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Convenio –  Convenio de 14 de febrero de 2025, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del “Máster de formación permanente en cuidados paliativos y tratamiento de soporte del enfermo con cáncer” en centros sanitarios del SERMAS
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE MARZO DE 2025

Pág. 153

5.3. La Universidad Autónoma de Madrid, se compromete a:
— Presentar el Programa de Prácticas Formativas estableciendo claramente objetivos, contenidos, actividades, identidad de los estudiantes, calendarios, sistemas de
evaluación.
— Proporcionar a los alumnos en prácticas una identificación como tales, que deberán llevar puesta mientras permanezcan en el centro de salud.
— Respetar el horario pactado en el centro para la realización de la formación práctica,
así como las normas de disciplina interna y de seguridad e higiene en el trabajo.
— Reconocer la labor del personal sanitario que colabore en las labores de docencia
teórico-prácticas, expidiendo un certificado de tutorización en el que conste el número de horas realizadas de acuerdo a su equivalencia en meses (un mes de tutoría efectiva equivale a 140 horas de tutoría).
— Poner a disposición de los dispositivos asistenciales las instalaciones de la biblioteca de la UAM para la consulta de recursos bibliográficos e instrumentales para
colaboraciones con los profesionales (investigaciones, reuniones científicas, etc.),
así como la posibilidad de asistir a programas de reciclaje, cursos, cursillos y otras
actividades académicas que organice, siempre de acuerdo con la normativa y procedimientos establecidos en las normas de la UAM.
— La UAM garantizará, mediante la correspondiente certificación, que los estudiantes que realicen las prácticas no poseen antecedentes de delitos sexuales, conforme a lo previsto en la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero, por la que se publica el
Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud,
por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas
destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los
alumnos y residentes en Ciencias de la Salud.
— La UAM, para el supuesto de que los estudiantes vayan a tener contacto habitual
con menores, deberán tener en consideración las prescripciones incluidas en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la
infancia y la adolescencia frente a la violencia.
— Cumplimentar el anexo VI de este convenio comprensivo de los datos de los estudiantes y de las prácticas afectadas, así como el nombre las personas responsables
de la tutela académica y profesional.
— Otras obligaciones. De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social, tanto las correspondientes a la gestión como al pago de las prestaciones, que se deriven del convenio, corresponderán a la UAM. En consecuencia, la ejecución del presente convenio no implicará obligación alguna, en materia de Seguridad Social, para la
Consejería de Sanidad ni para el Servicio Madrileño de Salud.
Sexta
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Consejería de Sanidad ni para el Servicio Madrileño de Salud.
La UAM realizará una compensación al SERMAS por la utilización de las instalaciones y recursos específicos necesarios para la formación práctica de los estudiantes del
“Máster de cuidados paliativos y tratamiento de soporte del paciente con cáncer” en centros sanitarios del SERMAS, concretada en: 110 euros por semana de rotación del alumno
que reciba formación práctica en cualquiera de los centros de Atención Primaria recogidos
en el anexo I. Este coste será con cargo al presupuesto del Master propio, según figura en
su memoria económica,
El pago de dicha compensación se realizará antes de septiembre/octubre del año en
curso, una vez la UAM determine los estudiantes que van a realizar las prácticas, mediante transferencia a la cuenta bancaria de la Tesorería de la Comunidad de Madrid que indique el SERMAS, y que a tal efecto será comunicada a la emisión de la factura.

BOCM-20250317-28

Condiciones económicas