A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250328-1)
Planes de estudios – Decreto 8/2025, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican nueve decretos por los que se establecen para la Comunidad de Madrid planes de estudios de cursos de especialización de formación profesional
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 22
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 74
Cuatro. Se suprime el apartado 2 del artículo 9, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 9
Requisitos de los centros
1. Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros educativos para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza del curso de especialización en Cultivos celulares deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11 y en el anexo II del Real
Decreto 93/2019, de 1 de marzo.
El aula polivalente tendrá una superficie mínima de sesenta metros cuadrados para
treinta alumnos, en el caso de autorizarse unidades escolares con ratios inferiores a treinta
alumnos, el aula polivalente deberá tener una superficie de dos metros cuadrados por alumno, con un mínimo de cuarenta metros cuadrados. El laboratorio de cultivos celulares tendrá una superficie mínima de cien metros cuadrados.
2. Además, deberán cumplir la normativa sobre diseño para todos y accesibilidad
universal, sobre prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo”.
Cinco. El artículo 10 queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 10
Requisitos de acceso al curso de especialización
1. Para acceder al curso de especialización en Cultivos celulares es necesario estar
en posesión de alguno de los siguientes títulos:
a) Técnico Superior en Laboratorio de análisis y de control de calidad.
b) Técnico Superior en Fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
c) Técnico Superior en Laboratorio clínico y biomédico.
d) Técnico Superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico.
e) Técnico Superior en Química y salud ambiental.
2. Además, en caso de contar con disponibilidad de plazas, podrán acceder al curso
de especialización aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 121.2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio”.
Seis. El título y el contenido del artículo 11 quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 11
Fase de formación en empresa
Este curso de especialización incluirá obligatoriamente un período de formación en
empresa u organismo equiparado. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, podrán ofertarlo en el régimen general o en el régimen intensivo. En el caso de los centros públicos, la
dirección general con competencias en materia de Formación Profesional autorizará la oferta de estas enseñanzas en régimen intensivo”.
Siete. Se modifica el anexo I, que pasa a denominarse “anexo”, y queda redactado
como sigue:
ANEXO
ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y DISTRIBUCIÓN HORARIA SEMANAL
Familia profesional: QUÍMICA
Curso de especialización: Cultivos celulares
Duración: 600 horas
Código: QUIES01
MÓDULOS PROFESIONALES
Código
Denominación
CENTRO DOCENTE
Créditos
ECTS
Duración
del currículo
(horas)
Carga lectiva 1er
Carga lectiva 1.er periodo
periodo(25 semanas)
en un cuatrimestre
(horas/semana)
(horas/semana)
5001
Cultivos celulares
8
190
6
8
5002
Técnicas complementarias en cultivos celulares
8
125
4
5
5003
Normas de calidad y regulación aplicables a cultivos
celulares
3
80
2
3
5004
Laboratorio de cultivos celulares
4
80
2
3
5005
Aplicaciones de cultivos celulares
6
125
4
5
600
18
24
TOTALES
Este curso de especialización incluirá obligatoriamente un periodo de formación en empresa u organismo equiparado.
BOCM-20250328-1
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 22
VIERNES 28 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 74
Cuatro. Se suprime el apartado 2 del artículo 9, que queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 9
Requisitos de los centros
1. Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros educativos para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza del curso de especialización en Cultivos celulares deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11 y en el anexo II del Real
Decreto 93/2019, de 1 de marzo.
El aula polivalente tendrá una superficie mínima de sesenta metros cuadrados para
treinta alumnos, en el caso de autorizarse unidades escolares con ratios inferiores a treinta
alumnos, el aula polivalente deberá tener una superficie de dos metros cuadrados por alumno, con un mínimo de cuarenta metros cuadrados. El laboratorio de cultivos celulares tendrá una superficie mínima de cien metros cuadrados.
2. Además, deberán cumplir la normativa sobre diseño para todos y accesibilidad
universal, sobre prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo”.
Cinco. El artículo 10 queda redactado con el siguiente tenor literal:
“Artículo 10
Requisitos de acceso al curso de especialización
1. Para acceder al curso de especialización en Cultivos celulares es necesario estar
en posesión de alguno de los siguientes títulos:
a) Técnico Superior en Laboratorio de análisis y de control de calidad.
b) Técnico Superior en Fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
c) Técnico Superior en Laboratorio clínico y biomédico.
d) Técnico Superior en Anatomía patológica y citodiagnóstico.
e) Técnico Superior en Química y salud ambiental.
2. Además, en caso de contar con disponibilidad de plazas, podrán acceder al curso
de especialización aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 121.2 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio”.
Seis. El título y el contenido del artículo 11 quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 11
Fase de formación en empresa
Este curso de especialización incluirá obligatoriamente un período de formación en
empresa u organismo equiparado. Los centros, en el ejercicio de su autonomía, podrán ofertarlo en el régimen general o en el régimen intensivo. En el caso de los centros públicos, la
dirección general con competencias en materia de Formación Profesional autorizará la oferta de estas enseñanzas en régimen intensivo”.
Siete. Se modifica el anexo I, que pasa a denominarse “anexo”, y queda redactado
como sigue:
ANEXO
ORGANIZACIÓN ACADÉMICA Y DISTRIBUCIÓN HORARIA SEMANAL
Familia profesional: QUÍMICA
Curso de especialización: Cultivos celulares
Duración: 600 horas
Código: QUIES01
MÓDULOS PROFESIONALES
Código
Denominación
CENTRO DOCENTE
Créditos
ECTS
Duración
del currículo
(horas)
Carga lectiva 1er
Carga lectiva 1.er periodo
periodo(25 semanas)
en un cuatrimestre
(horas/semana)
(horas/semana)
5001
Cultivos celulares
8
190
6
8
5002
Técnicas complementarias en cultivos celulares
8
125
4
5
5003
Normas de calidad y regulación aplicables a cultivos
celulares
3
80
2
3
5004
Laboratorio de cultivos celulares
4
80
2
3
5005
Aplicaciones de cultivos celulares
6
125
4
5
600
18
24
TOTALES
Este curso de especialización incluirá obligatoriamente un periodo de formación en empresa u organismo equiparado.
BOCM-20250328-1
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior