Madrid (BOCM-20250401-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 77

Los Proyectos de Urbanización deberán diseñar esta red de pluviales, considerando intensidades de lluvia de
periodo de retorno de 10 años, de manera que el agua de lluvia se autogestionará en el ámbito:
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El caudal pico, para un periodo de retorno hasta 10 años, se gestionará mediante su retención temporal
en áreas de inundación estacional. Posteriormente parte del agua se infiltrará en zonas verdes
contribuyendo a la recarga de acuíferos y parte se verterá de manera laminada a la red de saneamiento,
evitando el pico de descarga.
Los elementos de captación y almacenamiento de la red de pluviales retendrán el caudal medio para su
posterior reutilización en el ámbito.

Los Proyectos de Urbanización deberán diseñar esta red de pluviales incluyendo aquellos tratamientos
necesarios para cumplir con los estándares de calidad exigida por la normativa vigente para su empleo posterior
en la urbanización (bien en riego, baldeo o bien en otros usos), tanto a nivel de almacenamiento, tratamiento y
control de la calidad. Será necesario estudiar los sistemas de conexión de esta red de pluviales con la red de
riego de parques y jardines públicos. Se podrá valorar su conexión con la red de riego de parcela privada
siempre que esta red garantice la calidad requerida para este uso según la normativa o régimen legal de
aplicación.
Las redes de hidrantes contra incendios se definirán en los proyectos de urbanización, dando cumplimento al
Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios aprobado en el RD 513/2017 o normativa
específica que se encuentre en vigor en su momento, además de lo previsto en la Ordenanza de Prevención de
Incendios del Ayuntamiento de Madrid o normativa que la sustituya.
Se indicará en proyecto que las tapas de los hidrantes y sus válvulas cumplirán con la normativa UNE-EN
124.
Por uniformidad en todo Madrid las tapas de los hidrantes cumplirán con la clase C-250, excepto que el
hidrante se ubique en zonas de templado de tráfico, en cuyo caso cumplirán con la clase D-400.
En cumplimiento con el RIPCI se deberá indicar en proyecto como prescripción obligatoria y contractual
la siguiente información:
“Durante la ejecución de las obras si hubiese afección a hidrantes contra incendios existentes la
empresa deberá cumplir:
Antes del inicio de la ejecución de la obra la empresa responsable deberá comunicar qué hidrantes
quedarán inaccesibles para su uso por el Departamento de Extinción de Incendios. Dicha comunicación
deberá realizarse a los siguientes correos electrónicos del Área de Gobierno de Seguridad y
Emergencias:

BOCM-20250401-67

Departamento Informática Bomberos: telematicab@madrid.es
• AG. Seguridad y Servicios a la Comunidad: osemergencias@madrid.es
Además, como responsables del mantenimiento se deberá comunicar al correo:
• Departamento de Gestión de Consumo de Agua en Zonas Verdes y Espacios Urbanos:
hidrantes@madrid.es
En dichas comunicaciones se deberá señalar como mínimo:
• Obra autorizada con número de expediente.
• El plazo de la obra completa y período de tiempo con fechas determinadas de la afección de dichas
obras sobre los hidrantes. “