B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250228-17)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE FEBRERO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 50

de Recursos Humanos. Estos aspirantes, que están exentos de la evaluación de las
prácticas, podrán optar por percibir una remuneración por el mismo importe que
les correspondería obtener en el puesto que desempeñaba en el cuerpo de procedencia. Dicha opción retributiva deberán formularla ante la Dirección del Área
Territorial en la que se encuentre adscrito el centro docente obtenido para la realización de la fase de prácticas.
— Permanecer en su cuerpo de procedencia, percibiendo en este caso las retribuciones del puesto realmente desempeñado.
Los aspirantes seleccionados que hayan sido declarados exentos de la realización de la
fase de prácticas, permanecerán en sus cuerpos de procedencia hasta que se proceda a la
aprobación de los expedientes de los procedimientos selectivos y su posterior nombramiento como funcionarios de carrera.
15.2. Aplazamiento de las prácticas.
Se podrá conceder un único aplazamiento de la fase de prácticas, por el plazo máximo
de un año, a quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
— Causas asociadas a la maternidad.
— Cuidado de un hijo menor de tres años.
— Cuidado de un familiar a cargo, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda
valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
— Por pasar a situación de servicios especiales.
— Por haber sido seleccionado para participar en programas educativos, convocados
por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el extranjero.
— Otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de
Recursos Humanos.
Aquellos aspirantes seleccionados que se encuentren en alguno de estos supuestos, deberán solicita el aplazamiento a la Dirección General de Recursos Humanos, en el plazo de
cinco días hábiles contados a partir de la exposición de las listas de aspirantes seleccionados
o desde que tenga lugar la causa sobrevenida, siempre y cuando el interesado no se haya incorporado a las mismas, acompañando los documentos justificativos correspondientes. Valorada la petición, la Dirección General emitirá resolución estimando o denegando la solicitud.
El aplazamiento de la fase de prácticas supondrá ocupar el número de orden siguiente al
del último seleccionado en su especialidad. En el caso de no poder incorporarse a la siguiente promoción por no haberse convocado ese año procedimiento selectivo de ingreso a mismo
cuerpo y especialidad, realizará las prácticas durante el curso siguiente al de la solicitud.
Transcurrido el plazo del aplazamiento quien no se incorpore a la realización de la fase
de prácticas perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera.
En cualquier caso, con el fin de proceder a la realización de las prácticas en el curso
siguiente, el aspirante deberá participar en los procedimientos de asignación de vacantes
que convoque al efecto esta Dirección General para su incorporación a las mismas en el citado curso escolar.
Decimosexta
Una vez concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados “aptos” en dicha fase reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la presente convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos aprobará los expedientes de los procedimientos selectivos, que se harán públicos en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y remitirá las listas de seleccionados en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, especialistas en sectores singulares de formación profesional, escuelas oficiales de idiomas, música y artes escénicas, artes plásticas y
diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a efectos de su nombramiento y de la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.
El nombramiento como funcionarios de carrera se efectuará con efectos del día de comienzo del curso escolar siguiente al que sean declarados aptos en la fase de prácticas.
Hasta tanto se realice este nombramiento, su régimen jurídico-administrativo será el
de funcionarios en prácticas.

BOCM-20250228-17

Nombramiento de funcionarios de carrera