B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 107
Sexta
Comienzo y desarrollo de las pruebas
El comienzo y desarrollo de las pruebas se realizará conforme a lo dispuesto en la base
décimo 11.1 del Título I y en el Anexo VIII de la resolución de convocatoria.
Séptima
Sistema de selección
Conforme a lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los funcionarios de los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en
Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y
Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
podrán adquirir nuevas especialidades, dentro del cuerpo al que pertenecen, mediante la
realización de una prueba, que constará de dos partes: La primera parte consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario
de cada especialidad atendiendo a los siguientes criterios:
a) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tiene que escoger de entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se tiene que
escoger de entre cinco temas.
La exposición se completará con un planteamiento didáctico del tema, referido a un
determinado curso, elegido libremente por el aspirante, indicando, en cualquier caso, las
competencias, los objetivos, contenidos, actividades de enseñanza, aprendizaje y evaluación, así como los recursos necesarios para el desarrollo del mismo.
La exposición a que se refiere el apartado anterior tendrá una duración máxima de una
hora y treinta minutos. El aspirante dispondrá de dos horas para su preparación, pudiendo
utilizar en ella el material que estime oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de
dicha comunicación, siendo aplicable lo dispuesto en el Anexo VIII de esta Resolución. Los
tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.
La segunda parte, de carácter práctico, se ajustará a lo dispuesto en el Anexo VII de
esta convocatoria. El tiempo para la realización de esta segunda parte será establecido, en
función de las características de cada especialidad, por la comisión de selección o el tribunal único. Estos participantes realizarán la misma prueba práctica que los participantes de
ingreso libre.
Los aspirantes que concurran por este procedimiento deberán presentarse obligatoriamente a las dos partes.
Octava
Los tribunales valorarán la prueba a que se refiere el apartado anterior en términos de
“apto” o “no apto”. Las listas con los resultados de la valoración se expondrán en el tablón
de anuncios de las sedes donde se haya realizado y en el tablón electrónico de cada tribunal. Los aspirantes que sean calificados como “aptos” adquirirán la nueva especialidad.
Contra esta calificación, los aspirantes podrán presentar ante el tribunal correspondiente escrito de alegaciones, en el plazo de veinticuatro horas. Dichas alegaciones podrán
ser presentadas en las mismas sedes en las que se haya celebrado la prueba, así como en el
tablón electrónico de cada tribunal.
Transcurrido el plazo anterior se harán públicas las calificaciones definitivas, entendiéndose desestimadas las alegaciones presentadas, cuando las calificaciones no hayan sido
modificadas.
Las comisiones de selección, una vez recibidas las listas de aspirantes que han obtenido la calificación de aptos de los tribunales, elevarán las mismas a la Dirección General de
Recursos Humanos, junto con las actas que se han generado en el procedimiento, quedando el resto de la documentación bajo la custodia de la unidad administrativa que ha gestionado el procedimiento.
La Dirección General de Recursos Humanos, una vez comprobado que los aspirantes
que han obtenido la calificación de “apto” reúnen los requisitos indicados en la base segun-
BOCM-20250228-17
Calificación
B.O.C.M. Núm. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025
Pág. 107
Sexta
Comienzo y desarrollo de las pruebas
El comienzo y desarrollo de las pruebas se realizará conforme a lo dispuesto en la base
décimo 11.1 del Título I y en el Anexo VIII de la resolución de convocatoria.
Séptima
Sistema de selección
Conforme a lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, los funcionarios de los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en
Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y
Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
podrán adquirir nuevas especialidades, dentro del cuerpo al que pertenecen, mediante la
realización de una prueba, que constará de dos partes: La primera parte consistirá en la exposición oral de un tema de la especialidad a la que se opta, elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario
de cada especialidad atendiendo a los siguientes criterios:
a) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se tiene que escoger de entre cuatro temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se tiene que
escoger de entre cinco temas.
La exposición se completará con un planteamiento didáctico del tema, referido a un
determinado curso, elegido libremente por el aspirante, indicando, en cualquier caso, las
competencias, los objetivos, contenidos, actividades de enseñanza, aprendizaje y evaluación, así como los recursos necesarios para el desarrollo del mismo.
La exposición a que se refiere el apartado anterior tendrá una duración máxima de una
hora y treinta minutos. El aspirante dispondrá de dos horas para su preparación, pudiendo
utilizar en ella el material que estime oportuno, sin posibilidad de comunicación del aspirante con el exterior, por lo que el material que vaya a utilizar no podrá ser susceptible de
dicha comunicación, siendo aplicable lo dispuesto en el Anexo VIII de esta Resolución. Los
tribunales vigilarán el cumplimiento de este requisito.
La segunda parte, de carácter práctico, se ajustará a lo dispuesto en el Anexo VII de
esta convocatoria. El tiempo para la realización de esta segunda parte será establecido, en
función de las características de cada especialidad, por la comisión de selección o el tribunal único. Estos participantes realizarán la misma prueba práctica que los participantes de
ingreso libre.
Los aspirantes que concurran por este procedimiento deberán presentarse obligatoriamente a las dos partes.
Octava
Los tribunales valorarán la prueba a que se refiere el apartado anterior en términos de
“apto” o “no apto”. Las listas con los resultados de la valoración se expondrán en el tablón
de anuncios de las sedes donde se haya realizado y en el tablón electrónico de cada tribunal. Los aspirantes que sean calificados como “aptos” adquirirán la nueva especialidad.
Contra esta calificación, los aspirantes podrán presentar ante el tribunal correspondiente escrito de alegaciones, en el plazo de veinticuatro horas. Dichas alegaciones podrán
ser presentadas en las mismas sedes en las que se haya celebrado la prueba, así como en el
tablón electrónico de cada tribunal.
Transcurrido el plazo anterior se harán públicas las calificaciones definitivas, entendiéndose desestimadas las alegaciones presentadas, cuando las calificaciones no hayan sido
modificadas.
Las comisiones de selección, una vez recibidas las listas de aspirantes que han obtenido la calificación de aptos de los tribunales, elevarán las mismas a la Dirección General de
Recursos Humanos, junto con las actas que se han generado en el procedimiento, quedando el resto de la documentación bajo la custodia de la unidad administrativa que ha gestionado el procedimiento.
La Dirección General de Recursos Humanos, una vez comprobado que los aspirantes
que han obtenido la calificación de “apto” reúnen los requisitos indicados en la base segun-
BOCM-20250228-17
Calificación