D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250308-7)
Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Unión de Agencias de Viajes (UNAV) para el desarrollo del programa “Rutas Culturales para Mayores” de la Comunidad de Madrid durante los años 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
sonas que perciben una prestación económica por cuidados en el entorno familiar (PECEF)
de la Comunidad de Madrid.
La oferta se concretará en la concesión de 350 plazas gratuitas, 50 por empresa participante, de las denominadas “escapadas nacionales”. Dichas plazas serán las mismas que
las ofertadas por cada empresa en su folleto.
La gratuidad incluirá el suplemento de habitación individual en aquellos casos en los
que el cuidador/a viaje solo/a, así como el suplemento de temporada, si lo hubiera.
Paralelamente, para el apoyo y la promoción de familias numerosas, se destinarán
otras 175 plazas, 25 por cada empresa, a aquellas personas mayores de 55 años, miembros
de familias numerosas siempre que dispongan del correspondiente título oficial en vigor expedido por la Comunidad de Madrid.
En la Comisión de seguimiento se consensuará la fórmula y requisitos de acceso.
Sexta
Comisión de seguimiento
1. A efectos de llevar a cabo la evaluación y seguimiento del desarrollo del Programa, se constituirá una comisión de seguimiento con las empresas participantes adheridas al
convenio, integrada por dos representantes de la Consejería y uno por cada empresa, que se
regulará por lo dispuesto en la Sección 3.a Capítulo II del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
2. A esta comisión le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:
a) Establecer el calendario de actuaciones del Programa destacando: diseño de la
oferta, fechas de comercialización, actuaciones de difusión, fechas de entrega de
informes parciales de comercialización y desarrollo de rutas e informes finales
(Anexo D).
b) Conocer el desarrollo de las rutas y posibles ajustes que pudieran ser necesarios.
c) Conocer los datos que se dispongan de características personales (perfil) de los
viajeros/as
d) Conocer las evaluaciones cumplimentadas por los usuarios en cada una de las rutas realizadas, en las que se medirá el nivel de satisfacción alcanzado por estos,
respecto del alojamiento, comida, actuación de los guías, la adecuación de las rutas, las visitas y el transporte.
e) Poner en común el informe general, de evaluación de la totalidad de las rutas, conclusiones y propuestas de mejora.
f) Diseñar, consensuar y desarrollar nuevas actuaciones del Programa “Rutas Culturales para Mayores”, que favorezcan la participación de las personas mayores de
la Comunidad de Madrid.
g) Levar a cabo actuaciones para el consenso de criterios necesarios para el desarrollo del Programa.
h) Establecer los términos y condiciones del desarrollo de la responsabilidad social
corporativa de las empresas, en el marco del programa.
3. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo estimen oportuno las partes,
mediante convocatoria de cualquiera de ellas con una antelación mínima de diez días hábiles.
4. Actuará como presidente de la Comisión de Seguimiento el titular de la Dirección
General competente en materia atención a personas mayores, quien designará como titular
de la secretaría a un/a empleado/a público entre el personal de la Dirección General.
Séptima
Financiación
Octava
Confidencialidad y Protección de Datos personales
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
BOCM-20250308-7
El presente convenio no tendrá repercusión económica alguna para la Comunidad de
Madrid, incluida la Consejería firmante.
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
sonas que perciben una prestación económica por cuidados en el entorno familiar (PECEF)
de la Comunidad de Madrid.
La oferta se concretará en la concesión de 350 plazas gratuitas, 50 por empresa participante, de las denominadas “escapadas nacionales”. Dichas plazas serán las mismas que
las ofertadas por cada empresa en su folleto.
La gratuidad incluirá el suplemento de habitación individual en aquellos casos en los
que el cuidador/a viaje solo/a, así como el suplemento de temporada, si lo hubiera.
Paralelamente, para el apoyo y la promoción de familias numerosas, se destinarán
otras 175 plazas, 25 por cada empresa, a aquellas personas mayores de 55 años, miembros
de familias numerosas siempre que dispongan del correspondiente título oficial en vigor expedido por la Comunidad de Madrid.
En la Comisión de seguimiento se consensuará la fórmula y requisitos de acceso.
Sexta
Comisión de seguimiento
1. A efectos de llevar a cabo la evaluación y seguimiento del desarrollo del Programa, se constituirá una comisión de seguimiento con las empresas participantes adheridas al
convenio, integrada por dos representantes de la Consejería y uno por cada empresa, que se
regulará por lo dispuesto en la Sección 3.a Capítulo II del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
2. A esta comisión le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:
a) Establecer el calendario de actuaciones del Programa destacando: diseño de la
oferta, fechas de comercialización, actuaciones de difusión, fechas de entrega de
informes parciales de comercialización y desarrollo de rutas e informes finales
(Anexo D).
b) Conocer el desarrollo de las rutas y posibles ajustes que pudieran ser necesarios.
c) Conocer los datos que se dispongan de características personales (perfil) de los
viajeros/as
d) Conocer las evaluaciones cumplimentadas por los usuarios en cada una de las rutas realizadas, en las que se medirá el nivel de satisfacción alcanzado por estos,
respecto del alojamiento, comida, actuación de los guías, la adecuación de las rutas, las visitas y el transporte.
e) Poner en común el informe general, de evaluación de la totalidad de las rutas, conclusiones y propuestas de mejora.
f) Diseñar, consensuar y desarrollar nuevas actuaciones del Programa “Rutas Culturales para Mayores”, que favorezcan la participación de las personas mayores de
la Comunidad de Madrid.
g) Levar a cabo actuaciones para el consenso de criterios necesarios para el desarrollo del Programa.
h) Establecer los términos y condiciones del desarrollo de la responsabilidad social
corporativa de las empresas, en el marco del programa.
3. La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces lo estimen oportuno las partes,
mediante convocatoria de cualquiera de ellas con una antelación mínima de diez días hábiles.
4. Actuará como presidente de la Comisión de Seguimiento el titular de la Dirección
General competente en materia atención a personas mayores, quien designará como titular
de la secretaría a un/a empleado/a público entre el personal de la Dirección General.
Séptima
Financiación
Octava
Confidencialidad y Protección de Datos personales
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
BOCM-20250308-7
El presente convenio no tendrá repercusión económica alguna para la Comunidad de
Madrid, incluida la Consejería firmante.