Alcalá de Henares (BOCM-20250317-50)
Urbanismo. Plan parcial
20 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 64
LUNES 17 DE MARZO DE 2025
3.2.3.2.3
Pág. 221
Objeto del documento
El objeto de la presente modificación puntual del Plan Parcial es la modificación del régimen de usos
de la norma nº 3-Deportivo para la introducción de una serie de actividades bajo el régimen de usos
compatibles con el característico, y por tanto limitados al 25% de su superficie. Con ello se pretende
complementar y mejorar las prestaciones de las instalaciones deportivas, con los mismos criterios
recogidos en la Clave 41 “Equipamiento deportivo intensivo” que es la norma de referencia del PGOU
para las parcelas deportivas de la ciudad. La introducción de los usos compatibles propuestos
permitirá a las instalaciones deportivas disponer de oficinas propias de la gestión del centro, de una
cafetería para prestar servicio a sus usuarios, o algunas salas polivalentes para ampliar el abanico
de servicios que puedan prestarse como servicio público.
El ámbito de aplicación de la presente Modificación Puntual se circunscribe a las parcelas de
equipamiento público P-11 y P-13 del Polígono 21-A “Ciudad del Aire”.
A petición del Servicio de Licencias del Ayuntamiento, adicionalmente y sin que sea el motivo de la
presente modificación, se considera procedente la corrección de una serie de errores y la
introducción de algunos incisos aclaratorios relativos a la Norma nº 1-Residencial, a la Norma nº 4Equipamiento social y comercial, al artº 3.3.2 y al artº 3.9.2. Estos incisos aclaratorios y subsanación
de errores no constituyen materia para una modificación de planeamiento y podrían ser objeto de la
publicación de un criterio de interpretación. No obstante, dado que se inicia una nueva modificación
del Plan Parcial se considera conveniente la corrección de estos aspectos, a fin de facilitar la
interpretación de la norma.
3.2.3.2.4
Análisis de impacto
De acuerdo con lo expuesto anteriormente el contenido de la modificación puntual tiene
como fin último mejorar las prestaciones de las instalaciones deportivas y potenciar la polivalencia
de los equipamientos públicos, lo que supone la puesta a disposición de la población de espacios
de relación sociales y culturales donde mejorar la convivencia.
La actuación se enmarca en la Línea de acción 3 de la “Guía para planificar ciudades
saludables”, que tiene por objetivos:
-
Configurar espacios de encuentro y convivencia para conseguir ciudades más solidarias y
menos desiguales, tratando de romper las burbujas de soledad y aislamiento que enfrentan
sistemáticamente a la ciudadanía entre sí.
-
Promover nuevos espacios de encuentro y convivencia servirá para salir del aislamiento, el
individualismo y la soledad no deseada, que desemboca en perjuicios sobre la salud de las
personas. Deben ser espacios que posibiliten el desarrollo de actividades que no
segmenten a los grupos de población, lugares pensados para provocar y facilitar el
encuentro y la interacción intergeneracional.
-
Desde el planeamiento y el diseño urbano, diseñar espacios de encuentro y convivencia
significa pensar en una red de espacios públicos con actividades para todas las personas,
teniendo en cuenta su diversidad (edad, género, diversidad funcional, país de origen, etc.),
próximos a las viviendas, bien sean de nueva creación o reacondicionados, que sirvan con
flexibilidad para encauzar actividades sociales, culturales, deportivas, educativas o de ocio
desde la escala local. Es fundamental incorporar la participación de la ciudadanía en el
diseño de estos espacios.
3.2.3.2.5
Valoración de impacto
Valoración del impacto sobre la infancia, la adolescencia y la familia: POSITIVO. El
documento permitirá configurar espacios de encuentro y convivencia para conseguir ciudades más
solidarias y menos desiguales.
BOCM-20250317-50
En este sentido, los espacios públicos con actividades variadas e intergeneracionales
buscarán la creación de redes de personas activas, combinando las actividades presenciales con
las virtuales, en base a intereses reales y comunes de la población, que se podrán conocer gracias
a la participación ciudadana.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 64
LUNES 17 DE MARZO DE 2025
3.2.3.2.3
Pág. 221
Objeto del documento
El objeto de la presente modificación puntual del Plan Parcial es la modificación del régimen de usos
de la norma nº 3-Deportivo para la introducción de una serie de actividades bajo el régimen de usos
compatibles con el característico, y por tanto limitados al 25% de su superficie. Con ello se pretende
complementar y mejorar las prestaciones de las instalaciones deportivas, con los mismos criterios
recogidos en la Clave 41 “Equipamiento deportivo intensivo” que es la norma de referencia del PGOU
para las parcelas deportivas de la ciudad. La introducción de los usos compatibles propuestos
permitirá a las instalaciones deportivas disponer de oficinas propias de la gestión del centro, de una
cafetería para prestar servicio a sus usuarios, o algunas salas polivalentes para ampliar el abanico
de servicios que puedan prestarse como servicio público.
El ámbito de aplicación de la presente Modificación Puntual se circunscribe a las parcelas de
equipamiento público P-11 y P-13 del Polígono 21-A “Ciudad del Aire”.
A petición del Servicio de Licencias del Ayuntamiento, adicionalmente y sin que sea el motivo de la
presente modificación, se considera procedente la corrección de una serie de errores y la
introducción de algunos incisos aclaratorios relativos a la Norma nº 1-Residencial, a la Norma nº 4Equipamiento social y comercial, al artº 3.3.2 y al artº 3.9.2. Estos incisos aclaratorios y subsanación
de errores no constituyen materia para una modificación de planeamiento y podrían ser objeto de la
publicación de un criterio de interpretación. No obstante, dado que se inicia una nueva modificación
del Plan Parcial se considera conveniente la corrección de estos aspectos, a fin de facilitar la
interpretación de la norma.
3.2.3.2.4
Análisis de impacto
De acuerdo con lo expuesto anteriormente el contenido de la modificación puntual tiene
como fin último mejorar las prestaciones de las instalaciones deportivas y potenciar la polivalencia
de los equipamientos públicos, lo que supone la puesta a disposición de la población de espacios
de relación sociales y culturales donde mejorar la convivencia.
La actuación se enmarca en la Línea de acción 3 de la “Guía para planificar ciudades
saludables”, que tiene por objetivos:
-
Configurar espacios de encuentro y convivencia para conseguir ciudades más solidarias y
menos desiguales, tratando de romper las burbujas de soledad y aislamiento que enfrentan
sistemáticamente a la ciudadanía entre sí.
-
Promover nuevos espacios de encuentro y convivencia servirá para salir del aislamiento, el
individualismo y la soledad no deseada, que desemboca en perjuicios sobre la salud de las
personas. Deben ser espacios que posibiliten el desarrollo de actividades que no
segmenten a los grupos de población, lugares pensados para provocar y facilitar el
encuentro y la interacción intergeneracional.
-
Desde el planeamiento y el diseño urbano, diseñar espacios de encuentro y convivencia
significa pensar en una red de espacios públicos con actividades para todas las personas,
teniendo en cuenta su diversidad (edad, género, diversidad funcional, país de origen, etc.),
próximos a las viviendas, bien sean de nueva creación o reacondicionados, que sirvan con
flexibilidad para encauzar actividades sociales, culturales, deportivas, educativas o de ocio
desde la escala local. Es fundamental incorporar la participación de la ciudadanía en el
diseño de estos espacios.
3.2.3.2.5
Valoración de impacto
Valoración del impacto sobre la infancia, la adolescencia y la familia: POSITIVO. El
documento permitirá configurar espacios de encuentro y convivencia para conseguir ciudades más
solidarias y menos desiguales.
BOCM-20250317-50
En este sentido, los espacios públicos con actividades variadas e intergeneracionales
buscarán la creación de redes de personas activas, combinando las actividades presenciales con
las virtuales, en base a intereses reales y comunes de la población, que se podrán conocer gracias
a la participación ciudadana.