C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250314-25)
Adscripción centro universitario – Orden 626/2025, de 27 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la adscripción del Centro Universitario HM de Ciencias de la Salud a la Universidad Camilo José Cela
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 151
— Cumplimiento de las exigencias contempladas en el citado Real Decreto 640/2021,
de 27 de julio, referidas a infraestructuras y dotaciones, y, en particular, la justificación de la formalización de los contratos de arrendamientos referidos a las instalaciones con las que contará el centro, tal y como se establece en el dispongo tercero de esta orden.
— Cumplimiento de las previsiones relativas al plan de desarrollo de la programación universitaria y de la programación plurianual de la actividad investigadora.
En particular, se deberá acreditar que se han implementado las medidas de mejora señaladas en el informe emitido el 8 de mayo de 2024 por la Fundación para el
Conocimiento Madri+d, en relación con la programación universitaria y la actividad investigadora del centro.
— Respecto de los planes de estudio que se implanten en el centro, se deberá presentar la siguiente documentación: Informe favorable del Fundación para el Conocimiento Madri+d, memorias correspondientes a los planes de estudios evaluados
y resolución favorable del Consejo de Universidades de modificación de los planes de estudio.
4. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos anteriores, la Comunidad
de Madrid podrá proceder a la autorización del inicio de actividades del centro, señalando
el curso académico en que se producirá el comienzo de la actividad académica.
Tercero
Sede del Centro. Instalaciones
1. El Centro Universitario HM de Ciencias de la Salud, tendrá su sede en la calle
Castillo de Alarcón, número 49, urbanización “Villafranca del Castillo”, 28692 Villanueva
de la Cañada (Madrid). Además, dispondrá de las instalaciones ubicadas en la avenida de
Montepríncipe, número 25, Urbanización “Montepríncipe”, 28660 Boadilla del Monte
(Madrid) y en la calle de Arapiles, número 8, 28015 Madrid.
2. El comienzo de la actividad docente en estas instalaciones podrá tener lugar siempre que se acredite la formalización de los contratos de arrendamiento que permitan el uso
por parte del centro, de las instalaciones señaladas en el apartado anterior. En cualquier
caso, el centro será el responsable de la obtención de cuantas otras licencias, permisos o
autorizaciones sean preceptivas para su puesta en funcionamiento.
3. En todo caso, el centro deberá garantizar que las instalaciones y dotaciones destinadas a la impartición de docencia y al desarrollo de actividades de investigación sean adecuadas para el uso universitario y suficientes para el número de estudiantes matriculados o
que previsiblemente se matricularán, por lo que se deberá respetar la capacidad máxima de
las instalaciones, así como el resto de requisitos que han sido contemplados y referidos en
el informe emitido por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de fecha 22 de
julio de 2024.
Cuarto
Régimen jurídico
Quinto
Seguimiento y control del centro
1. La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce esta autorización
estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad
titular del centro deberá poner en conocimiento de la Universidad Camilo José Cela dicha
modificación, quien solicitará a la dirección general competente en materia de Universida-
BOCM-20250314-25
El Centro Universitario HM de Ciencias de la Salud, cuyo titular es la sociedad CES
Medical, S. L., se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las normas dictadas por el Estado y las Comunidades Autónomas en
el ejercicio de sus competencias, por el Real Decreto 640/2021 de 27 de julio, de creación,
reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios; por el convenio de adscripción celebrado el 23 de abril
de 2024 entre la Universidad Camilo José Cela y la entidad titular del centro adscrito y por
sus propias normas de organización y funcionamiento, que, en todo caso, deberán respetar y
garantizar los principios constitucionales de libertad académica, manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio.
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MARZO DE 2025
Pág. 151
— Cumplimiento de las exigencias contempladas en el citado Real Decreto 640/2021,
de 27 de julio, referidas a infraestructuras y dotaciones, y, en particular, la justificación de la formalización de los contratos de arrendamientos referidos a las instalaciones con las que contará el centro, tal y como se establece en el dispongo tercero de esta orden.
— Cumplimiento de las previsiones relativas al plan de desarrollo de la programación universitaria y de la programación plurianual de la actividad investigadora.
En particular, se deberá acreditar que se han implementado las medidas de mejora señaladas en el informe emitido el 8 de mayo de 2024 por la Fundación para el
Conocimiento Madri+d, en relación con la programación universitaria y la actividad investigadora del centro.
— Respecto de los planes de estudio que se implanten en el centro, se deberá presentar la siguiente documentación: Informe favorable del Fundación para el Conocimiento Madri+d, memorias correspondientes a los planes de estudios evaluados
y resolución favorable del Consejo de Universidades de modificación de los planes de estudio.
4. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos anteriores, la Comunidad
de Madrid podrá proceder a la autorización del inicio de actividades del centro, señalando
el curso académico en que se producirá el comienzo de la actividad académica.
Tercero
Sede del Centro. Instalaciones
1. El Centro Universitario HM de Ciencias de la Salud, tendrá su sede en la calle
Castillo de Alarcón, número 49, urbanización “Villafranca del Castillo”, 28692 Villanueva
de la Cañada (Madrid). Además, dispondrá de las instalaciones ubicadas en la avenida de
Montepríncipe, número 25, Urbanización “Montepríncipe”, 28660 Boadilla del Monte
(Madrid) y en la calle de Arapiles, número 8, 28015 Madrid.
2. El comienzo de la actividad docente en estas instalaciones podrá tener lugar siempre que se acredite la formalización de los contratos de arrendamiento que permitan el uso
por parte del centro, de las instalaciones señaladas en el apartado anterior. En cualquier
caso, el centro será el responsable de la obtención de cuantas otras licencias, permisos o
autorizaciones sean preceptivas para su puesta en funcionamiento.
3. En todo caso, el centro deberá garantizar que las instalaciones y dotaciones destinadas a la impartición de docencia y al desarrollo de actividades de investigación sean adecuadas para el uso universitario y suficientes para el número de estudiantes matriculados o
que previsiblemente se matricularán, por lo que se deberá respetar la capacidad máxima de
las instalaciones, así como el resto de requisitos que han sido contemplados y referidos en
el informe emitido por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de fecha 22 de
julio de 2024.
Cuarto
Régimen jurídico
Quinto
Seguimiento y control del centro
1. La modificación de las condiciones bajo las cuales se produce esta autorización
estará sometida a la autorización previa de la Comunidad de Madrid. Para ello, la entidad
titular del centro deberá poner en conocimiento de la Universidad Camilo José Cela dicha
modificación, quien solicitará a la dirección general competente en materia de Universida-
BOCM-20250314-25
El Centro Universitario HM de Ciencias de la Salud, cuyo titular es la sociedad CES
Medical, S. L., se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por las normas dictadas por el Estado y las Comunidades Autónomas en
el ejercicio de sus competencias, por el Real Decreto 640/2021 de 27 de julio, de creación,
reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios; por el convenio de adscripción celebrado el 23 de abril
de 2024 entre la Universidad Camilo José Cela y la entidad titular del centro adscrito y por
sus propias normas de organización y funcionamiento, que, en todo caso, deberán respetar y
garantizar los principios constitucionales de libertad académica, manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio.