Madrid (BOCM-20250401-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan general
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 77

MARTES 1 DE ABRIL DE 2025

Pág. 335

SECCION 1º Condiciones de la nueva edificación.
Artículo 67. Parcela mínima.
Parcela indivisible y de dimensiones sujetas a sus necesidades funcionales.
Artículo 68. Posición de la edificación.
La edificación sólo podrá situarse bajo rasante, a excepción de acometidas, instalaciones auxiliares o registros
en superficie por necesidades funcionales, y en cualquier posición.
Artículo 69. Ocupación.
Sólo se admite ocupación bajo rasante, con el 100% de la parcela, a excepción de accesos de registro y
mantenimiento que ocuparán sobre rasante la superficie funcionalmente necesaria.
Artículo 70. Edificabilidad.
No se asigna edificabilidad.
SECCION 2º Régimen de los usos
Artículo 71. Usos compatibles
Se estará a lo dispuesto en el capítulo 7.13 de las normas urbanísticas del PG 97.

CAPÍTULO 6.

CONDICIONES PARTICULARES DE LA ZONA DE ORDENACIÓN DOTACIONAL DE
SERVICIOS COLECTIVOS, ZONAS DE ORDENACIÓN “VB” Y “EB”.

Artículo 72. Ámbito y características.
1. Son manzanas y/o parcelas de uso de dotaciones públicas de servicios colectivos. Para lo no regulado en
las presentes normas se estará a lo dispuesto en las NNUU del PG 97 para el uso dotacional de servicios
colectivos y sus condiciones particulares según los capítulos 7.8, 7.9, 7.10 y 7.11 de las mismas, así como
al artículo 7.5.35 en cuanto a la dotación de plazas de aparcamiento.
2. En el desarrollo de estas condiciones particulares se estará a lo dispuesto en el Anexo normativo nº2:
Condiciones particulares de la Urbanización (U).
Artículo 73. Cuantificación de las redes.
La superficie de suelo reservada para el conjunto de estas redes se recoge en los cuadros de características
cuantitativas del Anexo nº1 de las presentes Normas.
Artículo 74. Zonas verdes.
1. Ámbito y características.
Opera sobre las áreas grafiadas en el plano O-02 Calificación del suelo con las Zonas de Ordenación
VB.
i.

El uso cualificado es zona verde con la categoría Zona Verde Básica (VB RL)

BOCM-20250401-67

a.