Casarrubuelos (BOCM-20250228-48)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 50

4. En caso de que no se cumplan los objetivos establecidos en la presente Ordenanza o
los previstos en la normativa de residuos vigente respecto a los residuos de competencia
municipal, el Ayuntamiento podrá proceder a la modificación de las medidas establecidas en esta
ordenanza para garantizar que se cumplen los mismos.
Artículo 5. Prestación de los servicios.
1. El Ayuntamiento de CASARRUBUELOS prestará los servicios de recogida de residuos
contemplados en la presente Ordenanza, y en sus instrumentos de desarrollo, de manera
individual o agrupada y bajo cualquiera de las formas de gestión previstas en la normativa de
régimen local.
2. En el caso de residuos domésticos peligrosos o de residuos domésticos cuyas
características especiales dificulten su gestión o puedan producir trastornos en el transporte,
recogida, valorización o eliminación, el Ayuntamiento podrá imponer a sus poseedores alguna o
todas de las siguientes obligaciones:
a) que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características,
b) que los depositen en la forma y lugar que específicamente se haya decidido,
c) que la recogida se tenga que hacer previa solicitud del usuario, en el régimen de
recogida especial regulado en el artículo 10.b) de esta Ordenanza.
d) que los gestionen necesariamente por sí mismos y al margen del sistema de recogida
municipal, mediante la entrega a un gestor autorizado o a un recogedor registrado que garantice la
entrega a un gestor autorizado, en el caso de que no puedan ser recogidos por los medios
previstos por el Ayuntamiento. No se podrá adoptar esta medida respecto de los residuos
domésticos generados en los hogares, salvo que una normativa específica así lo establezca, sin
perjuicio de que sus poseedores decidan voluntariamente entregarlos directamente a un gestor de
residuos en los supuestos contemplados en el Capítulo II del Título II de esta Ordenanza.
3. En aquellas situaciones consideradas como de emergencia o de fuerza mayor en las
que no sea posible prestar el servicio de recogida de manera normal, y previa constatación,
declaración y comunicación por el Ayuntamiento, se podrá alterar o suspender temporalmente el
servicio, debiendo en estos casos los usuarios abstenerse de depositar sus residuos hasta el
momento en el que se normalice el servicio o hasta que se dicten en cada caso las instrucciones
oportunas. En ningún caso la aplicación de estas excepciones dará derecho a indemnización o
reducción del importe que deban abonar los usuarios por la prestación de los servicios, de acuerdo
con el artículo 8 de la presente Ordenanza.
Artículo 6. Obligaciones de los usuarios y titularidad de los residuos de
competencia municipal.
1. Los productores de residuos que sean usuarios del servicio de recogida municipal
están obligados a:
a) Reducir el volumen de los residuos y depositarlos de tal forma que se aproveche la
capacidad de las bolsas y contenedores. En el caso de los envases de cartón, deberán depositarse
plegados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 de esta Ordenanza.
b) Separar correctamente los residuos en origen de acuerdo a las fracciones establecidas
en la presente Ordenanza y depositar los mismos en los contenedores o puntos de recogida
establecidos al efecto de acuerdo con la presente Ordenanza. Cuando sea de aplicación, sacar los
contenedores a la vía pública para su recogida por el servicio público en las horas y lugares
establecidos por el Ayuntamiento.
c) Cumplir con los horarios de depósito y entrega de residuos.
d) Depositar los residuos o desperdicios generados en la vía o en áreas de disfrute
público (parques, jardines, etcétera), en las papeleras o en los contenedores habilitados al efecto.
De no haberlos, deberán depositarlos en los contenedores o lugares habilitados más próximos,
según su fracción y naturaleza.
Ante la presencia de un contenedor lleno, deberán abstenerse de efectuar los depósitos
de residuos en ese contenedor concreto o en la vía pública, debiéndose en tal caso llevar los
residuos a los contenedores más cercanos de la fracción correspondiente o esperar a su vaciado.
Si se diera esta circunstancia se recomienda que se comunique la situación al teléfono o contacto
habilitado por el Ayuntamiento para que se puedan estudiar las posibles soluciones.

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