C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250307-15)
Bases certamen literario – Orden de 21 de febrero de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del certamen literario “Cuéntame la UE”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
6. Los solicitantes y galardonados quedan exonerados de acreditar el cumplimiento
de obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social en fase de concesión y en fase de
pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de
subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.
7. La solicitud se acompañará de la documentación que a continuación se indica:
a) El cuento que deberá presentarse en un archivo PDF, utilizando fuente Times
New Roman o Arial, tamaño 12, con interlineado 1.5, con una extensión máxima
de 40 páginas.
b) Anexo didáctico: Se adjuntará un anexo en un documento aparte, archivo PDF, detallando las orientaciones pedagógicas para la aplicación de cada cuento en actividades de cuentacuentos incluyendo sugerencias sobre cómo adaptar la narración a
las sesiones para el público infantil con una duración estimada de una hora. Este
anexo deberá presentarse en un archivo PDF, utilizando fuente Times New Roman
o Arial, tamaño 12, con interlineado 1.5, con una extensión máxima de 5 páginas.
c) Copia del DNI o documento de identidad que permita verificar la identidad y edad
del participante.
d) Certificado de empadronamiento en uno de los municipios de la Comunidad de
Madrid, con fecha no superior a un mes anterior a la presentación de la solicitud
en el certamen.
e) Declaración del solicitante de no haber percibido ayuda, premio, ingreso o recurso
que premie el mismo trabajo presentado a la convocatoria correspondiente, otorgada por cualquier entidad pública o privada, formulada según el modelo que se
acompañará en el anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
f) Declaración responsable en la que los solicitantes deberán manifestar y garantizar
expresamente la autoría y originalidad de la obra presentada a concurso, que no
está publicada en ningún formato (incluido Internet) y no pendiente de fallo en
otros certámenes ni en proceso editorial, así como que la misma no vulnera ni infringe derechos de autor ni otros derechos de propiedad intelectual y/o industrial,
así como derechos de terceros de análoga naturaleza, según anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
g) Declaración responsable sobre la plena disponibilidad de los derechos de explotación de la obra y que, por tanto, no existe limitación o compromiso alguno que impida la cesión en exclusiva de los derechos de explotación de ésta a favor de la Dirección General competente en Unión Europea en las condiciones que en estas
bases se expresan, según anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
Con esta declaración, los solicitantes conceden a la Comunidad de Madrid los derechos de difundir los textos presentados a través de canales oficiales, por los medios que la Dirección General competente en Unión Europea estime oportunos,
sin necesidad de aviso ni compensación por la concesión de tal derecho. La Comunidad de Madrid se reserva el derecho de no explotar comercialmente la obra.
h) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
8. La presentación de las solicitudes de participación implica la aceptación del contenido de estas bases reguladoras.
9. El plazo de admisión de solicitudes se establecerá en la correspondiente convocatoria.
10. Una vez emitido el informe de la Comisión de Valoración, los archivos de las
obras no premiadas podrán ser destruidos sin posibilidad de reclamación alguna.
11. La Dirección General competente en Unión Europea, podrá solicitar cualquier
documentación complementaria que le permita verificar la veracidad de los datos consignados en las declaraciones responsables que deben acompañar a la solicitud de la subvención o, en su caso, aquella documentación complementaria que pudiera determinarse en
cada convocatoria.
Artículo 9
Procedimiento de concesión: Iniciación, instrucción, concesión
y notificación de la resolución del procedimiento
1. La concesión de los premios se efectuará mediante un procedimiento de concesión
reglada y en régimen de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas dentro
BOCM-20250307-15
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MARZO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 56
6. Los solicitantes y galardonados quedan exonerados de acreditar el cumplimiento
de obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social en fase de concesión y en fase de
pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por los beneficiarios de
subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid.
7. La solicitud se acompañará de la documentación que a continuación se indica:
a) El cuento que deberá presentarse en un archivo PDF, utilizando fuente Times
New Roman o Arial, tamaño 12, con interlineado 1.5, con una extensión máxima
de 40 páginas.
b) Anexo didáctico: Se adjuntará un anexo en un documento aparte, archivo PDF, detallando las orientaciones pedagógicas para la aplicación de cada cuento en actividades de cuentacuentos incluyendo sugerencias sobre cómo adaptar la narración a
las sesiones para el público infantil con una duración estimada de una hora. Este
anexo deberá presentarse en un archivo PDF, utilizando fuente Times New Roman
o Arial, tamaño 12, con interlineado 1.5, con una extensión máxima de 5 páginas.
c) Copia del DNI o documento de identidad que permita verificar la identidad y edad
del participante.
d) Certificado de empadronamiento en uno de los municipios de la Comunidad de
Madrid, con fecha no superior a un mes anterior a la presentación de la solicitud
en el certamen.
e) Declaración del solicitante de no haber percibido ayuda, premio, ingreso o recurso
que premie el mismo trabajo presentado a la convocatoria correspondiente, otorgada por cualquier entidad pública o privada, formulada según el modelo que se
acompañará en el anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
f) Declaración responsable en la que los solicitantes deberán manifestar y garantizar
expresamente la autoría y originalidad de la obra presentada a concurso, que no
está publicada en ningún formato (incluido Internet) y no pendiente de fallo en
otros certámenes ni en proceso editorial, así como que la misma no vulnera ni infringe derechos de autor ni otros derechos de propiedad intelectual y/o industrial,
así como derechos de terceros de análoga naturaleza, según anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
g) Declaración responsable sobre la plena disponibilidad de los derechos de explotación de la obra y que, por tanto, no existe limitación o compromiso alguno que impida la cesión en exclusiva de los derechos de explotación de ésta a favor de la Dirección General competente en Unión Europea en las condiciones que en estas
bases se expresan, según anexo correspondiente de las respectivas convocatorias.
Con esta declaración, los solicitantes conceden a la Comunidad de Madrid los derechos de difundir los textos presentados a través de canales oficiales, por los medios que la Dirección General competente en Unión Europea estime oportunos,
sin necesidad de aviso ni compensación por la concesión de tal derecho. La Comunidad de Madrid se reserva el derecho de no explotar comercialmente la obra.
h) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
8. La presentación de las solicitudes de participación implica la aceptación del contenido de estas bases reguladoras.
9. El plazo de admisión de solicitudes se establecerá en la correspondiente convocatoria.
10. Una vez emitido el informe de la Comisión de Valoración, los archivos de las
obras no premiadas podrán ser destruidos sin posibilidad de reclamación alguna.
11. La Dirección General competente en Unión Europea, podrá solicitar cualquier
documentación complementaria que le permita verificar la veracidad de los datos consignados en las declaraciones responsables que deben acompañar a la solicitud de la subvención o, en su caso, aquella documentación complementaria que pudiera determinarse en
cada convocatoria.
Artículo 9
Procedimiento de concesión: Iniciación, instrucción, concesión
y notificación de la resolución del procedimiento
1. La concesión de los premios se efectuará mediante un procedimiento de concesión
reglada y en régimen de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas dentro
BOCM-20250307-15
BOCM