B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 106
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
3.2. Documentación adicional.
a) Los aspirantes que presten servicios en centros ubicados en el extranjero, deberán
presentar hoja de servicios certificada por las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes.
b) Los aspirantes en situación de excedencia, deberán presentar hoja de servicios certificada por la Dirección del Área Territorial de adscripción del último destino.
c) Todos los aspirantes deberán acreditar no haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando
obligado el docente a comunicar aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el citado artículo.
Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en
el apartado 6 de la solicitud de participación, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales. Ello implica la consulta del DNI.
En caso de no autorizar la consulta, deberán presentar el certificado negativo del
Registro Central de Delincuentes Sexuales junto con la solicitud de participación.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión
Europea, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto
1110/2015, de 11 de diciembre, Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por
el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos, modificado por el Real Decreto 407/2024, de 23 de. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su
traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
3.3. Tasas por derechos de examen.
Los aspirantes que participen por este procedimiento, deberán liquidar la tasa, por el
importe previsto en el apartado 6.1 del Título I, debiendo realizarse en la forma establecida en el Anexo X.
3.4. Forma de presentación.
Dado que todos los candidatos tienen la consideración de empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizarán la presentación de la solicitud, a través de medios electrónicos.
3.5. Plazo de presentación.
El plazo de presentación será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarta
Lista de admitidos y excluidos
La publicación de las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos se
ajustará a lo dispuesto en la base octava del Título I.
Órganos de selección
Los órganos de selección para este procedimiento serán los mismos a que se refiere la
base novena del Título I y ejercerán las mismas funciones que se enumeran en la mencionada base, conforme a lo establecido en el Anexo VIII.
BOCM-20250228-17
Quinta
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 50
3.2. Documentación adicional.
a) Los aspirantes que presten servicios en centros ubicados en el extranjero, deberán
presentar hoja de servicios certificada por las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes.
b) Los aspirantes en situación de excedencia, deberán presentar hoja de servicios certificada por la Dirección del Área Territorial de adscripción del último destino.
c) Todos los aspirantes deberán acreditar no haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia.
Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios, quedando
obligado el docente a comunicar aquellas sentencias firmes en las que fuera condenado por los delitos a los que hace referencia el citado artículo.
Podrán acreditarlo autorizando a la Dirección General de Recursos Humanos, en
el apartado 6 de la solicitud de participación, a realizar la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales. Ello implica la consulta del DNI.
En caso de no autorizar la consulta, deberán presentar el certificado negativo del
Registro Central de Delincuentes Sexuales junto con la solicitud de participación.
Los aspirantes cuya nacionalidad sea de países no pertenecientes a la Unión
Europea, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto
1110/2015, de 11 de diciembre, Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por
el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres
Humanos, modificado por el Real Decreto 407/2024, de 23 de. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su
traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
3.3. Tasas por derechos de examen.
Los aspirantes que participen por este procedimiento, deberán liquidar la tasa, por el
importe previsto en el apartado 6.1 del Título I, debiendo realizarse en la forma establecida en el Anexo X.
3.4. Forma de presentación.
Dado que todos los candidatos tienen la consideración de empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizarán la presentación de la solicitud, a través de medios electrónicos.
3.5. Plazo de presentación.
El plazo de presentación será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Cuarta
Lista de admitidos y excluidos
La publicación de las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos se
ajustará a lo dispuesto en la base octava del Título I.
Órganos de selección
Los órganos de selección para este procedimiento serán los mismos a que se refiere la
base novena del Título I y ejercerán las mismas funciones que se enumeran en la mencionada base, conforme a lo establecido en el Anexo VIII.
BOCM-20250228-17
Quinta