
de Madrid.
x
La tornillería de las fuentes será del tipo Torx o similares (no habituales en mercado), de tal manera que
no sean manipulables.
x
En las fuentes se incluirá un recubrimiento con aislante térmico en tuberías interiores de suministro de
agua, debiendo considerarse este aspecto en los apartados de Memoria, anexos, anejos y Presupuesto y
Mediciones.
BOCM-20250401-67
Si hay nuevas instalaciones o remodelaciones se deberá cumplir con la legislación vigente (Orden VIV/561/2010
y/o Orden TMA/851/2021) y los criterios establecidos por el Ayuntamiento (nuevas fichas NEC que se adjuntan,
acometidas independientes o separación de usos de la acometida desde el contador, saneamiento mínimo 315
mm). Al menos se deberá considerar la modificación de la ubicación de aquellas fuentes de beber existentes si
con el estado final de la obra las mismas pudieran suponer un incumplimiento de la accesibilidad de la misma o
del itinerario peatonal.
B.O.C.M. Núm. 77
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
Pág. 349
En todo caso, en obras donde se contemple no solo la sustitución de la capa de rodadura, sino la demolición de
bases de hormigón en pavimentos deberá contemplarse en el proyecto la sustitución de los hidrantes tipo RRG
de la Normalización de Elementos Constructivos (fichas RR.8, RR.9), así como del resto de hidrantes tipo CV
(ficha RR.10) que no cumplan con la especificación de la norma UNE-EN 14339.
x
Deberá considerarse para su cumplimiento los siguientes apartados:
x
Deberá ser coherente la información presentada entre la Memoria, Anexo o Anejos con las mediciones y
presupuesto.
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Debe cumplir con la normativa de accesibilidad universal (Orden VIV/561/2010 y/o Orden
TMA/851/2021, de 1 de febrero y 23 de julio respectivamente, por las que se desarrolla el documento
técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los
espacios públicos urbanizados).
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Debe disponer de una llave de corte de agua junto a cada fuente de beber.
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La conexión a la red de agua potable nunca se realizará a las redes de riego o red de bocas de riego. La
conexión debe ser directa desde el punto de suministro y contador, sectorizado en todo caso de la red
de riego.
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Se deberá especificar claramente el tipo y conexión a la red de alcantarillado o sistema urbano de
drenaje sostenible (SUDS).
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En caso de conexión a la red de drenaje (SUDS) incluirá arqueta arenero equipado con geotextil y
accesible para su limpieza periódica, de al menos 62x62x65 cm y tubería de conexión de al menos 315
mm de diámetro.
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En caso de conexión a red de alcantarillado, mediante arqueta arenero accesible para la recogida de
agua de al menos 62x62x65 cm y tubería de conexión de al menos 315 mm de diámetro.
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Los modelos de fuentes deberán estar normalizados, homologados o singularizados por el Ayuntamiento
de Madrid.
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La tornillería de las fuentes será del tipo Torx o similares (no habituales en mercado), de tal manera que
no sean manipulables.
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En las fuentes se incluirá un recubrimiento con aislante térmico en tuberías interiores de suministro de
agua, debiendo considerarse este aspecto en los apartados de Memoria, anexos, anejos y Presupuesto y
Mediciones.
BOCM-20250401-67
Si hay nuevas instalaciones o remodelaciones se deberá cumplir con la legislación vigente (Orden VIV/561/2010
y/o Orden TMA/851/2021) y los criterios establecidos por el Ayuntamiento (nuevas fichas NEC que se adjuntan,
acometidas independientes o separación de usos de la acometida desde el contador, saneamiento mínimo 315
mm). Al menos se deberá considerar la modificación de la ubicación de aquellas fuentes de beber existentes si
con el estado final de la obra las mismas pudieran suponer un incumplimiento de la accesibilidad de la misma o
del itinerario peatonal.