D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250308-7)
Convenio – Convenio de 17 de febrero de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Unión de Agencias de Viajes (UNAV) para el desarrollo del programa “Rutas Culturales para Mayores” de la Comunidad de Madrid durante los años 2025-2026
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
el Encargado garantiza la implantación y mantenimiento de cualesquiera otras medidas de seguridad
que le fueran exigibles, sin que ello suponga una modificación de los términos de este convenio.
En caso de violación de la seguridad de los datos personales en los sistemas de información utilizados
por el Encargado para la prestación de los servicios objeto del convenio, este deberá comunicarla al
Responsable, sin dilación indebida, y a más tardar en el plazo de 24 horas (podrá señalarse un plazo
distinto, siempre y cuando no exceda del máximo de 72 horas previsto en el artículo 33.1 RGPD) desde
que se tenga constancia de la misma, juntamente con toda la información relevante para la
documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y
gestión de la información que haya tenido o pueda tener, que ponga en peligro la seguridad de los
datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la
confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e
informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio. Comunicará con diligencia información
detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad,
todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 33.3 del RGPD.
En tal caso, corresponderá al Encargado comunicar las violaciones de seguridad de los datos a la
Autoridad de Protección de Datos y/o a los interesados conforme a lo establecido en la normativa
vigente. Y en cualquier otro caso cuando así sea de aplicación conforme a lo establecido en la
normativa vigente.
Décima. Destino de los datos al finalizar el convenio
Una vez cumplido o resuelto el convenio y, en consecuencia, finalizado el encargo, el Encargado
devolverá al Responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes
donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los
datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el Encargado
puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse
responsabilidades de la ejecución de la prestación.
No obstante, el Responsable del Tratamiento podrá requerir al encargado para que, en lugar de las
actuaciones anteriormente señaladas, cumpla con la opción a) o b) que se indican a continuación:
a) Devolver al Encargado que designe por escrito el Responsable del tratamiento los datos de carácter
personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos
utilizados por el encargado. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos
debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución del convenio.
b) Destruir los datos, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en
cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Una vez destruidos, el Encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el
certificado al Responsable del tratamiento. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con
los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de su relación con
el mismo, destruyéndose de forma segura y definitiva al extinguirse cualquier posible responsabilidad.
Undécima. Ejercicio de derechos ante el encargado de tratamiento (*)
El Encargado deberá dar traslado al Responsable de cualquier solicitud de ejercicio del derecho de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a
no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos
BOCM-20250308-7
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 57
el Encargado garantiza la implantación y mantenimiento de cualesquiera otras medidas de seguridad
que le fueran exigibles, sin que ello suponga una modificación de los términos de este convenio.
En caso de violación de la seguridad de los datos personales en los sistemas de información utilizados
por el Encargado para la prestación de los servicios objeto del convenio, este deberá comunicarla al
Responsable, sin dilación indebida, y a más tardar en el plazo de 24 horas (podrá señalarse un plazo
distinto, siempre y cuando no exceda del máximo de 72 horas previsto en el artículo 33.1 RGPD) desde
que se tenga constancia de la misma, juntamente con toda la información relevante para la
documentación y comunicación de la incidencia o cualquier fallo en su sistema de tratamiento y
gestión de la información que haya tenido o pueda tener, que ponga en peligro la seguridad de los
datos personales, su integridad o su disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la
confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e
informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio. Comunicará con diligencia información
detallada al respecto, incluso concretando qué interesados sufrieron una pérdida de confidencialidad,
todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 33.3 del RGPD.
En tal caso, corresponderá al Encargado comunicar las violaciones de seguridad de los datos a la
Autoridad de Protección de Datos y/o a los interesados conforme a lo establecido en la normativa
vigente. Y en cualquier otro caso cuando así sea de aplicación conforme a lo establecido en la
normativa vigente.
Décima. Destino de los datos al finalizar el convenio
Una vez cumplido o resuelto el convenio y, en consecuencia, finalizado el encargo, el Encargado
devolverá al Responsable del tratamiento los datos de carácter personal y, si procede, los soportes
donde consten, una vez cumplida la prestación. La devolución debe comportar el borrado total de los
datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el Encargado
puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse
responsabilidades de la ejecución de la prestación.
No obstante, el Responsable del Tratamiento podrá requerir al encargado para que, en lugar de las
actuaciones anteriormente señaladas, cumpla con la opción a) o b) que se indican a continuación:
a) Devolver al Encargado que designe por escrito el Responsable del tratamiento los datos de carácter
personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida la prestación.
La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos
utilizados por el encargado. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con los datos
debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución del convenio.
b) Destruir los datos, siempre que no exista previsión legal que exija la conservación de los datos, en
cuyo caso no podrá procederse a su destrucción.
Una vez destruidos, el Encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el
certificado al Responsable del tratamiento. No obstante, el Encargado puede conservar una copia, con
los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de su relación con
el mismo, destruyéndose de forma segura y definitiva al extinguirse cualquier posible responsabilidad.
Undécima. Ejercicio de derechos ante el encargado de tratamiento (*)
El Encargado deberá dar traslado al Responsable de cualquier solicitud de ejercicio del derecho de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y a
no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, efectuada por un interesado cuyos datos
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Pág. 106
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