Fresnedillas de la Oliva (BOCM-20250401-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE ABRIL DE 2025
Pág. 409
áreas de conocimiento exigidas para participar. Estará integrado por los siguientes miembros titulares
y sus respectivos suplentes: un Presidente, un Secretario y tres vocales.
La pertenencia a este Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, sin que su número pueda ser inferior a
tres. Todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la forma de
actuación en los casos no previstos serán resueltas por el Tribunal.
A la abstención y recusación de los miembros del Tribunal se aplicarán los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
El sistema de selección será el concurso-oposición.
La fase de oposición será previa a la del concurso y consistirá en la realización de un ejercicio de
aptitud eliminatorio y obligatorio para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición, y por
ello del procedimiento de formación de la bolsa, quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza
mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su
personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los
aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición.
FASE DE OPOSICIÓN:
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas-test con cuatro respuestas
alternativas relacionadas con el temario del Anexo III de las presentes bases en el tiempo máximo
que fije el Tribunal. Sólo una respuesta de las cuatro opciones dadas será la correcta.
El ejercicio se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener la calificación de 5.
Cada respuesta correcta se valorará con 0,20 puntos. Las contestaciones erróneas se valorarán
negativamente con una penalización de 0,05 puntos por error. Las contestaciones en blanco no
penalizarán.
En los casos en que consten varias respuestas a una misma pregunta, sin que el opositor haya
mencionado de forma expresa cuál de ellas es la definitiva y que se deba tener por única, no se
tendrán en consideración y se tendrá por no contestada. De identificarse claramente cuál es la
respuesta definitiva, porque así conste expresa e inequívocamente, se seguirá lo dispuesto
anteriormente en esta base.
FASE DE CONCURSO:
1. Esta fase, consiste en la comprobación y valoración de los méritos de las personas aspirantes y
no tendrá carácter eliminatorio.
2. Se valorarán los méritos referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de
instancias. Dicha documentación se presentará en el momento de presentación de
instancias. No serán baremados por el Tribunal aquellos méritos aportados con posterioridad a la
fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
3. Se valorarán los siguientes méritos:
a) Superación de ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas por el
b) Superación de ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas por el
Estado para el acceso libre a las Subescalas de Secretaría e Intervención de la Escala de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Se valorará cada
ejercicio superado con 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.
c) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o cumplir con los
requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración,
BOCM-20250401-79
Estado para el acceso libre a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Se valorará cada
ejercicio superado con 1 punto, hasta un máximo de 4 puntos.
B.O.C.M. Núm. 77
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Pág. 409
áreas de conocimiento exigidas para participar. Estará integrado por los siguientes miembros titulares
y sus respectivos suplentes: un Presidente, un Secretario y tres vocales.
La pertenencia a este Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia
de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, sin que su número pueda ser inferior a
tres. Todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la forma de
actuación en los casos no previstos serán resueltas por el Tribunal.
A la abstención y recusación de los miembros del Tribunal se aplicarán los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso.
El sistema de selección será el concurso-oposición.
La fase de oposición será previa a la del concurso y consistirá en la realización de un ejercicio de
aptitud eliminatorio y obligatorio para los aspirantes.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición, y por
ello del procedimiento de formación de la bolsa, quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza
mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su
personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Finalizada la fase de oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los
aspirantes que hayan sido considerados como aptos en la citada fase de oposición.
FASE DE OPOSICIÓN:
Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas-test con cuatro respuestas
alternativas relacionadas con el temario del Anexo III de las presentes bases en el tiempo máximo
que fije el Tribunal. Sólo una respuesta de las cuatro opciones dadas será la correcta.
El ejercicio se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener la calificación de 5.
Cada respuesta correcta se valorará con 0,20 puntos. Las contestaciones erróneas se valorarán
negativamente con una penalización de 0,05 puntos por error. Las contestaciones en blanco no
penalizarán.
En los casos en que consten varias respuestas a una misma pregunta, sin que el opositor haya
mencionado de forma expresa cuál de ellas es la definitiva y que se deba tener por única, no se
tendrán en consideración y se tendrá por no contestada. De identificarse claramente cuál es la
respuesta definitiva, porque así conste expresa e inequívocamente, se seguirá lo dispuesto
anteriormente en esta base.
FASE DE CONCURSO:
1. Esta fase, consiste en la comprobación y valoración de los méritos de las personas aspirantes y
no tendrá carácter eliminatorio.
2. Se valorarán los méritos referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de
instancias. Dicha documentación se presentará en el momento de presentación de
instancias. No serán baremados por el Tribunal aquellos méritos aportados con posterioridad a la
fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
3. Se valorarán los siguientes méritos:
a) Superación de ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas por el
b) Superación de ejercicios de acceso por oposición libre en las convocatorias realizadas por el
Estado para el acceso libre a las Subescalas de Secretaría e Intervención de la Escala de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Se valorará cada
ejercicio superado con 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.
c) Titulación: Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o cumplir con los
requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes: Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de la Administración,
BOCM-20250401-79
Estado para el acceso libre a la Subescala de Secretaría-Intervención de la Escala de
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Se valorará cada
ejercicio superado con 1 punto, hasta un máximo de 4 puntos.