Villalbilla (BOCM-20250321-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento Utilización Instalaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 68

2. El vaso de chapoteo, se utilizarán prioritariamente para la recreación y el aprendizaje de la
natación, y en su caso solo para menores de 6 años, estando prohibido que los mayores de esa
edad se introduzcan en el mismo.
Artículo 15
El personal socorrista de la instalación, que estará identificado, será el responsable de hacer
cumplir a todos los usuarios las normas de uso de esta, pudiendo, en su caso, expulsar del recinto
a quienes incumplan el contenido de estas Normas.
Artículo 16
En horario de cursos o programas que este Ayuntamiento organice, solo podrán estar dentro del
recinto los alumnos inscritos, para la correcta impartición de la actividad es preferible la no entrada
de padres, familiares o acompañantes de los mismos, (excepto grupos especiales que necesiten
de su ayuda).
Los usuarios de estas actividades deberán estar en las instalaciones 10 minutos antes, como
máximo, para cambiarse en los vestuarios y acceder a sus clases.
Una vez que comiencen las clases del turno correspondiente se cerrarán los accesos a la piscina
hasta un nuevo turno.

Capítulo quinto
Normas disciplinarias y de seguridad
Artículo 17
Con el fin de conseguir un buen funcionamiento de la piscina, posibilitando en todo momento el
desenvolvimiento regular de las diferentes modalidades de baño, se establecen las siguientes
normas, que persiguen fundamentalmente el fomento de hábitos higiénicos, el cuidado y
mantenimiento de las instalaciones y la prevención de riesgos de todo tipo:
a) Deberán respetarse los espacios reservados a los diferentes usos de la instalación deportiva.
b) Prohibición de entrada a la zona de baño con ropa o calzado de calle. Es obligatorio el uso de
zapatillas de baño en aseos, vestuarios y playas de piscina.
c) Se prohíbe comer en todo el recinto, (excepto en el espacio reservado para tal uso) así cómo
utilizar envases de vidrio, excepto en el bar.
d) Se prohíbe ensuciar el agua e instalaciones de las piscinas con prácticas antihigiénicas.
e) Se prohíbe la realización de juegos y prácticas peligrosas, correr, zambullirse violentamente,
arrojar objetos, etc. y, en general, todos aquellos actos que dificulten obstaculicen o impidan el
desarrollo de las actividades que se lleven a cabo.
f) Antes y después del baño es obligatorio ducharse.
g) Deberá hacerse en todo momento un uso adecuado de las instalaciones, respetando tanto a los
diferentes usuarios, utilizando las zonas acotadas para los distintos usos, como al personal que
atiende las instalaciones.

i) No podrán bañarse las personas que padezcan o tengan sospecha de padecer alguna
enfermedad infectocontagiosa, especialmente cutánea.
j) Deben observarse puntualmente las instrucciones del socorrista de la piscina.
k) Se prohíbe introducir en los recintos de la playa, tumbonas, sombrillas o accesorios similares.
Así como acampar en todo el recinto. Sacar mobiliario de la zona del bar.

BOCM-20250321-61

h) Se prohíbe el uso de aletas, colchonetas, gafas de cristal, pelotas o cualquier otro elemento que
pueda dañar o molestar a los usuarios.