C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20250321-8)
Organización y delegación competencias – Decreto rectoral 4/2025, de 10 de marzo, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa
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B.O.C.M. Núm. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025
d) La gestión de programas propios de becas, bolsas de viaje y otras ayudas personales para la formación de investigadores, estancias y desplazamientos de profesorado y personal becado en otros centros.
e) El seguimiento de las actividades de investigación y transferencia de los institutos
y centros de investigación.
f) La propuesta de creación, modificación y supresión de los Centros de Asistencia a
la Investigación y la elevación al rector de la propuesta de nombramiento y cese
de sus directores o directoras, así como del director o directora ejecutivo/a.
g) El nombramiento y cese de los/las directores/as de las Unidades de Apoyo a la Investigación de los Centros de Asistencia a la Investigación y la elección de los profesores y las profesoras y miembros del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Comisión Técnica de los Centros de Asistencia a la
Investigación.
h) El diseño y coordinación de las actividades relacionadas con la innovación y el
emprendimiento científico del PDI-UCM mediante la planificación de la actividad formativa, el desarrollo de actividades de valorización y comercialización de
tecnologías, con un enfoque dirigido al mercado, y la captación de recursos y visibilización de la innovación y el emprendimiento científico en todos los ámbitos.
i) El ejercicio de las competencias que, en materia de autorización de contratos, se
contienen en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en los Estatutos de la Universidad.
j) La autorización y solicitud de inscripción y registro de patentes, prototipos y restantes modalidades de la propiedad industrial.
k) La autorización y solicitud de inscripción y registro de obras originales literarias,
artísticas o científicas, en el Registro de Propiedad Intelectual o ente de similares
funciones.
l) La firma, en nombre de la Universidad Complutense, de las escrituras de constitución de Empresas de Transferencia de Conocimiento Universitario en cuyo capital social participe la Universidad, de conformidad con la normativa vigente, así
como de las escrituras de ampliación de capital y del resto de actos societarios que
requieran la firma o la presencia del representante de la Universidad; así como la
intervención en otros actos relacionados con las Empresas de Transferencia de
Conocimiento Universitario, como la asistencia a las juntas generales o a los consejos de administración, entre otros.
m) La adquisición, enajenación, gravamen o defensa de derechos de propiedad intelectual o industrial.
n) La adopción de decisiones sobre infraestructura, dotaciones o investigación en relación con la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación y cualquier
otra iniciativa de apoyo a la investigación.
o) La firma de acuerdos de confidencialidad y acuerdos de transferencia de material.
p) La firma de convenios de investigación, así como la presentación de ofertas y la
firma de contratos con otras Administraciones Públicas, cualquiera que sea su ámbito, en los que la Universidad resulte adjudicataria, de conformidad con la legislación de contratos del sector público.
q) El desarrollo de la política de relaciones con las empresas y otras instituciones públicas y privadas que favorezcan la visibilidad y la transferencia de la labor investigadora de la Universidad, sin menoscabo de las competencias delegadas a otros
Vicerrectorados.
r) La promoción y facilitación de la participación de la Universidad Complutense en
programas de financiación a las actividades de investigación e innovación con financiación internacional.
s) La firma de los acuerdos y documentos necesarios para la solicitud, puesta en marcha, seguimiento y correcta finalización de proyectos de investigación e innovación de la Universidad Complutense con financiación internacional.
t) La dirección de la política bibliotecaria y la mejora de los servicios bibliotecarios.
u) Las relaciones con la Fundación Parque Científico de Madrid.
v) La supervisión de la política desarrollada por la Fundación General de la Universidad
Complutense de Madrid en materia de gestión de la investigación y transferencia.
w) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.
x) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
Pág. 29
BOCM-20250321-8
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE MARZO DE 2025
d) La gestión de programas propios de becas, bolsas de viaje y otras ayudas personales para la formación de investigadores, estancias y desplazamientos de profesorado y personal becado en otros centros.
e) El seguimiento de las actividades de investigación y transferencia de los institutos
y centros de investigación.
f) La propuesta de creación, modificación y supresión de los Centros de Asistencia a
la Investigación y la elevación al rector de la propuesta de nombramiento y cese
de sus directores o directoras, así como del director o directora ejecutivo/a.
g) El nombramiento y cese de los/las directores/as de las Unidades de Apoyo a la Investigación de los Centros de Asistencia a la Investigación y la elección de los profesores y las profesoras y miembros del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Comisión Técnica de los Centros de Asistencia a la
Investigación.
h) El diseño y coordinación de las actividades relacionadas con la innovación y el
emprendimiento científico del PDI-UCM mediante la planificación de la actividad formativa, el desarrollo de actividades de valorización y comercialización de
tecnologías, con un enfoque dirigido al mercado, y la captación de recursos y visibilización de la innovación y el emprendimiento científico en todos los ámbitos.
i) El ejercicio de las competencias que, en materia de autorización de contratos, se
contienen en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en los Estatutos de la Universidad.
j) La autorización y solicitud de inscripción y registro de patentes, prototipos y restantes modalidades de la propiedad industrial.
k) La autorización y solicitud de inscripción y registro de obras originales literarias,
artísticas o científicas, en el Registro de Propiedad Intelectual o ente de similares
funciones.
l) La firma, en nombre de la Universidad Complutense, de las escrituras de constitución de Empresas de Transferencia de Conocimiento Universitario en cuyo capital social participe la Universidad, de conformidad con la normativa vigente, así
como de las escrituras de ampliación de capital y del resto de actos societarios que
requieran la firma o la presencia del representante de la Universidad; así como la
intervención en otros actos relacionados con las Empresas de Transferencia de
Conocimiento Universitario, como la asistencia a las juntas generales o a los consejos de administración, entre otros.
m) La adquisición, enajenación, gravamen o defensa de derechos de propiedad intelectual o industrial.
n) La adopción de decisiones sobre infraestructura, dotaciones o investigación en relación con la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación y cualquier
otra iniciativa de apoyo a la investigación.
o) La firma de acuerdos de confidencialidad y acuerdos de transferencia de material.
p) La firma de convenios de investigación, así como la presentación de ofertas y la
firma de contratos con otras Administraciones Públicas, cualquiera que sea su ámbito, en los que la Universidad resulte adjudicataria, de conformidad con la legislación de contratos del sector público.
q) El desarrollo de la política de relaciones con las empresas y otras instituciones públicas y privadas que favorezcan la visibilidad y la transferencia de la labor investigadora de la Universidad, sin menoscabo de las competencias delegadas a otros
Vicerrectorados.
r) La promoción y facilitación de la participación de la Universidad Complutense en
programas de financiación a las actividades de investigación e innovación con financiación internacional.
s) La firma de los acuerdos y documentos necesarios para la solicitud, puesta en marcha, seguimiento y correcta finalización de proyectos de investigación e innovación de la Universidad Complutense con financiación internacional.
t) La dirección de la política bibliotecaria y la mejora de los servicios bibliotecarios.
u) Las relaciones con la Fundación Parque Científico de Madrid.
v) La supervisión de la política desarrollada por la Fundación General de la Universidad
Complutense de Madrid en materia de gestión de la investigación y transferencia.
w) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.
x) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial
en las materias propias de su competencia.
Pág. 29
BOCM-20250321-8
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