C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250322-2)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A. (Código número 28001422011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 69
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE MARZO DE 2025
Pág. 75
7.23. Estabilidad en los Grupos de Libranza.
En el seno de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio, en relación al “Documento que
sirvió de Base para desarrollar el sistema de asignación del grupo de libre al personal de
conducción en línea”, que permite el mantenimiento del Grupo de Libre durante la vida laboral de
estos y cuyo texto, consignado en el Punto 7.23 del Convenio Colectivo 2021-2023, se da aquí por
reproducido, se definirán con detalle las modificaciones que pudieran producirse sobre el régimen
de asignación de grupos de libranza, el procedimiento para conservar dicho grupo de libranza a lo
largo del tiempo, con las salvedades necesarias y la compatibilidad de todo ello con el procedimiento
de asignación de turnos en líneas en las que se produzcan variaciones de su número en cualquiera
de sus prestaciones.
El mantenimiento del Grupo de Libre durante la vida laboral de la persona trabajadora se aplicará en
aquellos otros colectivos/departamentos, distintos al del personal de conducción de autobuses con
servicio en línea, en los que sea viable y las personas trabajadoras adscritas a los mismos así lo
quieran.
7.24. Tiempo para contestar peticiones de aclaraciones fuera del horario de trabajo.
Todo el personal que tengan que cumplimentar una Petición de Aclaraciones y la resolución del
expediente no conlleve aplicación de sanción alguna, o que en el caso de ser sancionada la persona
trabajadora obtenga una resolución judicial favorable, la empresa le generará un tiempo de 15
minutos en el contador de minutos acumulados, en concepto de compensación por el tiempo
dedicado por parte de la persona trabajadora a cumplimentar el citado Parte de Aclaraciones.
7.25. Tiempo para rellenar partes de colisión y/o lesionados/as.
Todo el personal que tengan que cumplimentar un parte de colisión y/o lesionados/as fuera del
horario de trabajo, la Empresa le generará un tiempo de 10 minutos en el contador de minutos
acumulados, en concepto de compensación por el tiempo dedicado por parte de la persona
trabajadora a cumplimentar los citados partes, siempre que se verifique la adecuada confección de
estos, hasta un máximo de cuatro partes por año.
7.26. Días Canosos.
Aquel personal que cumpla 30 años o más en la Empresa y que no se encuentre en situación de
jubilación parcial, generará dos libres anualmente para su libranza, que quedará consolidado hasta
la jubilación total o parcial. Uno de estos dos días podrá utilizarse para descontar prestaciones en
período de jubilación parcial, en cuyo caso la Empresa le generará uno más para descontar
prestaciones en ese período.
Aquel personal que cumpla 25 años o más en la Empresa y que no se encuentre en situación de
jubilación parcial, generará un día libre anualmente para su libranza, hasta que cumpla 30 años de
servicio en la empresa.
7.27. Petición de turnos Cuadro de Verano.
En el cuadro de verano, el personal de conductores/as de autobuses con servicio en línea solicitará
turno conforme a lo pactado en la Comisión de Coordinación de fecha 24 de mayo de 2018.
La Dirección de Servicios de Transporte, con el apoyo de la Dirección de Recursos Humanos,
adoptará las medidas (con recursos a su disposición) para la realización de un protocolo que
homogenice y dé uniformidad a las actuaciones del personal de SAE.
7.29. Documentación por correo electrónico.
El desarrollo de la herramienta/plataforma denominada “Gestión documental”, posibilitará, a través
del Portal del empleado, el envío de distintas peticiones y partes de incidencias diversos (accidentes
y lesiones, aclaraciones, incidencias varias, etc.).
BOCM-20250322-2
7.28. Protocolo de actuación del S.A.E.
B.O.C.M. Núm. 69
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE MARZO DE 2025
Pág. 75
7.23. Estabilidad en los Grupos de Libranza.
En el seno de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio, en relación al “Documento que
sirvió de Base para desarrollar el sistema de asignación del grupo de libre al personal de
conducción en línea”, que permite el mantenimiento del Grupo de Libre durante la vida laboral de
estos y cuyo texto, consignado en el Punto 7.23 del Convenio Colectivo 2021-2023, se da aquí por
reproducido, se definirán con detalle las modificaciones que pudieran producirse sobre el régimen
de asignación de grupos de libranza, el procedimiento para conservar dicho grupo de libranza a lo
largo del tiempo, con las salvedades necesarias y la compatibilidad de todo ello con el procedimiento
de asignación de turnos en líneas en las que se produzcan variaciones de su número en cualquiera
de sus prestaciones.
El mantenimiento del Grupo de Libre durante la vida laboral de la persona trabajadora se aplicará en
aquellos otros colectivos/departamentos, distintos al del personal de conducción de autobuses con
servicio en línea, en los que sea viable y las personas trabajadoras adscritas a los mismos así lo
quieran.
7.24. Tiempo para contestar peticiones de aclaraciones fuera del horario de trabajo.
Todo el personal que tengan que cumplimentar una Petición de Aclaraciones y la resolución del
expediente no conlleve aplicación de sanción alguna, o que en el caso de ser sancionada la persona
trabajadora obtenga una resolución judicial favorable, la empresa le generará un tiempo de 15
minutos en el contador de minutos acumulados, en concepto de compensación por el tiempo
dedicado por parte de la persona trabajadora a cumplimentar el citado Parte de Aclaraciones.
7.25. Tiempo para rellenar partes de colisión y/o lesionados/as.
Todo el personal que tengan que cumplimentar un parte de colisión y/o lesionados/as fuera del
horario de trabajo, la Empresa le generará un tiempo de 10 minutos en el contador de minutos
acumulados, en concepto de compensación por el tiempo dedicado por parte de la persona
trabajadora a cumplimentar los citados partes, siempre que se verifique la adecuada confección de
estos, hasta un máximo de cuatro partes por año.
7.26. Días Canosos.
Aquel personal que cumpla 30 años o más en la Empresa y que no se encuentre en situación de
jubilación parcial, generará dos libres anualmente para su libranza, que quedará consolidado hasta
la jubilación total o parcial. Uno de estos dos días podrá utilizarse para descontar prestaciones en
período de jubilación parcial, en cuyo caso la Empresa le generará uno más para descontar
prestaciones en ese período.
Aquel personal que cumpla 25 años o más en la Empresa y que no se encuentre en situación de
jubilación parcial, generará un día libre anualmente para su libranza, hasta que cumpla 30 años de
servicio en la empresa.
7.27. Petición de turnos Cuadro de Verano.
En el cuadro de verano, el personal de conductores/as de autobuses con servicio en línea solicitará
turno conforme a lo pactado en la Comisión de Coordinación de fecha 24 de mayo de 2018.
La Dirección de Servicios de Transporte, con el apoyo de la Dirección de Recursos Humanos,
adoptará las medidas (con recursos a su disposición) para la realización de un protocolo que
homogenice y dé uniformidad a las actuaciones del personal de SAE.
7.29. Documentación por correo electrónico.
El desarrollo de la herramienta/plataforma denominada “Gestión documental”, posibilitará, a través
del Portal del empleado, el envío de distintas peticiones y partes de incidencias diversos (accidentes
y lesiones, aclaraciones, incidencias varias, etc.).
BOCM-20250322-2
7.28. Protocolo de actuación del S.A.E.