D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250308-7)
Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Unión de Agencias de Viajes (UNAV) para el desarrollo del programa “Rutas Culturales para Mayores” de la Comunidad de Madrid durante los años 2025-2026
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
Quinta
1. El reconocimiento por parte de la Dirección General competente, recogido en la
cláusula tercera en su apartado 1, conllevará para las empresas participantes en el Programa, las siguientes obligaciones:
I. Respecto a la información, difusión y comercialización del programa.
a) Difundir entre todo su personal tanto de atención directa en las oficinas como entre los guías acompañantes que participen en el desarrollo de las rutas, información relativa al programa de rutas culturales de la Comunidad de Madrid, y en su
caso, del propio centro directivo.
b) Facilitar, en el formato que la Dirección General competente establezca, la información detallada de las rutas y de los distintos elementos que la conforman: traslados, horarios, hoteles y sus características, etc. Indicando, expresamente, en
cualquier medio de propaganda o difusión que hagan de las rutas, que forman parte del Programa y que se realiza en virtud de la colaboración establecida con la Comunidad de Madrid.
c) Hacer uso del logo de la Consejería y del Programa “Rutas Culturales para personas mayores de la Comunidad de Madrid”, previa autorización expresa por parte
de la Consejería y respetando las normas de identidad corporativa de la Comunidad de Madrid.
d) Retirar todos los elementos, cualquiera que sea el formato, en los que conste el
logo u otro signo identificativo de la Comunidad de Madrid o del Programa, cuando por causas sobrevenidas, no fuera posible la comercialización.
e) Participar y contribuir solidariamente en los gastos que se deriven de los actos organizados para la presentación y difusión del Programa y de todas aquellas acciones acordadas en el seno de la Comisión de Seguimiento.
f) Colaborar en la medición de satisfacción de los usuarios, de acuerdo con lo especificado en el Anexo D y en aquellas tareas que se acuerden para realizar dicha medición.
g) Realizar la publicidad, la comercialización y la venta dentro del período acordado
por la Comunidad de Madrid y las empresas participantes.
h) Comercializar únicamente las plazas del Programa en las agencias declaradas en
la documentación presentada (Anexo C, apartado d).
La comercialización y venta de las rutas, tanto de manera presencial como telemática, deberá realizarse asegurando el estricto cumplimiento de los requisitos de
participación (Anexo A). Haciendo constar expresamente, tanto en la web como
en el formulario de inscripción de los folletos, que la ocultación o falsedad de los
datos consignados del viajero principal y del acompañante puede ser motivo de
cancelación de la/s plaza/s.
Las empresas participantes deberán tratar los datos personales de los participantes,
conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en lo sucesivo, RGPD), y, en su
caso, informar de la cesión de los datos a la Comunidad de Madrid para su uso en
la actividad de tratamiento “Rutas Culturales para Mayores” responsabilidad de la
Dirección General competente, con el fin de elaborar un perfil de los participantes, realizar la explotación de datos anonimizados de estadística descriptiva, establecer posibles contactos para completar la evaluación del programa, y, en el caso
de que hayan dado el consentimiento correspondiente, el envío de comunicaciones informativas complementarias.
i) Ofrecer la posibilidad de contratación de las Rutas por medios electrónicos, a través de sus páginas web en un apartado o pestaña específica para el Programa, respetando siempre el período establecido para la comercialización y venta, recogido en el apartado g), así como el cumplimiento de los requisitos de participación
recogidos en el Anexo A.
j) Publicar la misma información de las Rutas Culturales en las páginas web de las
empresas que en los folletos aprobados por la Dirección General competente. La
información publicada por las empresas en sus páginas web deberá estar correcta
e inequívocamente identificada como perteneciente al Programa Rutas Culturales
para personas mayores de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250308-7
Obligaciones de las empresas participantes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
Quinta
1. El reconocimiento por parte de la Dirección General competente, recogido en la
cláusula tercera en su apartado 1, conllevará para las empresas participantes en el Programa, las siguientes obligaciones:
I. Respecto a la información, difusión y comercialización del programa.
a) Difundir entre todo su personal tanto de atención directa en las oficinas como entre los guías acompañantes que participen en el desarrollo de las rutas, información relativa al programa de rutas culturales de la Comunidad de Madrid, y en su
caso, del propio centro directivo.
b) Facilitar, en el formato que la Dirección General competente establezca, la información detallada de las rutas y de los distintos elementos que la conforman: traslados, horarios, hoteles y sus características, etc. Indicando, expresamente, en
cualquier medio de propaganda o difusión que hagan de las rutas, que forman parte del Programa y que se realiza en virtud de la colaboración establecida con la Comunidad de Madrid.
c) Hacer uso del logo de la Consejería y del Programa “Rutas Culturales para personas mayores de la Comunidad de Madrid”, previa autorización expresa por parte
de la Consejería y respetando las normas de identidad corporativa de la Comunidad de Madrid.
d) Retirar todos los elementos, cualquiera que sea el formato, en los que conste el
logo u otro signo identificativo de la Comunidad de Madrid o del Programa, cuando por causas sobrevenidas, no fuera posible la comercialización.
e) Participar y contribuir solidariamente en los gastos que se deriven de los actos organizados para la presentación y difusión del Programa y de todas aquellas acciones acordadas en el seno de la Comisión de Seguimiento.
f) Colaborar en la medición de satisfacción de los usuarios, de acuerdo con lo especificado en el Anexo D y en aquellas tareas que se acuerden para realizar dicha medición.
g) Realizar la publicidad, la comercialización y la venta dentro del período acordado
por la Comunidad de Madrid y las empresas participantes.
h) Comercializar únicamente las plazas del Programa en las agencias declaradas en
la documentación presentada (Anexo C, apartado d).
La comercialización y venta de las rutas, tanto de manera presencial como telemática, deberá realizarse asegurando el estricto cumplimiento de los requisitos de
participación (Anexo A). Haciendo constar expresamente, tanto en la web como
en el formulario de inscripción de los folletos, que la ocultación o falsedad de los
datos consignados del viajero principal y del acompañante puede ser motivo de
cancelación de la/s plaza/s.
Las empresas participantes deberán tratar los datos personales de los participantes,
conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en lo sucesivo, RGPD), y, en su
caso, informar de la cesión de los datos a la Comunidad de Madrid para su uso en
la actividad de tratamiento “Rutas Culturales para Mayores” responsabilidad de la
Dirección General competente, con el fin de elaborar un perfil de los participantes, realizar la explotación de datos anonimizados de estadística descriptiva, establecer posibles contactos para completar la evaluación del programa, y, en el caso
de que hayan dado el consentimiento correspondiente, el envío de comunicaciones informativas complementarias.
i) Ofrecer la posibilidad de contratación de las Rutas por medios electrónicos, a través de sus páginas web en un apartado o pestaña específica para el Programa, respetando siempre el período establecido para la comercialización y venta, recogido en el apartado g), así como el cumplimiento de los requisitos de participación
recogidos en el Anexo A.
j) Publicar la misma información de las Rutas Culturales en las páginas web de las
empresas que en los folletos aprobados por la Dirección General competente. La
información publicada por las empresas en sus páginas web deberá estar correcta
e inequívocamente identificada como perteneciente al Programa Rutas Culturales
para personas mayores de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20250308-7
Obligaciones de las empresas participantes