Fresnedillas de la Oliva (BOCM-20250401-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 410
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 77
Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado
en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado
correspondiente. Se valorará con 2 puntos por titulación, hasta un máximo de 4 puntos. No
será objeto de valoración la titulación presentada para participar en la formación de la presente
bolsa, atendiendo a lo previsto en la base SEGUNDA.d) de las presentes bases.
d) Haber prestado servicios con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de la
Comunidad de Madrid. Se puntuará 0,20 punto por mes trabajado, hasta un máximo de 5 puntos.
e) Haber prestado servicios con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de
otras Comunidades Autónomas. Se puntuará 0,10 punto por mes trabajado, hasta un máximo
de 3 puntos.
f) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorará la participación en cursos de formación
y perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con el puesto de trabajo,
impartidos por centros oficiales de formación, entendiendo por tales los impartidos por
cualquier Administración Pública y aquellos que no teniendo consideración de Administración
Pública hayan sido realizados en el marco de un Plan de Formación Continua de empleados
públicos (y así conste en su certificado o título), hasta un máximo de 2 puntos, según la
siguiente escala:
-
Cursos de hasta 15 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.
Cursos de 16 hasta 40 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.
Cursos de 41 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.
Cursos de más de 101 horas lectivas: 0,80 puntos por curso.
4. Forma de acreditación de los méritos:
a) La superación de los ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas
por el Estado para el acceso libre a la Subescala o subescalas correspondientes se acreditará
mediante certificado del INAP.
b) La titulación distinta a la presentada para participar en la formación de la presente bolsa se
acreditará mediante copia simple de cada título.
c) Los servicios prestados con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de la
Comunidad de Madrid u otras Comunidades Autónomas se acreditarán con la aportación de
TODOS los siguientes documentos: 1) Informe de vida laboral actualizado, 2) copia del
nombramiento o nombramientos preceptivos, y 3) certificado original de Secretaría del
municipio donde estuviera prestando o hubiera prestado los servicios, debiendo señalarse en el
mismo la fecha de toma de posesión y la fecha de cese; este documento podrá ser presentado,
igualmente, mediante copia compulsada o mediante documento en que conste el código
seguro de verificación (csv) o equivalente. Si a la fecha de finalización del plazo para la
presentación de instancias se estuviera prestando servicios, el cómputo del tiempo prestado se
entenderá a esta fecha. La ausencia de alguno de estos documentos conllevará que no se
valoren los servicios prestados señalados.
d) Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del
certificado correspondiente, mediante copia del título compulsado, o mediante documento en
que conste el código seguro de verificación (csv) o equivalente debiendo constar el número de
horas de formación; si no constaren estas, no se tendrá en cuenta.
La puntuación total de la fase de concurso no podrá exceder de 20 puntos.
La puntuación final del proceso de formación de bolsa será el resultado de sumar las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
El Tribunal calificador y de valoración, tras valorar el concurso-oposición, publicará en el Tablón de
Anuncios municipal y en la sede electrónica la relación de los aspirantes que han superado el
proceso para forma parte de la bolsa, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I. y la
valoración obtenida en las distintas fases.
En el caso de empate en la calificación final, se dará prioridad al aspirante que tenga mayor
puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la obtención de la mayor
puntuación en los méritos previstos en la base SEXTA.3.d). Si continuase el empate se atenderá al
orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra resultante del sorteo público realizado
BOCM-20250401-79
SÉPTIMA. Selección de candidatos, propuesta de nombramiento y creación de la Bolsa
de Trabajo.
Pág. 410
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
B.O.C.M. Núm. 77
Licenciado en Sociología, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Licenciado
en Economía, Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de Grado
correspondiente. Se valorará con 2 puntos por titulación, hasta un máximo de 4 puntos. No
será objeto de valoración la titulación presentada para participar en la formación de la presente
bolsa, atendiendo a lo previsto en la base SEGUNDA.d) de las presentes bases.
d) Haber prestado servicios con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de la
Comunidad de Madrid. Se puntuará 0,20 punto por mes trabajado, hasta un máximo de 5 puntos.
e) Haber prestado servicios con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de
otras Comunidades Autónomas. Se puntuará 0,10 punto por mes trabajado, hasta un máximo
de 3 puntos.
f) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorará la participación en cursos de formación
y perfeccionamiento sobre materias relacionadas directamente con el puesto de trabajo,
impartidos por centros oficiales de formación, entendiendo por tales los impartidos por
cualquier Administración Pública y aquellos que no teniendo consideración de Administración
Pública hayan sido realizados en el marco de un Plan de Formación Continua de empleados
públicos (y así conste en su certificado o título), hasta un máximo de 2 puntos, según la
siguiente escala:
-
Cursos de hasta 15 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.
Cursos de 16 hasta 40 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.
Cursos de 41 a 100 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.
Cursos de más de 101 horas lectivas: 0,80 puntos por curso.
4. Forma de acreditación de los méritos:
a) La superación de los ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas
por el Estado para el acceso libre a la Subescala o subescalas correspondientes se acreditará
mediante certificado del INAP.
b) La titulación distinta a la presentada para participar en la formación de la presente bolsa se
acreditará mediante copia simple de cada título.
c) Los servicios prestados con nombramiento interino en un puesto de trabajo reservado a
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de la
Comunidad de Madrid u otras Comunidades Autónomas se acreditarán con la aportación de
TODOS los siguientes documentos: 1) Informe de vida laboral actualizado, 2) copia del
nombramiento o nombramientos preceptivos, y 3) certificado original de Secretaría del
municipio donde estuviera prestando o hubiera prestado los servicios, debiendo señalarse en el
mismo la fecha de toma de posesión y la fecha de cese; este documento podrá ser presentado,
igualmente, mediante copia compulsada o mediante documento en que conste el código
seguro de verificación (csv) o equivalente. Si a la fecha de finalización del plazo para la
presentación de instancias se estuviera prestando servicios, el cómputo del tiempo prestado se
entenderá a esta fecha. La ausencia de alguno de estos documentos conllevará que no se
valoren los servicios prestados señalados.
d) Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación del
certificado correspondiente, mediante copia del título compulsado, o mediante documento en
que conste el código seguro de verificación (csv) o equivalente debiendo constar el número de
horas de formación; si no constaren estas, no se tendrá en cuenta.
La puntuación total de la fase de concurso no podrá exceder de 20 puntos.
La puntuación final del proceso de formación de bolsa será el resultado de sumar las puntuaciones
obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
El Tribunal calificador y de valoración, tras valorar el concurso-oposición, publicará en el Tablón de
Anuncios municipal y en la sede electrónica la relación de los aspirantes que han superado el
proceso para forma parte de la bolsa, con expresión de su nombre y apellidos, D.N.I. y la
valoración obtenida en las distintas fases.
En el caso de empate en la calificación final, se dará prioridad al aspirante que tenga mayor
puntuación en la fase de oposición. De persistir el empate se atenderá a la obtención de la mayor
puntuación en los méritos previstos en la base SEXTA.3.d). Si continuase el empate se atenderá al
orden alfabético del primer apellido, comenzando por la letra resultante del sorteo público realizado
BOCM-20250401-79
SÉPTIMA. Selección de candidatos, propuesta de nombramiento y creación de la Bolsa
de Trabajo.