Majadahonda (BOCM-20250305-57)
Personal. Prolongación servicio activo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 207
Procede la Prolongación de la Permanencia en el servicio activo (media igual o
superior a 3)*
No procede la prolongación de la permanencia en el servicio activo (media inferior a
3)*
* La media se realizará tomando en consideración el número de indicadores
EL RESPONSABLE DE LA UNIDAD
(CON MAYOR RANGO)
Fdo.: .......................................................
V.º B.º EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS
Fdo.: ........................................................
INDICADORES
1) Por el responsable de la unidad correspondiente:
La integración de esas necesidades puede consistir en valorar no sólo esas necesidades
organizativas u objetivas sino, también, las circunstancias personales del funcionario como,
por ejemplo, su nivel de adecuación a los estándares de calidad y volumen de trabajo fijados
para su puesto, lo que lleva a valorar la calidad de su concreto trabajo, laboriosidad o si
contribuye a la consecución de los objetivos del órgano en que presta servicios. En definitiva,
se valora si la prolongación de su vida activa es positiva para los intereses públicos
identificados con los que satisface la Administración.
Una valoración negativa en esos aspectos subjetivos no exige que haya ido precedida de
medidas disciplinarias pues nada tiene que ver, en principio, la comisión de una falta
disciplinaria con un rendimiento deficiente o no acorde con lo esperable de un funcionario
de determinado nivel y experiencia.
A)
Cantidad de trabajo realizado: Volumen de trabajo, así como esfuerzo y rapidez
en desarrollarlo y cumplimiento de la obligación de servicio efectivo.
B)
Calidad del trabajo realizado: Capacidad para ejecutar el trabajo con acierto y
sin errores en base a los estándares de calidad y volumen de trabajo fijado.
BOCM-20250305-57
Si se alega que la Administración incurre en desviación de poder se asume la carga de
probar que la Administración se aparta de los fines que la apoderan para decidir sobre la
prolongación solicitada, o que la denegación no respeta los criterios de actuación fijados con
carácter objetivo y generalizado en la normativa aplicable o que se haya querido beneficiar
a otros intereses, privados o públicos, ajenos a las necesidades del servicio
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 54
MIÉRCOLES 5 DE MARZO DE 2025
Pág. 207
Procede la Prolongación de la Permanencia en el servicio activo (media igual o
superior a 3)*
No procede la prolongación de la permanencia en el servicio activo (media inferior a
3)*
* La media se realizará tomando en consideración el número de indicadores
EL RESPONSABLE DE LA UNIDAD
(CON MAYOR RANGO)
Fdo.: .......................................................
V.º B.º EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS
Fdo.: ........................................................
INDICADORES
1) Por el responsable de la unidad correspondiente:
La integración de esas necesidades puede consistir en valorar no sólo esas necesidades
organizativas u objetivas sino, también, las circunstancias personales del funcionario como,
por ejemplo, su nivel de adecuación a los estándares de calidad y volumen de trabajo fijados
para su puesto, lo que lleva a valorar la calidad de su concreto trabajo, laboriosidad o si
contribuye a la consecución de los objetivos del órgano en que presta servicios. En definitiva,
se valora si la prolongación de su vida activa es positiva para los intereses públicos
identificados con los que satisface la Administración.
Una valoración negativa en esos aspectos subjetivos no exige que haya ido precedida de
medidas disciplinarias pues nada tiene que ver, en principio, la comisión de una falta
disciplinaria con un rendimiento deficiente o no acorde con lo esperable de un funcionario
de determinado nivel y experiencia.
A)
Cantidad de trabajo realizado: Volumen de trabajo, así como esfuerzo y rapidez
en desarrollarlo y cumplimiento de la obligación de servicio efectivo.
B)
Calidad del trabajo realizado: Capacidad para ejecutar el trabajo con acierto y
sin errores en base a los estándares de calidad y volumen de trabajo fijado.
BOCM-20250305-57
Si se alega que la Administración incurre en desviación de poder se asume la carga de
probar que la Administración se aparta de los fines que la apoderan para decidir sobre la
prolongación solicitada, o que la denegación no respeta los criterios de actuación fijados con
carácter objetivo y generalizado en la normativa aplicable o que se haya querido beneficiar
a otros intereses, privados o públicos, ajenos a las necesidades del servicio