C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250312-23)
Plan estratégico subvenciones – Orden 538/2025, de 25 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
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BOCM
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
Educación y Universidades, para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, incorporando en el epígrafe IV.2 del Anexo en el ámbito del bilingüismo y calidad de la enseñanza en las subvenciones para premios, certámenes, concursos y torneos, dos apartados más, IV.2.11 y IV.2.12,
que recojan las líneas de ayuda de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de
Grado Básico y Grado Medio en el ámbito de la Comunidad de Madrid y de los Premios Extraordinarios de Educación Primaria para la Mejora de la Calidad Educativa de la Comunidad de Madrid, en los términos que se expresan en los anexos I y II de esta orden.
Dos. Las letras B), C) y F) del apartado IV.2.5 del Anexo de la Orden 1025/2023,
de 28 de marzo, quedan redactadas de la siguiente manera:
“IV.2.5. Concurso de Narración y Recitado de Poesía para los alumnos de Educación
Primaria de la Comunidad de Madrid”.
B) Coste presupuestario.
El crédito destinado a financiar cada convocatoria de los cursos académicos 20222023, 2023-2024 y 2024-2025 correspondientes a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 será
de 5.000 euros.
Serán distribuidos según las modalidades, en los siguientes premios:
Modalidad A (Narración):
— Un máximo de cinco premios a los alumnos ganadores.
— Un máximo de cinco premios a los centros ganadores.
— Diplomas a los alumnos seleccionados para la fase final.
Modalidad B (Recitado de poesía):
— Un máximo de cinco premios a los alumnos ganadores.
— Un máximo de cinco premios a los centros ganadores.
— Diplomas a los alumnos seleccionados para la fase final.
C) Fuente de financiación.
Se financia exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid, Programa 322O, subconcepto 48399.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
— Número de premios otorgados a los centros y a los alumnos.
— Número de centros presentados.
— Número de equipos presentados.
— Número de profesores participantes.
— Número de alumnos presentados.
Tres. La letra F) del apartado IV.2.9 del Anexo de la Orden 1025/2023, de 28 de
marzo, queda redactada de la siguiente manera:
“IV.2.9. Concurso de Oratoria en Primaria de la Comunidad de Madrid”.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
— Número de premios otorgados a los centros y a los profesores preparadores.
— Número de centros presentados.
— Número de equipos presentados.
— Número de profesores participantes.
Segundo
La presente orden producirá efectos desde el momento de su firma y se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 25 de febrero de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250312-23
Efectos y publicación
Pág. 96
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 60
Educación y Universidades, para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, incorporando en el epígrafe IV.2 del Anexo en el ámbito del bilingüismo y calidad de la enseñanza en las subvenciones para premios, certámenes, concursos y torneos, dos apartados más, IV.2.11 y IV.2.12,
que recojan las líneas de ayuda de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de
Grado Básico y Grado Medio en el ámbito de la Comunidad de Madrid y de los Premios Extraordinarios de Educación Primaria para la Mejora de la Calidad Educativa de la Comunidad de Madrid, en los términos que se expresan en los anexos I y II de esta orden.
Dos. Las letras B), C) y F) del apartado IV.2.5 del Anexo de la Orden 1025/2023,
de 28 de marzo, quedan redactadas de la siguiente manera:
“IV.2.5. Concurso de Narración y Recitado de Poesía para los alumnos de Educación
Primaria de la Comunidad de Madrid”.
B) Coste presupuestario.
El crédito destinado a financiar cada convocatoria de los cursos académicos 20222023, 2023-2024 y 2024-2025 correspondientes a los ejercicios 2023, 2024 y 2025 será
de 5.000 euros.
Serán distribuidos según las modalidades, en los siguientes premios:
Modalidad A (Narración):
— Un máximo de cinco premios a los alumnos ganadores.
— Un máximo de cinco premios a los centros ganadores.
— Diplomas a los alumnos seleccionados para la fase final.
Modalidad B (Recitado de poesía):
— Un máximo de cinco premios a los alumnos ganadores.
— Un máximo de cinco premios a los centros ganadores.
— Diplomas a los alumnos seleccionados para la fase final.
C) Fuente de financiación.
Se financia exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid, Programa 322O, subconcepto 48399.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
— Número de premios otorgados a los centros y a los alumnos.
— Número de centros presentados.
— Número de equipos presentados.
— Número de profesores participantes.
— Número de alumnos presentados.
Tres. La letra F) del apartado IV.2.9 del Anexo de la Orden 1025/2023, de 28 de
marzo, queda redactada de la siguiente manera:
“IV.2.9. Concurso de Oratoria en Primaria de la Comunidad de Madrid”.
F) Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
— Número de premios otorgados a los centros y a los profesores preparadores.
— Número de centros presentados.
— Número de equipos presentados.
— Número de profesores participantes.
Segundo
La presente orden producirá efectos desde el momento de su firma y se publicará en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 25 de febrero de 2025.
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20250312-23
Efectos y publicación